BOLETÍN Nº 142 - 18 de julio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 272E/2022, de 13 de junio, del director general de Telecomunicaciones y Digitalización, por la que se convoca la 1.ª edición de los “Premios 5G 2022” y se aprueban sus bases reguladoras.

Con el objetivo de promover y fomentar nuevos proyectos que utilicen la tecnología 5G en el ámbito industrial de Navarra, promover la cultura innovadora, y sensibilizar sobre las capacidades y oportunidades para innovar que proporciona la tecnología 5G, el Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital, a través de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, considera oportuno convocar la 1.ª edición de los Premios 5G 2022.

Para la financiación de dicho premio existe consignación presupuestaria en la partida presupuestaria G30005 G3500 2268 491100 “Premios a proyectos 5G en el sector industrial”.

En su virtud, al amparo de lo establecido en la legislación vigente, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1.º Convocar la 1.ª edición de los “Premios 5G 2022” y aprobar sus bases reguladoras, que figuran como anexo a la presente resolución.

2.º Aprobar el gasto de 79.000,00 euros, con cargo a la partida G30005 G3500 2268 491100 “Premios a proyectos 5G en el sector industrial” para financiar los premios que se concedan dentro de la mencionada convocatoria.

3.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Infraestructuras Tecnológicas y Centro de Soporte.

4.º Publicar esta resolución junto con su anexo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

5.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en los artículos 126, de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pamplona, 13 de junio de 2022.–El director general de Telecomunicaciones y Digitalización, Guzmán Miguel Garmendia Pérez.

ANEXO

Bases de los “Premios 5G 2022”

1.–Objeto y dotación de los premios 5G.

1.1. Los premios 5G tienen como fin la promoción y fomento de nuevos proyectos que utilicen la tecnología 5G en el ámbito industrial de Navarra, promover la cultura innovadora, y sensibilizar sobre las capacidades y oportunidades para innovar que proporciona la tecnología 5G.

1.2. Se distinguirán dos categorías dentro de las que se premiarán los tres mejores proyectos presentados con la siguiente dotación en metálico:

a) Categoría “Empresas”.

  • 1 primer premio de 50.000 euros.
  • 1 segundo premio de 15.000 euros.
  • 1 tercer premio de 5.000 euros.

b) Categoría “Particulares”.

  • 1 primer premio de 5.000 euros.
  • 1 segundo premio de 3.000 euros.
  • 1 tercer premio de 1.000 euros.

2.–Requisitos de la presentación de candidaturas.

2.1. Podrán participar en esta convocatoria personas físicas, personas jurídicas, entidades públicas y privadas, con y sin ánimo de lucro.

2.2. Las personas físicas participarán dentro de la categoría “Particulares”, mientras que el resto de los participantes descritos en el punto anterior lo harán dentro de la categoría “Empresas”.

2.3. La presentación de candidaturas se podrá realizar de manera individual o mediante candidaturas conjuntas. Solo las candidaturas en las que todos los participantes sean personas físicas lo harán dentro de la categoría “Particulares”, el resto lo hará dentro de la categoría “Empresas”.

2.4. Las candidaturas pueden ser presentadas por las personas solicitantes del premio para sí mismas o para las entidades a las que representen legalmente.

2.5. La presentación de las candidaturas al premio supone la aceptación total de las presentes bases, así como de los acuerdos que adopte el jurado del premio.

3.–Candidaturas y documentación requerida.

3.1. De cara a presentar una candidatura, se considerarán como proyectos susceptibles de ser premiados los siguientes:

a) Proyectos llevados a cabo por la entidad en la Comunidad Foral de que hayan tenido un plazo, presupuesto y equipo humano asignado, durante un periodo de tiempo definido y que haya tenido su inicio dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presente convocatoria.

b) Proyectos innovadores que no se hayan puesto en marcha todavía y que presenten una vía de posible desarrollo en la Comunidad Foral de Navarra como productos o servicios.

