BOLETÍN Nº 130 - 1 de julio de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 235/2022, de 13 de junio, del director de Servicio Forestal y Cinegético, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de 2022 para la realización de las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra.

La Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, en su artículo 13.1, establece que para obtener por primera vez la licencia de caza de la Comunidad Foral de Navarra, será requisito necesario haber superado las pruebas de aptitud y conocimientos precisos de las materias relacionadas con la caza.

El Decreto Foral 48/2007, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, desarrolla, en su artículo 5, los requisitos y contenido de dichas pruebas de aptitud. Entre ellos menciona la necesidad de asistir a un curso de formación homologado y establece la obligatoriedad de que las pruebas de aptitud contengan conocimientos sobre: aspectos legales de la caza, conocimiento de la fauna silvestre, métodos de caza y seguridad, y artes y medios de caza y su manejo.

Dando cumplimiento a las referidas disposiciones, procede establecer las convocatorias y condiciones para que quienes quieran ejercitar por primera vez la caza puedan acreditar los conocimientos necesarios previos a la obtención de su primera licencia administrativa de caza.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

En su virtud, y en uso de las competencias que me han sido atribuidas por la Resolución107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente, por la que se delegan, entre otras, determinadas competencias a la persona titular de la Dirección del Servicio Forestal y Cinegético que tenía atribuidas el director general de Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Aprobar las convocatorias de pruebas para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra para el año 2022.

2.º Aprobar las bases y condiciones que regirán la convocatoria y que figuran en el anexo de la presente resolución.

3.º Publicar esta resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 13 de junio de 2022.–El director de Servicio Forestal y Cinegético, Fermín Olabe Velasco.

ANEXO.

Bases de la convocatoria del año 2022 para la realización de las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra

Primera.–Objeto.

Esta resolución tiene por objeto convocar el curso de formación y las pruebas para obtener el certificado de aptitud en materia cinegética, necesarios para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra, expedida por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Cada aspirante dispondrá de dos convocatorias para superar la prueba de aptitud en materia cinegética. La asistencia al curso de formación es obligatoria para presentarse a la prueba.

Segunda.–Inscripción.

1. Plazo de inscripción.

El plazo de inscripción para las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la primera licencia, tanto en la primera como en la segunda convocatoria, así como para la realización del curso previo de formación, será único y finalizará 20 días después de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

2. Lugar de presentación de presentación de inscripciones.

La documentación necesaria para la inscripción deberá presentarse telemáticamente a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es) en la ficha de la convocatoria.

Asimismo, la documentación necesaria para la inscripción podrá presentarse en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (calle González Tablas, número 9, 31005 Pamplona), en el Registro General del Gobierno de Navarra o en cualquiera de las demás Oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

3. Documentación necesaria para la inscripción.

a) Solicitud de inscripción única para participar en el curso de formación y en el examen, según el modelo anexo.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad.

c) Carta de pago justificativa de haber abonado la tasa de 12,48 euros relativa al examen, fijada por la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de tasas y precios públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de inscripción.

La falta de pago determinará la exclusión del aspirante.

La no asistencia al curso o al examen, no dará derecho a la devolución de la tasa.

–El impreso de solicitud y la carta de pago estarán disponibles en la web http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Caza/Licencia+y+examen+de+caza.htm y en las oficinas del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en Pamplona, (calle González Tablas, número 9).

Tercera.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en un plazo mínimo de 10 días hábiles, se publicará el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la web www.navarra.es y en el tablón de anuncios del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente calle González Tablas, número 9, de Pamplona).

Las personas excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido, en el plazo máximo de 5 días hábiles tras la publicación de las listas provisionales.

Resueltas las reclamaciones, se hará pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas junto con la fecha, horario y lugar de celebración del curso.

Una vez celebrado el curso, se publicará la lista de personas que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria para presentarse al examen, junto con la fecha, horario y lugar de celebración del mismo.

Una vez realizado el examen de la primera convocatoria se publicarán los resultados y la lista de admitidos al examen de la segunda convocatoria, junto con la fecha, horario y lugar de celebración del mismo.

Las referidas listas se publicarán en la web http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Caza/Licencia+y+examen+de+caza.htm), en el tablón de anuncios del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente calle González Tablas, número 9, de Pamplona) y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, de Pamplona).

Cuarta.–Curso de formación.

