BOLETÍN Nº 135 - 7 de julio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 20/2022, de 19 de mayo, del director del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales de la Hacienda Foral de Navarra, por la que se aprueba la renovación colectiva de datos básicos inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial de las parcelas 241, 1131, 1132, 1134, 1135, 1136, 1137, 1138, 1139, 1140, 1141, 1142, 1143, 1144, 1145, 1146, 1147, 1148, 1149, 1150, 1152, 1159, 1160, 1161, 1167, 1168,1169, 1170, 1171, 1172, 1173, 1174, 1175, 1176, 1177, 1178, 1179, 1180, 1181, 1182, 1183, 1184, 1185, 1186, 1187, 1188, 1189, 1190, 1191, 1533, 1681, 2024, 2025, 2026, 2027, 2028, 2029, 2030, 1678 y 1679, del polígono 4 de Andosilla, a solicitud del citado Ayuntamiento.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.–Mediante Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Andosilla, número 2021-0005 de fecha 11 de enero de 2021, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 bis de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra (en adelante, LFRRTCN), se inicia de oficio el procedimiento de renovación colectiva de los datos básicos inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial de forma inexacta o divergente respecto de las parcelas relativas a la zona “Los Huertos”, que incluye las parcelas 241, 1131, 1132, 1133, 1134, 1135, 1136, 1137, 1138, 1139, 1140, 1141, 1142, 1143, 1144, 1145, 1146, 1147, 1148, 1149, 1150, 1152, 1159, 1160, 1161, 1167, 1168, 1169, 1170, 1171, 1172, 1173, 1174, 1175, 1176, 1177, 1178, 1179, 1180, 1181, 1182, 1183, 1184, 1185, 1186, 1187, 1188, 1189, 1190, 1191, 1533, 1678, 1679, 1681, 2024, 2025, 2026, 2027, 2028 y 2030, del polígono 4 de Andosilla, abriéndose a los titulares afectados un período declaratorio de un mes para aportar los títulos de propiedad y cuanta documentación adicional estimaran pertinente.

Segundo.–Con fecha 6 de agosto de 2021, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Andosilla firma una nueva resolución por la que se somete a información pública el procedimiento de renovación colectiva de los datos básicos inscritos en el Registro de la Riqueza Territorial de forma inexacta o divergente respecto de la realidad inscribible de las parcelas reseñadas.

Transcurrido el período declaratorio citado y a la vista de la documentación aportada, el Ayuntamiento de Andosilla procede a la elaboración de una nueva delimitación gráfica del área en cuestión sobre el plano parcelario, asignando las titularidades correspondientes, superficies, caracterización y valoración de los inmuebles afectados. Se atiende a la documentación aportada, al conjunto de la información gráfica y complementaria, y en su caso, a las labores de comprobación en el terreno efectuadas por los técnicos de catastro al servicio del Ayuntamiento de Andosilla.

Tercero.–Finalizado el trabajo de delimitación gráfica y de caracterización de los inmuebles sitos en el área a renovar, con fecha 19 de agosto de 2021, se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 194, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.bis apartado 4, de la LFRRTCN, anuncio del Ayuntamiento de Andosilla de exposición al público en la dependencias municipales durante el plazo mínimo de 15 días, de la documentación relativa a la nueva delimitación gráfica, caracterización y valoración de los inmuebles afectados, pudiendo los interesados presentar, durante este periodo y los quince días siguientes a su finalización, alegaciones tanto a la delimitación como a la titularidad y a la caracterización efectuada.

Cuarto.–A través del programa Desarrollo Informático para la Gestión Territorial, conocido también como DIGIT, número de expediente 2021-1-254 A A, de noviembre de 2021, y a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra, mediante escritos con registro de entrada 2021-1332890, de 24 de noviembre, la entidad local remite al Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales (en adelante, SRTTP) la actuación de las actuaciones seguidas para la nueva delimitación, al objeto de continuar con la tramitación del expediente.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.–El Ayuntamiento de Andosilla tramita el procedimiento de modificación de datos básicos del Registro de la Riqueza Territorial previsto en el artículo 28 bis LFRRTCN que regula el “Procedimiento de renovación colectiva de datos básicas en un área municipal determinada del plano parcelario”.

La renovación colectiva de los datos básicos tramitada en este expediente por el Ayuntamiento de Andosilla afecta al área del plano parcelario comprendida en las parcelas 241, 1131, 1132, 1134, 1135, 1136, 1137, 1138, 1139, 1140, 1141, 1142, 1143, 1144, 1145, 1146, 1147, 1148, 1149, 1150, 1152, 1159, 1160, 1161, 1167, 1168,1169, 1170, 1171, 1172, 1173, 1174, 1175, 1176, 1177, 1178, 1179, 1180, 1181, 1182, 1183, 1184, 1185, 1186, 1187, 1188, 1189, 1190, 1191, 1533, 1681, 2024, 2025, 2026, 2027, 2028, 2029, 2030, 1678 y 1679, del polígono 4, y conforme al informe incluido dentro de la documentación remitida por el Ayuntamiento, estaría motivada por la errónea implantación del Catastro de Andosilla llevada a cabo en su momento.

Segunda.–Según lo previsto en el apartado 5 del citado artículo 28 bis LFRRTCN, el Ayuntamiento de Andosilla remite al SRTTP la documentación de las actuaciones seguidas para la delimitación a través del expediente DIGIT y de los documentos indicados en el antecedente del hecho cuarto.

Por su parte, el apartado séptimo del precitado artículo establece que “el director del citado Servicio dictará resolución de aprobación de la renovación de los datos básicos de los inmuebles afectados, que se inscribirán directamente en el Registro de la Riqueza Territorial una vez publicada aquélla en el Boletín Oficial de Navarra”.

En consecuencia, y conforme a lo dispuesto en el precepto mencionado,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar la renovación colectiva de datos básicos en el Registro de la Riqueza Territorial de las parcelas 241, 1131, 1132, 1134, 1135, 1136, 1137, 1138, 1139, 1140, 1141, 1142, 1143, 1144, 1145, 1146, 1147, 1148, 1149, 1150, 1152, 1159, 1160, 1161, 1167, 1168,1169, 1170, 1171, 1172, 1173, 1174, 1175, 1176, 1177, 1178, 1179, 1180, 1181, 1182, 1183, 1184, 1185, 1186, 1187, 1188, 1189, 1190, 1191, 1533, 1681, 2024, 2025, 2026, 2027, 2028, 2029, 2030, 1678 y 1679, del polígono 4, del municipio de Andosilla, a solicitud de la entidad local.

Segundo.–Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra significándose que, contra la misma, podrán los afectados interponer recurso de alzada ante la consejera de Economía y Hacienda en el plazo de un mes a partid del día siguiente a su publicación.

Tercero.–Incorporar directamente al Registro de la Riqueza Territorial la renovación colectiva de datos básicos aprobada una vez publicada la misma en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Comunicar la resolución al Ayuntamiento de Andosilla, para que incorporada en el Registro de la Riqueza Territorial la renovación colectiva de los datos básicos aprobada, pueda informar individualizadamente de la misma a los titulares catastrares afectados, de manera que puedan tener un conocimiento efectivo de la alteración producida.

Pamplona, 19 de mayo de 2022.–El director del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales, Sergio Osés Amézqueta.

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