3.2. Los proyectos deberán ser de alguna de las siguientes tipologías:

a) Uso de redes 5G en sensórica, comunicaciones inalámbricas y procesamiento de datos de plantas industriales.

b) Uso de red 5G en proyectos relacionados con las tecnologías de Industria 4.0 (Ciberseguridad, Visión Artificial, Robótica Colaborativa, etc.).

c) Uso de redes 5G en proyectos de movilidad, vehículo autónomo-conectado, redes de transporte inteligente, Logística-optimización cadena de suministro, etc.

d) Uso de redes 5G en proyectos relacionados con la transición energético-medioambiental (monitorización de redes, reducción de consumo, eficiencia energética, gestión medioambiental, etc.).

e) Uso de red 5G en proyectos relacionados con la transición socio-sanitaria (ambulancia conectada, intervenciones quirúrgicas remotas, etc.).

f) Uso de la red 5G el ámbito de la seguridad pública (servicios de emergencia y comunicaciones críticas, servicios de vigilancia y control de multitudes, etc.).

g) Uso de redes 5G en proyectos relacionados con las ciudades inteligentes.

3.3. Las entidades o personas indicadas en la base 2, presentarán la candidatura adjuntando la siguiente documentación:

a) Datos acreditativos de la personalidad jurídica de la entidad o en su caso, de las personas proponentes, en donde se indique: nombre, dirección, teléfono, página web si la tuviera, NIF o similar, así como aquellos otros documentos que se estimen pertinentes para un mejor conocimiento por parte del Jurado.

b) Memoria Técnica del proyecto que se apoye en Tecnología 5G, en formato PDF con un máximo de 50 páginas, que incluirá:

–Resumen ejecutivo.

–Caso de Uso.

–Viabilidad técnica y Plan de Negocio.

–Organización y recursos humanos.

–Sector y mercado.

–Puntos fuertes y débiles del proyecto.

4.–Lugar y plazo de presentación de las candidaturas.

4.1. Para la presentación de los proyectos se atenderá a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Para los sujetos a los que se refiere el artículo 14.2 de la citada ley, la documentación relativa al proyecto a valorar, así como otra documentación justificativa de requisitos y méritos, deberá ser presentada de manera telemática obligatoriamente. Las solicitudes y proyectos se dirigirán al director general de Telecomunicaciones y Digitalización y se presentarán en el Registro General Electrónico de Gobierno de Navarra (https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/registro-general-electronico).

4.2. Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas presentarán preferentemente sus candidaturas y trabajos de forma telemática a través del Registro General Electrónico de Gobierno de Navarra, aunque también podrán hacerlo en el Registro de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización c/ Cabárceno número 6, planta baja, 31621 Sarriguren, o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, haciendo constar en el sobre la misma dirección.

4.3. El plazo de presentación de las candidaturas comienza el día siguiente a la publicación de estas bases y finaliza en un mes desde la fecha de publicación.

5.–Criterios de valoración.

Con carácter general los criterios de valoración a aplicar serán:

5.1. Utilización de las capacidades que aporta la Tecnología 5G: casos de uso, con la implicación de todos los agentes, incluyendo los usuarios, que permitan acreditar las grandes mejoras aportadas por el 5G:

–Banda ancha móvil de muy alta velocidad y capacidad (Enhanced Mobile Broadband, eMBB).

–Comunicaciones ultra fiables y de baja latencia (Ultra-Reliable and Low Latency Communications, URLLC).

–Comunicaciones masivas máquina a máquina (Massive Machine Type Communications, mMTC).

–Comunicaciones de alta densidad de dispositivos.

–Eficiencia energética.

5.2. Innovación: originalidad y valor añadido que supone el proyecto tanto en la aplicación de nuevas tecnologías conjuntamente con la capacidad que aporta 5G, como en la resolución del problema identificado.

5.3. Potencial impacto en base al público objetivo beneficiado y capacidad de escalabilidad.

5.4. En el caso de los proyectos descritos en el apartado 3.1.b, viabilidad de su puesta en marcha y plan de negocio.

6.–Órgano instructor.

