BOLETÍN Nº 126 - 27 de junio de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BURLADA

Aprobación definitiva de la primera modificación de la plantilla orgánica de 2021

El Pleno del Ayuntamiento de Burlada, en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2022, aprobó inicialmente la primera modificación de plantilla orgánica del año 2021 publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 79, de 25 de abril de 2022.

“El artículo 59 de la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, establece que el complemento de puesto de trabajo no podrá exceder del 75% del sueldo inicial correspondiente al nivel, y derivará de la valoración y estudio de los distintos puestos de trabajo.

Por acuerdo de Pleno de fecha 30 de diciembre de 2020, se acordó aprobar la adhesión del Ayuntamiento de Burlada al estudio de valoración de puestos de trabajo de las policías locales de Navarra, realizado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos. Tomando como referencia dicho estudio, el Área de Policía ha realizado su propio estudio de valoración de puestos, del que se deriva una modificación en el porcentaje del complemento de puesto de trabajo y en el de la retribución de compensación por disponibilidad horaria.

Visto informe de jefatura de Policía Municipal, así como informes técnicos de intervención y recursos humanos, procede la aprobación del estudio de valoración de puestos de trabajo del área de Policía Municipal de Burlada, negociado y consensuado con la representación sindical.

Teniendo en cuenta dictamen favorable emitido por la Comisión Municipal Informativa de Servicios Generales de fecha 23 de marzo de 2022, el Pleno,

ACUERDA:

1. Aprobar el estudio de valoración de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Burlada para el Área de Policía Municipal.

2. Modificar la plantilla orgánica vigente en el sentido de incluir las modificaciones retributivas del presente estudio a fecha 1 de abril de 2022, así como la amortización de los puestos de policía números 11.10 y 11.23. La retribución se abonará con efectos a 1 de abril de 2022, una vez aprobada definitivamente la modificación de dicha plantilla”.

Transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la primera modificación de plantilla orgánica del año 2021.

Burlada, 7 de junio de 2022.–La alcaldesa-presidenta, Ana Góngora Urzaiz.

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

NOMBRE

ÁREA

NÚMERO DE PLAZA

DENOMINACIÓN
DEL
PUESTO

TIPO
DE
PERSONAL

SITUACIÓN
ADMINISTRATIVA

GRADO

NIVEL
GRUPO

COMPLEMENTOS

RESERVA
PARA
DISCAPACIDAD

PUESTO
DE
TRABAJO

JEFATURA

DEDICACIÓN
EXCLUSIVA

INCOMPATIBILIDAD

PROLONGACIÓN
DE
JORNADA

RIESGO

NIVEL

ESPECÍFICO

ESPECIAL
DE
DISPONIBILIDAD

PUESTO
DIRECTIVO

POLICÍA MUNICIPAL

11.0.

JEFATURA DE POLICÍA MUNICIPAL

1

10%

E

LD

-

-

-

-

-

-

-

-

-

POLICÍA MUNICIPAL

11.1.

SUBINSPECTOR/A

1

10%

F

B

CO

23,75

-

-

-

-

-

-

45

-

-

POLICÍA MUNICIPAL

11.2./11.4.

AGENTE PRIMERO

2

C1

F

C

PI

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

POLICÍA MUNICIPAL

11.5/11.6/

11.7/11.8.

AGENTE PRIMERO

4

10%

F

C

PI

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

POLICÍA MUNICIPAL

11.9./11.11./

11.13./11.14./

11.15./11.16./

11.17./11.18./

11.20./11.21./

11.24./11.25./

11.26./11.27./

11.28./11.29./

11.30./11.31./

11.32./11.33./

11.35./11.41./

11.43.

AGENTE

23

10%

F

C

OPO

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

POLICÍA MUNICIPAL

11.22/11.34.

AGENTE

2

C1

F

C

OPO

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

TOTAL PLAZAS

33

RELACIÓN NOMINAL

NOMBRE

ÁREA

NÚMERO DE PLAZA

DENOMINACIÓN
DEL
PUESTO

TIPO
DE
PERSONAL

SITUACIÓN
ADMINISTRATIVA

GRADO

NIVEL
GRUPO

COMPLEMENTOS

RESERVA
PARA
DISCAPACIDAD

PUESTO
DE
TRABAJO

JEFATURA

DEDICACIÓN EXCLUSIVA

INCOMPATIBILIDAD

PROLONGACIÓN
DE
JORNADA

RIESGO

NIVEL

ESPECÍFICO

ESPECIAL DE
DISPONIBILIDAD

PUESTO DIRECTIVO

27

Policía municipal

11.10.

Agente

F

Activo

5

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

29

Policía municipal

11.26.

Agente

F

CS

5

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

30

Policía municipal

11.30.

Agente

F

Activo

5

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

31

Policía municipal

11.22.

