BOLETÍN Nº 13 - 19 de enero de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1295E/2021, de 17 de diciembre, del director general de Medio Ambiente por la que se formula declaración de impacto ambiental de la planta solar fotovoltaica Cierzo IV, en el municipio de Castejón, y su infraestructura de evacuación, que discurre por los municipios de Castejón y Tudela hasta la SET- Castejón 400kV propiedad de Red Eléctrica de España, promovido por EDP Renovables España S. L.

Por las características del proyecto, este se encuentra comprendido en el anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. La citada norma prevé en su artículo 7.1. que serán objeto de evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos comprendidos en el anexo I.

Asimismo, es de aplicación la Orden Foral 64/2006, de 24 de febrero, del consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se regulan los criterios y las condiciones ambientales y urbanísticas para la implantación de instalaciones para aprovechar la energía solar en suelo no urbanizable.

1. Desarrollo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y solicitud del promotor.

El promotor, con fecha 9 de septiembre de 2020, presentó al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, la documentación correspondiente a la planta solar fotovoltaica Cierzo IV y su infraestructura de evacuación, y solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, y el sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria, conforme a lo indicado en la sección 1.ª, del capítulo II, de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.

1.1. Información pública.

De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental, el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, sometió a información pública (anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 277, del 26 de noviembre de 2020) y a consulta a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, el proyecto y estudio de impacto ambiental de la planta solar fotovoltaica Cierzo IV y su infraestructura de evacuación. Las alegaciones e informes recibidos se resumen en el anexo I.

1.2. Solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental.

Recibidas por el promotor el resultado de la información pública y de las consultas realizadas, EDP Renovables España S. L. presenta el 30 de marzo de 2021, ante el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, el proyecto y el estudio de impacto ambiental de la planta solar fotovoltaica Cierzo IV y su infraestructura de evacuación, y solicita el inicio de la evaluación de impacto ambiental ordinaria, de acuerdo a lo indicado en el artículo 39 de la Ley 21/2013.

El Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas da traslado de toda la documentación al Servicio de Biodiversidad para proceder con el análisis técnico del expediente y la formulación de la correspondiente declaración de impacto ambiental.

Posteriormente, el 11 de octubre de 2021, EDP Renovables España S. L. presenta una modificación al proyecto que afecta a su infraestructura de evacuación, de manera que se propone suprimir la anteriormente planteada SET-El Rincón (400/220/30), y conectar la planta directamente con la SET-Castejón Promotores (400/132/30kV) mediante tendido eléctrico soterrado de 30kV, y desde esta conectar con la SET-Castejón 400kV propiedad de Red Eléctrica de España, mediante LAAT 400kV.

2. Descripción del proyecto.

Para seleccionar la ubicación de la planta solar fotovoltaica, además de la alternativa 0 o de no actuación, se han delimitado varias zonas dentro de la Ribera Sur de Navarra. Las que presentan un interés alto se han agrupado en 4 ámbitos, de los que se elige finalmente el ámbito Tudela-Castejón, entre otros motivos por la antropización del medio y la proximidad a la subestación de evacuación. Dentro de dicho ámbito se estudian 7 propuestas, eligiendo finalmente el promotor una fusión de las propuestas 1 y 2 como lo más viable técnico y ambientalmente.

Una vez seleccionada la ubicación de la planta, para el paso de la línea se estudian 6 alternativas dentro de 3 posibles áreas de interés, que reflejan en todos los casos un ámbito complejo a nivel ambiental. Una de las alternativas queda descartada por cuestiones técnicas, y finalmente se elige la alternativa 4 por reducir afección al barranco de Valdelafuente, corredor biológico y área sensible para la avifauna, y se decide el soterramiento de gran parte de la línea.

La planta ocupa varias fincas rústicas de morfología llana, dominadas por cultivos de cereal intercalados con viña, almendro, etc., dentro del término municipal de Castejón. Se divide en cuatro recintos vallados independientes, pero próximos entre sí, que en conjunto ocupan una superficie de 102,54 hectáreas. El acceso a los distintos recintos se realiza a través de caminos municipales, que parten de un ramal de la carretera N-232 en el P.K. 84,4.