La instrucción del procedimiento de concesión del premio corresponde al Servicio de Infraestructuras Tecnológicas y Centro de Soporte de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, que comprobará el cumplimiento de los requisitos y elevará la documentación al jurado para su valoración.

7.–Jurado, fallo, concesión y entrega del premio.

7.1. Integran el jurado del premio las siguientes personas, o aquellas que, en su caso, las sustituyan:

–Presidente: Don Guzmán Garmendia Pérez, director general de Telecomunicaciones y Digitalización del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.

–Vocal: Doña Agurtzane Martínez Ortigosa, directora general de Innovación del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.

–Vocal: Don Leandro Pérez Manzanera, presidente de la Asociación Española de Usuarios de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (AUTELSI).

–Vocal: Doña Ainhoa Remírez Mayayo, presidenta de la Asociación Navarra de ingenieros de Telecomunicación.

–Vocal: Doña Cristina García López, gerente de ATANA, Clúster TIC de Navarra.

–Vocal: Don Ramón Gonzalo García, rector de la Universidad Pública de Navarra.

–Secretario: Don Juan Jesús Jaurrieta Galdiano, secretario general técnico del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.

–Secretaria Suplente: Doña María Gabriela Freire Dueñas, técnica de administración pública (rama jurídica) de la Secretaría General Técnica del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Gobierno de Navarra.

7.2. El jurado podrá ser asistido por los técnicos asesores que el tribunal estime necesarios.

7.3. El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. De manera supletoria, en lo no regulado por la normativa foral será de aplicación la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.4. El fallo se anunciará mediante resolución definitiva de la convocatoria dictada por el director general de Telecomunicaciones y Digitalización.

7.5. La entrega del premio se efectuará en acto público organizado a tal fin el 10 de noviembre de 2022, acto en el que los premiados deberán hacer una presentación del proyecto premiado.

7.6. El jurado se reserva el derecho de declarar desiertos la totalidad o parte de los premios de cualquiera de las 2 categorías en el caso de que se considere que los proyectos presentados no satisfacen los criterios de evaluación.

8.–Resolución y publicación de la concesión.

El órgano concedente del premio es el director general de Telecomunicaciones y Digitalización, a propuesta del jurado previsto en la base anterior. La resolución definitiva de la convocatoria será dictada por el director general de Telecomunicaciones y Digitalización. Esta resolución se publicará en la página web www.navarra.es y en las redes sociales.

9.–Aceptación de las bases.

La participación en la convocatoria implica la aceptación de todas sus bases. La participación incluye, igualmente, la aceptación de la posibilidad de que, por parte de la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, se pueda difundir, reproducir, distribuir o comunicar por cualquier medio el proyecto premiado, de acuerdo con lo previsto por la legislación de propiedad intelectual, salvo las partes que hayan podido declararse confidenciales por los participantes.

10.–Compatibilidad.

Los premios son compatibles con otros premios o subvenciones que los proyectos hayan recibido de la propia Administración, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

11.–Protección de datos.

Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización e incorporados a la actividad de tratamiento de los datos recabados para la concesión del premio convocado, cuya finalidad, basada en el interés público de la convocatoria y en su solicitud de participación, es la gestión y resolución de la misma.

Los datos relativos a los ganadores de los premios se publicarán en la web www.navarra.es y en redes sociales. Los datos de los premiados serán comunicados a las entidades bancarias con objeto de realizar su abono, a la Hacienda Foral de Navarra y a la Dirección General de Intervención.

Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión del premio y de las reclamaciones que se puedan formular. Los datos de los premiados se conservarán conforme a lo dispuesto en la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria de Navarra.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización, C/Cabárceno, 6, 31621-Sarriguren o en la dirección de correo electrónico dgtd@navarra.es.

12.–Recursos.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

13.–Tramitación.

13.1. Para cualquier información relativa a este premio podrá contactarse con el órgano gestor mediante la dirección de correo electrónico: dgtd@navarra.es.

13.2. La resolución de todas las cuestiones que puedan surgir o plantearse sobre el premio son de exclusiva competencia de la entidad convocante.

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