BOLETÍN Nº 130 - 1 de julio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 493E/2022, de 30 de mayo, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto “Ampliación de producción en industria de elaboración de tortillas de Buñuel”, promovido por Grupo Empresarial Palacios Alimentación S. A.

Con fecha 24 de enero de 2022, el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático como órgano sustantivo ha remitido al Servicio de Biodiversidad, la solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el anejo II Grupo 2, b) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 46, de la Ley 21/2013, previamente a la formulación del informe de impacto ambiental, el Servicio de Biodiversidad ha efectuado el trámite de consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, en orden a sus competencias.

En este trámite, dado que la propuesta se plantea como ampliación de actividad existente en suelo industrial con los servicios (en especial abastecimiento y saneamiento) autorizados para la actividad o unidos a los autorizados para el conjunto del Polígono Industrial de Buñuel, se consulta únicamente al Ayuntamiento de Buñuel. Con fecha de 3 de marzo de 2022, se recibe el informe favorable del citado Ayuntamiento.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece en el artículo 47 que el órgano ambiental resolverá motivadamente sobre si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria o si se emite informe de impacto ambiental en los términos que se establezcan en este informe.

–Descripción del proyecto y del documento ambiental aportado.

La actividad desarrollada actualmente por el promotor en sus instalaciones del polígono industrial de Buñuel, consiste en la elaboración de distintas variedades de tortillas en diferentes formatos de conservación (frescas, pasteurizadas, refrigeradas y congeladas). La producción anual de la planta está en el entorno de 17.000 t/año (60 t/día) y se pretende aumentar esta producción hasta alcanzar las 25.200 t/año (90 t/día).

El promotor indica que para conseguir el aumento de la capacidad productiva de la fábrica no es preciso hacer modificaciones en las instalaciones.

La documentación ambiental de la memoria presentada, se ajusta al contenido especificado en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

–Análisis del proyecto considerando los criterios del anexo III de la Ley 21/2013.

Teniendo en cuenta que la propuesta consiste en la ampliación de la producción en la fábrica actual, sin modificar o ampliar las instalaciones existentes, en suelo urbanizable del polígono industrial de Buñuel, los principales impactos esperables son los propios de la actividad: emisiones, vertidos, residuos, consumo de recursos, etc. que se controlarán en la autorización ambiental integrada.

Por ese mismo motivo la propuesta no implica la ocupación o pérdida de elementos del medio natural con valor ambiental, ni nuevos impactos indirectos sobre ellos, tampoco sobre el paisaje.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece en el artículo 47 que el órgano ambiental resolverá motivadamente sobre si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria. Así, a la vista de la documentación aportada y analizado el impacto ambiental que se pueda derivar de la propuesta de “Ampliación de producción en industria de elaboración de tortillas de Buñuel”, la Sección de Impacto Ambiental considera que considerando el resultado de las consultas y en base a los criterios que al efecto se recogen en el anexo III de la ley 21/2013, el proyecto no tendrá efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, y por ello no procede someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental ordinaria. Todo ello sin perjuicio de la obtención de otros permisos o autorizaciones necesarias según la legislación vigente.

Considerando que el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada se ha desarrollado adecuadamente y, de conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º La propuesta de “Ampliación de producción en industria de elaboración de tortillas de Buñuel”, promovido por Grupo Empresarial Palacios Alimentación S. A. no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos establecidos en este Informe de Impacto Ambiental y, por tanto, no debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria prevista en la Sección 1.ª del capítulo I del título II de la Ley 21/2013.

2.º El proyecto estará sujeto a las condiciones que se propongan en la autorización ambiental integrada y en el resto de autorizaciones o permisos que le sean de aplicación.

3.º De conformidad con lo previsto en el artículo 47.6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el informe ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado el proyecto o bien, sin perjuicio de los procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso de aprobación del Plan o Programa.

4.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, al Ayuntamiento de Buñuel y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 30 de mayo de 2022.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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