Se proyecta la utilización de 92.736 módulos solares fotovoltaicos de silicio monocristalino, agrupados y dispuestos sobre 1.172 seguidores horizontales a un eje, separados 6,3m entre sí, y fijados al terreno mediante hincado directo. Los inversores convierten la corriente continua suministrada por las distintas agrupaciones de módulos, en corriente alterna de baja tensión, que es eleva a media tensión (30kV) en los siete centros de transformación planificados. Los centros de transformación se unirían de forma soterrada y paralelamente a los caminos, con la SET- Castejón Promotores (400/132/30kV)), salvo un tramo intermedio de 120m en que la línea pasa a ser aérea para realizar el cruce con el Canal de Lodosa. Desde la SET- Castejón Promotores, mediante línea eléctrica de alta tensión 400kV, se comunicará con la SET-Castejón 400kV de REE, primero mediante un tramo aéreo con 5 apoyos, y después soterradamente en los últimos 103 m.

La planta dispondrá de una red de caminos internos, que aprovecharán parte del trazado de caminos existentes. Se plantea la construcción de 2.721m de nuevos viales, y el acondicionamiento de 1.106m, que serán de 4m de ancho, con sub-base y base de zahorra artificial, de 25 y 15cm de espesor respectivamente, y pendiente transversal del 2 % en ambos sentidos. Asimismo, se contará con un sistema de drenaje para la evacuación de aguas pluviales constituido por cunetas de 50cm de calado y 1m de base, dispuestas tanto en el perímetro de la planta como en los viales internos.

Finalmente, se plantea el vallado perimetral de los cuatro recintos, con valla cinegética de 2m de altura máxima, anclada al terreno mediante zapatas aisladas de hormigón, y señalizado mediante placas para evitar la colisión de avifauna.

Según el estudio de impacto ambiental, ni la planta ni su infraestructura de evacuación, afectan a ningún hábitat de interés comunitario ni a vegetación natural con algún tipo de catalogación. No obstante, será necesaria la corta de un gran número de almendros, algunos muy viejos, que conforman el paisaje y un hábitat importante para parte de la fauna existente en el terreno. Desde el punto de vista paisajístico, el área se caracteriza por tratarse de un mosaico agrícola con predominio de cultivos herbáceos, salpicados por almendreras y viñedos, y escasa vegetación natural. En este ambiente destaca la presencia de distintos elementos antrópicos distorsionadores del paisaje, como líneas eléctricas aéreas, carreteras, vía férrea, canteras, parques eólicos y solares, polígonos industriales, etc. Todo ello en un relieve prácticamente llano, que hace que el porcentaje de superficie de la Planta no visible sea muy elevado.

El estudio de impacto ambiental de la planta fotovoltaica “Cierzo IV” y su infraestructura de evacuación, considera que los impactos generados son asumibles por el medio, por lo que califica el impacto global después de la aplicación de medidas preventivas y correctoras, como compatible. Asimismo, se incluye un plan de vigilancia ambiental con los aspectos a controlar durante el desarrollo de las obras, y un plan de restauración.

3. Análisis técnico.

La planta fotovoltaica Cierzo IV queda inmersa en un entorno de grandes ejes viarios (A-68, AP-68, AP-15) y sus vías de enlace: aproximadamente las dos terceras partes de la Planta, ocupan el terreno que queda entre el ramal de la autopista AP-15 desde la N-113 y la AP-15, y el otro tercio ocupa la franja de terreno situada inmediatamente al este de la AP-15. Además, dada la proximidad a la SET-La Cantera/La Serna, existen numerosas líneas eléctricas que, junto a las carreteras, constituyen un denso pasillo de infraestructuras que condiciona la permeabilidad e interconexión de las poblaciones, y la biodiversidad existente. Esta afección se acentúa con los parques eólicos y solares, y resto de proyectos e infraestructuras, existentes y en tramitación en el entorno.

