BOLETÍN Nº 145 - 21 de julio de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CORELLA

Aprobación inicial de desafectación de terreno comunal para instalación de planta fotovoltaica de hibridación, en las parcelas 143 y 144 del polígono 11

El Ayuntamiento de Corella en sesión plenaria extraordinaria celebrada el 28 de junio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

Resultando que con fecha 25 de noviembre de 2021, el Pleno aprobó en convenio para la tramitación y posterior cesión de uso de parcelas comunales de los polígonos 10 y 11 con el fin de instalar los parques eólicos Corral del Molino I y el Montecillo, dos plantas solares de hibridación, denominadas “Hibridación FV Corral del Molino I” e “Hibridación FV El Montecillo” así como sus infraestructuras de evacuación asociadas.

Resultando que con fecha 26/11/2021, la empresa Renovables del Cierzo presentó solicitud de desafectación de terrenos comunales para la ejecución de la planta de hibridación Corral del Molino I.

Resultando que con fecha 4 de marzo de 20202, el Gobierno de Navarra declaró de interés foral el proyecto empresarial para la puesta en marcha y explotación de cinco parques eólicos, entre los que se encuentran afectando a Corella, los denominados “la Senda” (ahora denominado Corral del Molino I) y “el Montecillo”.

Resultando que la declaración de interés foral tiene vigencia y efectos hasta la finalización del proyecto de inversión, y por tanto le es aplicable lo previsto en el artículo 4 de la Ley Foral 15/2009 de medidas de simplificación administrativa, es decir, la reducción de plazos a la mitad en las tramitaciones administrativas, incluida la presente desafectación.

Considerando que se han emitido los informes técnico-jurídico-económico que obran en expediente instruido al efecto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 y siguientes de la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra, 143 y siguientes del Decreto Foral 280/1990 de Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra y 22 y 47 de la Ley de Bases de Régimen Local 7/1985.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Agricultura de fecha 22/06/2022.

Se acuerda por mayoría absoluta:

Primero.–Aprobar inicialmente la desafectación de 44.997 m² de la parcela 143 del polígono 11 y 14.582 m² de la parcela 144 del polígono 11, es decir, un total de 59.579 m², de terreno comunal en el paraje de Ontinar para su posterior cesión de uso en favor de la empresa Renovables del Cierzo, S.L.U., al objeto de destinarlos a la construcción, operación y explotación, de conformidad con el proyecto tramitado ante Gobierno de Navarra, Expediente 1170-2-CE, de:

Una planta fotovoltaica Hibridación, “PV Corral del Molino I de 2806 kVA”, compuesta por:

–1 centro de transformación e inversión.

–2 inversores de 1403 kVA cada uno.

–Cadenas de 28 módulos en serie.

–6.272 módulos de 540 Wp.

–224 strings de 28 módulos de serie.

–Agrupación en cajas de string: 10 cajas de 18 strings + 4 cajas de 12 strings-14 cajas de string (DC Box).

Segundo.–Aprobar inicialmente la desafectación de un total de 25 m² de terreno comunal, en el paraje de Ontinar, parcelas 143, polígono 11 (14 m²) y parcela 144 del polígono 11 (11 m²), para su posterior gravamen de servidumbre de zanja, necesaria para la ejecución del proyecto de planta fotovoltaica de hibridación así como la ocupación temporal de 3.866,61 m² a los mismos efectos y en las mismas parcelas comunales.

Tercero.–Aprobar el pliego de condiciones/ cláusulas administrativas, que regirá la desafectación y posterior cesión de uso de los terrenos comunales, constitución de gravamen y servidumbres y ocupación temporal.

Cuarto.–Someter el acuerdo a exposición pública, en el tablón municipal, por el plazo de 15 días, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, al objeto de que puedan formularse, dentro de este plazo, alegaciones o reclamaciones.

Quinto.–Determinar que, transcurrido el plazo, si existieran reclamaciones deberán resolverse por el Pleno, adoptándose el acuerdo pertinente y en el caso de no haberlas, el acuerdo inicial pasará a ser definitivo.

Sexto.–Cumplidos los trámites precedentes, remitir el expediente, con la documentación acreditativa del cumplimiento de lo previsto en la normativa, los documentos de identificación de las fincas y el pliego de condiciones/ cláusulas administrativas que han de regir la cesión de uso y gravamen, en solicitud de que se adopte acuerdo por el Gobierno de Navarra aprobando la desafectación.

Corella, 5 de julio de 2022.–El alcalde, Gorka García Izal.

Código del anuncio: L2209842