BOLETÍN Nº 151 - 29 de julio de 2022

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

MARCILLA

Orden de ejecución de limpieza general de parcela en Carretera de Funes, 33

Expediente número: 994-2022.

Fecha de iniciación: 20/05/2022.

No habiendo podido practicarse la resolución del Concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Marcilla, de Orden de Ejecución sobre del inmueble calificado como suelo, sito en Carretera de Funes, número 33 (Referencia catastral: 5/112/1/1), propiedad al 100% de 52443356K, se publica íntegramente la resolución en el Boletín Oficial de Navarra, tablón de anuncios y en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

“A la vista del informe de comprobación emitido por los Servicios Técnicos Municipales por el que se concluye que concurre causa de iniciación del procedimiento de orden de ejecución, de conformidad con el artículo 85 y 86 del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio y con el artículo 21.1.s) de la Ley de Bases del Régimen Local, emito la siguiente propuesta de orden de ejecución,

Propuesta de resolución:

Primero.–Que se ordene la ejecución de las siguientes obras necesarias para dar cumplimiento a los deberes de uso, conservación y rehabilitación y al deber de adaptación al ambiente, que son:

Limpieza general de la parcela, de forma que se evite la presencia de basura o vegetación alta que pueda albergar animales o generar focos de infección o suciedad.

La adopción de esta propuesta de orden de ejecución para el cumplimiento de los deberes de uso, conservación y rehabilitación y del deber de adaptación al ambiente, se justifica en los siguientes motivos: La parcela presenta un claro estado de abandono, con abundante vegetación, que puede albergar animales o generar focos de infección, suciedad. Así mismo la vegetación puede ser objeto de incendio.

Segundo.–Que el plazo para la ejecución de las obras es de 1 mes.

Tercero.–Que se notifique esta propuesta de orden de ejecución, a los propietarios interesados, que tendrá un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución, para presentar cuantas alegaciones, justificaciones y documentos estime necesarios, advirtiéndole de que, en caso de incumplimiento injustificado de la orden de ejecución, la Administración actuante podrá adoptar cualesquiera medidas de ejecución forzosa.

El incumplimiento de una orden de ejecución faculta al Ayuntamiento para proceder a su ejecución subsidiaria, o para imponer multas coercitivas, hasta doce sucesivas por períodos de un mes y en cuantía de 600 a 6.000 euros, hasta el límite del deber legal de conservación. En todo caso, transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la Administración actuante estará obligada a ejecutar subsidiariamente las obras ordenadas, con cargo al obligado.

Cuarto.–Notificar a los interesados y dar cuenta en el primer pleno ordinario que se celebre.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, haciéndole constar que contra la presente resolución, por tratarse de un acto de trámite que no decide directa ni indirectamente el fondo del asunto, no determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, no cabrá recurso alguno en virtud de lo establecido en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”

Marcilla, 6 de julio de 2022.–El alcalde, Mario Fabo Calero.

Código del anuncio: L2209865