La planta solar ocupa varias parcelas de morfología llana, ocupadas por cultivos de cereal de secano intercalados con viña, almendro, olivo, etc. La vegetación natural ha quedado relegada a pequeños recintos dispersos por el territorio, bordes de parcelas y de caminos, y almendreras donde se labra con menor intensidad, existiendo también algunas parcelas de cereal abandonadas que están siendo colonizadas por vegetación natural de bajo porte.

Este hábitat presenta aptitud para varias especies de avifauna esteparia protegida, confirmando el EsIA la presencia de algunas de ellas (aguilucho cenizo, en peligro de extinción a nivel regional, aguilucho pálido y cernícalo primilla, catalogado como vulnerable en Navarra, etc.), y además es interesante para la comunicación de las áreas esteparias situadas a ambos lados del río Alhama, y a ambos lados del río Ebro, cuya interconexión resulta de gran importancia para mantener la delicada viabilidad de las poblaciones de avifauna esteparia del entorno. De hecho, toda el área de implantación del proyecto se sitúa dentro del Área de Importancia para la Conservación de la Avifauna Esteparia (AICAENA) “La Sarda”, y pegada a la AICAENA “Agua Salada-Montes del Cierzo-Plana de Santa Ana”, siendo las AICAENA las superficies mínimas necesarias para la conservación de la avifauna esteparia en Navarra. La ejecución de la planta supondría de manera directa e inmediata, la pérdida de dicho espacio como superficie útil para muchas de estas aves, además de conllevar otras afecciones indirectas de relevancia (abandono del hábitat en un entorno más amplio alrededor de la planta, efecto barrera, pérdida de conectividad, etc.). La afección sobre este grupo de aves es especialmente importante si se tiene en cuenta la profunda y reciente transformación de muchos secanos a regadío en Navarra, la intensificación agraria, la regresión sufrida en los últimos años por la mayoría de las especies esteparias, etc.

Este hecho queda confirmado por la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas quien informa que, que la parte del parque solar situado al este de la AP-15 se incluye dentro de una “zona preferente para las aves esteparias”, área clave por incluir una presencia continuada y relevante de especies de aves esteparias catalogadas, donde no se debe autorizar la instalación de módulos fotovoltaicos, y alrededor de la cual se recomienda respetar 1 km de buffer sin éstos. En la parte de la planta situada al oeste de la AP-15, que además quedaría incluida prácticamente en su totalidad dentro de dicho buffer, la citada Sección tampoco considera adecuada la instalación de la planta, debido a la presencia en el entorno de aves esteparias y aguiluchos cuyo hábitat se modificaría.

Por otra parte, la zona mantiene una elevada densidad de especies presa, típicas de estos hábitats, por lo que es utilizada como área de campeo y dispersión por numerosas rapaces de mediano y gran tamaño, muchas de ellas protegidas (águila perdicera, águila real, milano real, milano negro, águila culebrera, águila calzada, azor común, etc.), que encuentran refugio y lugares de nidificación en las repoblaciones de pino carrasco que cubren las laderas del entorno, o en los cercanos sotos fluviales de los ríos Ebro y Alhama. Aunque algunas de las citadas especies puedan llegar a cazar en el interior de la planta con el consiguiente riesgo asociado, y pueda incrementarse la ya de por sí elevada densidad de presas existentes por la reducción de predadores, se considera que la instalación del proyecto supondría la pérdida de superficie útil para algunas especies y una merma en las posibilidades de captura para otras, en todo caso una afección negativa sobre estas aves.

Mención especial merece el interés de la zona para la conservación del águila de Bonelli (Aquila fasciata), especie rupícola catalogada en peligro de extinción en Navarra. El Gobierno de Navarra participa en dos proyectos LIFE, que buscan compensar la falta de territorios reproductores con la liberación de ejemplares. Uno de los individuos liberados en julio de 2020 usa la zona con asiduidad desde septiembre de 2020, y podría ver afectada su área de campeo con la ejecución de la Planta a causa de la modificación del hábitat que ello conlleva.