1. El curso tiene por objeto analizar los contenidos del “Manual preparatorio del examen del cazador en Navarra, versión 2013 y libro de preguntas versión 2016”, y ayudar a los aspirantes a comprender su contenido para reforzar sus conocimientos y facilitar la superación del examen. Así mismo, pretende aportar a los asistentes unos conocimientos que les resulten de utilidad en su futuro ejercicio real de la actividad cinegética.

2. Todos los aspirantes a superar las pruebas de aptitud deberán asistir obligatoriamente al curso de formación en materia cinegética de diez horas de duración. Para ello deberán presentarse provistos del D.N.I. en el lugar indicado, que se hará público junto con la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

3. Existirá la posibilidad de asistir al curso en streaming, para lo que deberá seleccionarse esa opción en el impreso de inscripción y aportar una dirección de email que será la usada para realizar la conexión. Las instrucciones necesarias se publicarán junto a la lista de admitidos.

4. La asistencia al curso de formación es obligatoria y se realizará un control de la asistencia no presencial de los aspirantes a través de la plataforma de streaming.

5. Los aspirantes que ya hubieran obtenido el certificado de asistencia al curso de formación del periodo comprendido entre el año 2008 y el presente año, no tendrán que realizar de nuevo el curso de formación.

6. Los alumnos asistentes recibirán un certificado acreditativo de la asistencia al curso, requisito imprescindible para poder presentarse al examen.

7. El curso tendrá lugar en horario de mañana los días 3 y 4 de septiembre de 2022.

8. El lugar de impartición, así como el horario definitivo se hará público en la página web www.navarra.es, en el enlace siguiente: http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Caza/Licencia+y+examen+de+caza.htm.

Quinta.–Desarrollo y contenido de la prueba.

1. Las fechas de las convocatorias serán las siguientes:

–Primera convocatoria: 10 de septiembre de 2022.

El lugar y la hora concreta en que debe acudir cada aspirante se indicará en la lista de admitidos de la primera convocatoria.

–Segunda convocatoria: 24 de septiembre de 2022.

El lugar y la hora concreta en que debe acudir cada aspirante se indicará en la lista de admitidos de la segunda convocatoria.

Los aspirantes deberán presentarse al examen, provistos del D.N.I. y bolígrafo.

Sólo podrán presentarse al examen aquellos aspirantes que estén en posesión del Certificado de Asistencia al curso de formación.

Todos los aspirantes tienen derecho a presentarse a ambas convocatorias.

2. Descripción de la prueba:

La prueba consistirá en responder por escrito a 30 preguntas tipo test, de carácter teórico, seleccionadas previamente por el Tribunal calificador entre 500 posibles preguntas.

Se puede encontrar el “manual preparatorio del examen del cazador en Navarra, versión 2013” y el “cuaderno de preguntas versión 2016” en la web http://www.navarra.es/home_es/Temas/Medio+Ambiente/Caza/Licencia+y+examen+de+caza.htm.

Las respuestas correctas serán valoradas con un punto, las erróneas restarán 0,25 puntos. Las no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente.

Para obtener la calificación de “apto” será necesario obtener al menos 15 puntos.

Para la realización de la prueba se dispondrá de una hora.

En la realización no se permitirá el uso de calculadoras, de teléfonos móviles, smartwatch u otros materiales, excepto bolígrafo de tinta azul o negra.

Quedarán excluidos del examen los aspirantes que no comparezcan en las fechas, horas y lugares anunciados, cualquiera que sea el motivo, así como aquellos que no acrediten suficientemente su identidad.

Sexta.–Relación de aprobados y reclamaciones.

Terminada la calificación de la prueba, tanto en primera como en segunda convocatoria, el tribunal expondrá los listados con los resultados obtenidos por los aspirantes, en la web www.navarra.es y en el en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, de Pamplona).

Séptima.–Tribunal calificador.

1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta: Doña Paloma Troya Santamaría, jefa de la Sección de Caza del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Suplente: Don Fermín Olabe Velasco, director del Servicio Forestal y Cinegético del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Vocal: Don Alejandro Esquíroz Tainta, técnico de la Sección de Caza del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Suplente: Doña M.ª Carmen Primo Alfageme, técnica de la Sección de Caza del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Secretaria: Doña Celia Martínez Subiza, jefa de Negociado de Asistencia Administrativa del Servicio Forestal y Cinegético del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Suplente: Doña María Rosario Erviti Esparza, administrativa del Servicio Forestal y Cinegético del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría de sus miembros.

3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

Descargar solicitud (DOC).

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