BOLETÍN Nº 145 - 21 de julio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 8915E/2022, de 8 de junio, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto para 2022 de la subvención para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras por cuenta ajena a través de la contratación y se modifican las bases reguladoras. Identificación BDNS: 552886.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto de la convocatoria de subvenciones dirigidas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras por cuenta ajena a través de la contratación para el año 2022.

Por Resolución 494E/2021, de 25 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se aprobaron las bases de la mencionada convocatoria (Boletín Oficial de Navarra número 91, de 22 de abril de 2021).

El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo ha modificado las posibilidades de contratación de las personas, de forma que el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido, conforme a la redacción dada al artículo 15.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Por otra parte, debe tenerse en cuenta el esfuerzo económico que implica la realización de una contratación para favorecer la conciliación y la duración del curso escolar, así como el impulso que el Plan de Empleo de Navarra quiere dar al fomento de la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo fundamentalmente, y concretamente, en el acceso, las condiciones, la permanencia y la promoción en el mismo, prestando especial atención a mujeres con mayor vulnerabilidad y favoreciendo la conciliación corresponsable.

Por todo esto, procede modificar las bases reguladoras 2.2 y 4 de la Resolución 494E/2021, de 25 de marzo.

De conformidad con lo expuesto, visto el informe propuesta, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto Foral 302/2019, de 6 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo/Nafar Lansare,

RESUELVO:

1.º Autorizar con cargo al presupuesto de gastos del 2022 el gasto para las subvenciones dirigidas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras por cuenta ajena a través de la contratación, reguladas por Resolución 494E/2021 de 25 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, número de identificación 552886 de la base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS), por un importe de 150.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria del año 2022 denominada “Ayudas conciliación empresas” 950001 96100 4709 241114.

2.º Modificar la Resolución 494E/2021, de 25 de marzo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por el que se regula las subvenciones dirigidas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras por cuenta ajena a través de la contratación en los siguientes términos:

2.1. Modificar el tercer punto de la base 2.2 que quedará redactado de la siguiente manera:

–“El contrato deberá ser de al menos el 50 % de la jornada”.

2.2. Modificar la base 4 que quedará redactada de la siguiente manera:

“La presente subvención consiste en una cantidad fija, que se tramitará como pago único y por la totalidad de la cuantía concedida.

La cuantía de la ayuda será de 400 euros por cada mes de contratación, con un máximo de 12 meses.

Si la contratación se suscribe a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente.

La cuantía se incrementará en un 20 % más en los siguientes supuestos:

–Cuando el domicilio donde se vaya a desarrollar el trabajo de la persona contratada sea una localidad en cuyo padrón municipal actualizado consten menos de 5.000 habitantes.

–Cuando la persona solicitante acredite el carné de familia monoparental en vigor, en virtud de la aplicación de la Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.

Estos porcentajes podrán acumularse.”

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 57 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona, 8 de junio de 2022.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, Mirian Martón Pérez.

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