Asimismo, hay que destacar la cercanía de la planta al barranco de Valdelafuente, importante corredor ecológico incluido dentro de la Zona Especial de Conservación Río Ebro (ZEC ES2200040 Río Ebro), y a la Balsa de Agua Salada (Reserva Natural RN-34), a poco más y a poco menos de 1 Km de distancia respectivamente. En dichos espacios encontramos importantes poblaciones, nidificantes e invernantes, de distintas especies de aves rapaces que incluyen dentro de su área habitual de campeo el área de implantación de la planta fotovoltaica Cierzo IV, y que se verían también afectadas por la modificación del hábitat que ello conllevaría. Algunas de dichas rapaces, como el aguilucho lagunero y el aguilucho pálido, forman parte del elemento clave “aves acuáticas” de la citada ZEC, por lo que la ejecución del proyecto podría afectar a dicho elemento clave y por tanto al estado de conservación de la ZEC.

4. Propuesta.

Tras el análisis técnico del expediente, el Servicio de Biodiversidad concluye que el procedimiento de evaluación de impacto ambiental se ha llevado a cabo adecuadamente, considerando que la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV” y su infraestructura de evacuación supone un impacto crítico sobre distintas especies de avifauna amenazada, por lo que se propone formular declaración de impacto ambiental desfavorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula la siguiente declaración de impacto ambiental desfavorable sobre el Proyecto de planta solar fotovoltaica “Cierzo IV”, y su infraestructura de evacuación hasta la SET- Castejón 400kV propiedad de Red Eléctrica de España, promovido por EDP Renovables España S. L. por las razones recogidas en la parte expositiva de esta resolución.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto Art 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de evaluación ambiental.

3.º Notificar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente (Unidad de Coordinación de Tudela), y al promotor, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de diciembre de 2021.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

ANEXO I

Resultado del trámite de información pública

Síntesis de los informes recibidos y las alegaciones presentadas durante el periodo de información pública.

Gurelur.

1. Se realizan dos Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) independientes, uno para la planta solar fotovoltaica, y otro para la línea de evacuación de la energía y subestaciones asociadas, en lugar de englobarlo en una única evaluación.

Respuesta: Aspecto subsanado por el promotor en el EsIA que se presenta tras la información pública, que además incluye un estudio de sinergias que tiene en cuenta la planta y su infraestructura de evacuación, junto con otros proyectos e infraestructuras existentes o previstos en el ámbito de estudio.

2. Deficiencias en el estudio de alternativas del EsIA que, según el resultado de la subasta realizada por el Ayuntamiento de Tudela de derechos de explotación de terrenos comunales para la instalación de plantas solares, hace pensar que las alternativas se han planteado para aparentar haber estudiado otras localizaciones, e incluir el estudio de alternativas exigido por la legislación.

Además, el promotor pretende ocupar más de 400 hectáreas con la instalación de tres plantas solares en el mismo entorno, incumpliendo la ocupación máxima de 50 hectáreas para parques solares, establecida en las Declaraciones de Incidencia Ambiental de los dos anteriores Planes Energéticos de Navarra, para los periodos 2005-2010 y para el horizonte 2020 respectivamente. Por otra parte, el estudio de alternativas no ha tenido en cuenta la línea de evacuación para valorar la de menor impacto.

Respuesta: En el anexo I del EsIA definitivo presentado, se realiza el análisis de alternativas tanto para la planta solar fotovoltaica como para la infraestructura de evacuación.

Para seleccionar la ubicación de la planta solar fotovoltaica, además de la alternativa 0 o de no actuación, se han delimitado varias zonas dentro de la Ribera Sur de Navarra. Las que presentan un interés alto se han agrupado en 4 ámbitos, de los que se elige finalmente el ámbito Tudela-Castejón, entre otros motivos por la proximidad a la subestación de evacuación. Dentro de dicho ámbito, la solución adoptada se ha basado en un examen multi-criterio, que ha tenido en cuenta criterios técnicos y ambientales.

Una vez seleccionada la ubicación de la Planta, se estudian 6 alternativas dentro de 3 posibles áreas de interés para el paso de la línea, que reflejan en todos los casos un ámbito complejo a nivel ambiental. La solución adoptada para la infraestructura de evacuación, se ha basado también en un examen multi-criterio, que ha tenido en cuenta criterios técnicos y ambientales.

