BOLETÍN Nº 149 - 27 de julio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 90/2022, de 29 de junio, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden Foral 158/2021, de 15 de septiembre de 2021, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Dirección General de Medio Ambiente.

Con fecha 19 de octubre de 2021 se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 242, la Orden Foral 158/2021, de 15 de septiembre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Dirección General de Medio Ambiente.

Advertido una omisión en la Carta de Servicios publicada procede la rectificación de la misma, incluyendo en el epígrafe 6 de “Relación normativa” la referencia al Decreto Foral 7/2019, de 30 de enero, por el que se regula el régimen específico del personal del Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1.g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su presidente,

ORDENO:

1.º Añadir en el epígrafe 6 de “Relación de normativa” del anexo de la Carta de Servicios de la Dirección General de Medio Ambiente la referencia al “Decreto Foral 7/2019, de 30 de enero, por el que se regula el régimen específico del personal del Basozainak/Guarderío de Medio Ambiente.”

2.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a efectos de su general conocimiento.

3.º Contra la presente orden foral cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. En el caso de Administraciones públicas, contra esta orden foral y sus bases reguladoras podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Carta de Servicios de la Dirección General de Medio Ambiente:

https://www.navarra.es/NR/rdonlyres/8AB0739C-4CCB-4DD4-92CA-C7F3E3FFA99B/0/anexo_CartadeServiciosDGMAGobiernodeNavarra_VFmodificada.pdf

Pamplona, 29 de junio de 2022.–La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez López.

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