Ni el actual Plan Energético de Navarra 2030, ni su Declaración de Incidencia Ambiental, establecen límite a la superficie de plantas solares fotovoltaicas.

3. Según el anexo I Estudio de Alternativas, para la planta existen otras alternativas diferentes a las seleccionadas que presentan menor impacto ambiental, y además la alternativa seleccionada está formada por la unión de dos de las alternativas estudiadas.

Respuesta: Según el citado anexo elaborado por el promotor, teniendo en cuenta los distintos condicionantes, ninguna de las alternativas más viables a nivel ambiental aportan individualmente superficie suficiente para albergar una planta de las características requeridas, por lo que ha sido necesario analizar la posibilidad de unificar las zonas de menos impacto que estuviesen que estuviesen próximas.

4. La alternativa seleccionada para la infraestructura de evacuación no cumple algunos de los criterios técnicos y ambientales establecidos previamente, y además el hecho de excluir la afección derivada de la longitud de la línea, y de infravalorar otras características como el paso trasversal por la ZEC Río Ebro, hace que la alternativa seleccionada no sea la de menor impacto.

Respuesta: El proyecto definitivo presentado para la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV”, modifica considerablemente la infraestructura de evacuación respecto a la sometida a exposición pública, variando el trazado y proponiendo el soterramiento de buena parte de la misma, lo que reduce considerablemente la afección respecto de la alternativa para la línea eléctrica elegida en la documentación sometida a información pública.

5. La alternativa elegida para la infraestructura de evacuación es la más larga, y la ubicación de la SET-El Rincón se sitúa próxima a la balsa de Valdelafuente y obliga a la línea a aproximarse y atravesar trasversalmente la ZEC Río Ebro. El alegante plantea otras alternativas de menor impacto, y considera que la elección de la alternativa seleccionada parece consecuencia de la posible instalación de otras plantas solares que deberían haberse estudiado de forma conjunta, y que no han sido tenidas en cuenta en el EsIA.

Además, el alegante recuerda que las Declaraciones de Incidencia Ambiental de los Planes Energéticos de Navarra para el periodo 2005-2010 y para el horizonte 2020, añadían condicionantes para reducir las afecciones de las plantas solares y en concreto de su infraestructura de evacuación, condicionantes que no se han formulado en el PEN2030 vigente ni en su DIA.

Respuesta: El proyecto definitivo presentado para la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV”, modifica considerablemente la infraestructura de evacuación respecto a la sometida a exposición pública, variando el trazado y suprimiendo la anteriormente planteada SET-El Rincón (400/220/30) para conectar la planta directa y soterradamente con la SET-Castejón Promotores (400/132/30kV), y desde esta conectar con la SET-Castejón 400kV propiedad de Red Eléctrica de España, mediante LAAT 400kV.

6. El alegante recuerda las limitaciones establecidas, en cuanto a superficie de las plantas solares fotovoltaicas, en las Declaraciones de Incidencia Ambiental de los Planes Energéticos de Navarra para el periodo 2005-2010 y para el horizonte 2020, y considera que la planta Cierzo IV va en contra de los objetivos del PEN2030, que busca el fomento del autoconsumo y la generación distribuida.

Respuesta: Aunque el actual Plan Energético de Navarra 2030, trata de fomentar el autoconsumo y la generación distribuida, ni este ni su Declaración de Incidencia Ambiental, establecen límite a la superficie de plantas solares fotovoltaicas.

7. La planta solar fotovoltaica Cierzo IV se plantea sobre un Área de Importancia para la Conservación de la Avifauna Esteparia (AICAENA), superficie irrenunciable para la conservación de las aves esteparias, con la consiguiente afección a este grupo de aves, cuya situación es crítica.

Respuesta: Se ha tenido en cuenta en la elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

8. En la documentación dispuesta a exposición pública no hay planos topográficos ni perfiles de la situación inicial y final, documentación considerada mínima según el DF 64/2006, por la que se regulan los criterios y las condiciones ambientales y urbanísticas para la implantación de instalaciones para aprovechar la energía solar en suelo no urbanizable. Tampoco se justifican el volumen de los movimientos de tierras, parte de las cuales se trasladarán a vertedero autorizado, con la consiguiente generación de CO2, impacto que no ha sido incluido en el EsIA.

Respuesta: La documentación presentada tras la información pública profundiza y mejora este aspecto, de manera que el material excedente que tendrá que ser trasladado a vertedero autorizado pasa de 17.800 a 2.816,91m³.

9. El alegante destaca el valor ambiental del barranco de Valdelafuente, que además forma parte de la ZEC Río Ebro. Su construcción iría en contra de los objetivos establecidos en el Plan de Gestión de dicho espacio.

Respuesta: Se ha tenido en cuenta en la elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Enerfin Sociedad de Energía S. L. U.

1. La planta solar fotovoltaica “Cierzo IV” y su infraestructura de evacuación afecta a la línea de evacuación de los parques eólicos “El Montecillo” y “La Senda” promovidos por Enerfin.

Respuesta: Carente de contenido ambiental.

2. La ubicación de la SET-El Rincón 400/200/30kV afecta a los aerogeneradores del P. E. “Corral del Molino II”.

Respuesta: Carente de contenido ambiental.

3. El trazado de la LAAT 400kV desde la SET-El Rincón hasta la SET-Castejón Promotores afecta al emplazamiento del P. E. “Corral del Molino II”.

Respuesta: Carente de contenido ambiental.

4. El trazado de la línea de evacuación propuesta para la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV” incrementa los efectos sinérgicos con el P. E. “Corral del Molino II”, y la afección a la avifauna.

Respuesta: El proyecto definitivo presentado para la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV”, modifica considerablemente la infraestructura de evacuación respecto a la sometida a exposición pública, variando el trazado y proponiendo el soterramiento de buena parte de la misma, lo que reduce la afección. Además, el EsIA incluye un anexo V donde se estudian los efectos sinérgicos del proyecto junto con el resto de proyectos e infraestructuras existentes o en tramitación en el entorno, entre los que se incluyen los parques eólicos tramitados por Enerfin.

Carlos Pérez de Obanos.

1. La LAAT que atraviese y sobrevuele el barranco de Valdelafuente dificultará la restauración de dicho barranco, acorde a los objetivos de conservación establecidos en el Plan de Gestión de la ZEC Rio Ebro, y reducirá la calidad paisajística.

2. A pesar de las medidas anticolisión propuestas en el EsIA, la instalación de la LAAT supondrá un grave problema para la fauna voladora, especialmente para las aves de mediano y gran tamaño.

3. La ejecución de la LAAT supondrá un gran impacto paisajístico.

4. Desacuerdo con el trazado propuesto para la línea de evacuación, que no tendría por qué atravesar el barranco de Valdelafuente.

Respuesta (común para todos los puntos): El proyecto definitivo presentado para la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV”, modifica considerablemente la infraestructura de evacuación respecto a la sometida a exposición pública, variando el trazado y proponiendo el soterramiento de buena parte de la misma. En concreto el cruce con el barranco de Valdelafuente se plantea de manera soterrada por el extremo oeste de dicho barranco.

El Ayuntamiento de Tudela solicita que la infraestructura de evacuación de la planta fotovoltaica “Cierzo IV” no atraviese terrenos de Tudela, y pone de manifiesto la existencia de limitaciones al uso del suelo que conllevan las líneas eléctricas, así como el impacto paisajístico y sobre la avifauna que ocasiona. Además, pide que, en la tramitación del expediente, se soliciten varios informes (Servicio de Infraestructuras Agrarias, Industria-Nasuvinsa-Desarrollo Industrial, Departamentos de Urbanismo y de Industria del Ayuntamiento de Tudela, y CANASA).

Respuesta: Respecto al impacto paisajístico y sobre la avifauna (el resto carece de contenido ambiental), el proyecto definitivo presentado para la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV”, modifica considerablemente la infraestructura de evacuación respecto a la sometida a exposición pública, variando el trazado y proponiendo el soterramiento de buena parte de la misma. En concreto el cruce con el barranco de Valdelafuente se plantea de manera soterrada por el extremo oeste de dicho barranco.

ENAGAS informa que, en base a la documentación remitida, podrían esperarse influencias eléctricas sobre el gasoducto “Ramal a Castejón”, tanto en los tramos donde se produce el cruzamiento entre la línea eléctrica proyectada y los gasoductos existentes, como en los tramos de paralelismo del gasoducto con la planta fotovoltaica. Además, concreta dichos tramos y especifica los trámites a seguir.

REE no presenta oposición a la planta fotovoltaica “Cierzo IV”, al no afectar a sus instalaciones. Respecto a la línea subterránea de evacuación a 30kV y a la SET-El Rincón, comunican no haber recibido la documentación necesaria para su estudio, y solicitan su remisión. En cuanto a la línea de evacuación a 400kV indican que con la documentación recibida no es posible comprobar la reglamentariedad del cruzamiento producido con la línea a 220kV Olite-La Serna, y solicita que se complete dicha documentación, incluyendo determinados aspectos. Asimismo, indican que, en caso de que la línea afectase a terrenos propiedad de REE, deberán contactar y suscribir el correspondiente acuerdo.

Para el ámbito de estudio, la Confederación Hidrográfica del Ebro describe la red hidrográfica superficial y subterránea, destacando el riesgo de la masa de agua subterránea de no alcanzar los objetivos medioambientales por contaminación difusa de nitratos de origen agrario, y los impactos estimados sobre el medio hídrico en las distintas fases del proyecto. Asimismo, recuerda las medidas preventivas y correctoras propuestas en el EsIA, orientadas a la protección del medio hídrico, y la existencia de un Plan de Vigilancia Ambiental. Considera adecuado el Estudio de Impacto Ambiental, con el cumplimiento de lo establecido en él, y recuerda la importancia de extremar las precauciones durante la fase de obras para evitar la afección a los cursos de agua de la zona, teniendo especial cuidado con la escorrentía y el aporte de sólidos en suspensión a la red hidrológica, evitando cualquier tipo de contaminación accidental por vertido de hidrocarburos u otras sustancias contaminantes. Además, indica que se debe realizar un estudio de la pluviometría de la zona y calcular la escorrentía superficial y precipitaciones máximas sobre la parcela, dimensionando las canalizaciones de evacuación en función a dichos datos y a la normativa.

Renovables de la Ribera advierte de la existencia de cruzamientos con una línea de su propiedad, en los que deberá cumplirse la normativa en vigor. Desde el punto de vista económico, indica que cualquier avería o parada en su línea deberán indemnizarse según los daños y/o el lucro cesante ocasionados. Por último, advierte de un cruzamiento con la línea 220kV de REE donde también cruza la línea de su propiedad, donde considera que la única solución es el soterramiento de la línea en tramitación.

Audenasa indica no existir inconveniente en la instalación de la planta solar fotovoltaica “Cierzo IV” y su infraestructura de evacuación, siempre que se cumplan las condiciones del condicionado que adjuntan, y que no tiene contenido ambiental.

La Sección de Patrimonio Arquitectónico de la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, comunica que la Planta fotovoltaica “Cierzo IV” y su infraestructura de evacuación no ocasionan afecciones en lo que compete a su Sección.

La Sección de Estrategia y Ordenación del Territorio indica la normativa e instrumentos, en materia de ordenación territorial y urbanística, que deberán tenerse en cuenta en la implantación de la planta fotovoltaica “Cierzo IV” y su infraestructura de evacuación, e indica la posible compatibilidad/incompatibilidad a priori, con ellos.

El Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras indica las distintas zonas existentes en las vías de circulación pertenecientes a la Red de Carreteras y las limitaciones aplicables en cada una de ellas. Asimismo, establece la separación mínima de las torres y la altura mínima de los cables de la línea de evacuación, respecto a las calzadas de las carreteras afectadas. Finalmente indica la necesidad de solicitud de autorización y presentación de la documentación técnica necesaria, a la Dirección General de Obras Públicas.

Código del anuncio: F2117864