Agente

F

Activo

5

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

34

Policía municipal

11.17.

Agente

F

Activo

5

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

35

Policía municipal

11.33.

Agente

F

Activo

4

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

36

Policía municipal

11.31.

Agente

F

Activo

4

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

36

Policía municipal

11.2. (bis)

Agente primero

F

DI

-

C

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

37

Policía municipal

11.13.

Agente

F

Activo

4

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

38

Policía municipal

11.18.

Agente

F

Activo

4

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

39

Policía municipal

11.11.

Agente

F

Activo

4

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

41

Policía municipal

11.05.

Agente primero

F

Activo

3

C

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

42

Policía municipal

11.28.

Agente

F

Activo

3

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

43

Policía municipal

11.24.

Agente

F

CS

4

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

44

Policía municipal

11.35.

Agente

F

Activo

3

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

44

Policía municipal

11.07. (bis)

Agente primero

F

DI

-

C

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

45

Policía municipal

11.16.

Agente

F

Activo

3

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

46

Policía municipal

11.25.

Agente

F

Activo

3

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

47

Policía municipal

11.08.

Agente primero

F

Activo

5

C

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

48

Policía municipal

11.06.

Agente primero

F

Activo

4

C

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

48

Policía municipal

11.1 (bis)

Subinspector

F

DI

4

B

23,75

-

-

-

-

-

-

45

-

-

50

Policía municipal

11.21.

Agente

F

Activo

3

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

51

Policía municipal

11.14.

Agente

F

Activo

3

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

52

Policía municipal

11.20.

Agente

F

Activo

2

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

53

Policía municipal

11.7.

Agente primero

F

DI

2

C

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

56

Policía municipal

11.34.

Agente

F

Activo

2

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

57

Policía municipal

11.43.

Agente

F

EV

2

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

59

Policía municipal

11.27.

Agente

F

CS

-

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

60

Policía municipal

11.29.

Agente

F

Activo

-

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

61

Policía municipal

11.32.

Agente

F

Activo

-

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

62

Policía municipal

11.41.

Agente

F

Activo

-

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

63

Policía municipal

11.2.

Agente primero

F

Activo

4

C

32,5

-

-

-

-

-

-

45

-

-

64

Policía municipal

11.9.

Agente

F

Activo

-

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

65

Policía municipal

11.43.

Agente

F

Activo

-

C

20

-

-

-

-

-

-

45

-

-

Y1

Policía municipal

11.0.

Jefatura de policía municipal

LD

Activo

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA ORGÁNICA DE 2021

17.–Policía municipal retribuciones: compensación por disponibilidad horaria.

Por acuerdo de pleno de fecha 31 de marzo de 2022, se aprueba el cobro del concepto retributivo denominado “compensación por disponibilidad horaria”, recogido en la actual Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre de Policías de Navarra (art. 57.1.c.h).

–Condiciones de prestación del servicio:

El ámbito de aplicación será de carácter individual y voluntario, para todos los miembros de la Policía Municipal que lo soliciten por escrito en el plazo que se establezca desde jefatura y la solicitud será para todo el año natural. No se podrá realizar llamamiento para cubrir servicios estando de vacaciones, licencias y permisos retribuidos.

Las condiciones de los llamamientos tanto para los cambios de turnos como de cambios de días de trabajo se negociarán con la representación sindical.

Se procurará que el número de llamamientos entre todos los agentes sea similar, teniendo en cuenta que pudiera darse el caso que sea necesario realizar más llamamientos entre agentes de una cadencia que de otra.

Cuatro cambios de turno de trabajo en el mismo día, contabilizarán como 1 día de disponibilidad.

Las personas que se encuentren en situación de incapacidad laboral transitoria durante 8 jornadas mensuales, alternas o consecutivas (exceptuando los accidentes y enfermedades profesionales) percibirán la mitad del abono de la retribución por disponibilidad de ese mes.

En posteriores situaciones de incapacidad, tras 8 jornadas mensuales de baja laboral, alternas o consecutivas, (exceptuando los accidentes y enfermedades profesionales), no percibirán el abono de la retribución por disponibilidad de ese mes.

El personal que por una situación de baja laboral haya visto reducido el cobro de la retribución por disponibilidad que le correspondía, verá también reducido, en la misma proporción sus días de disponibilidad (1 día de disponibilidad por cada mes).

Una vez realizados el total de los días de disponibilidad anuales, se seguirá cobrando la retribución por disponibilidad (independientemente de las incapacidades del párrafo anterior) hasta final de año.

La gestión de llamamientos vendrá recogido en las normas de calendario que se aprobarán anualmente junto con el calendario.

–Condiciones económicas:

La retribución de la bolsa de disponibilidad se realizará en 12 mensualidades, con un complemento equivalente a 235 euros brutos mensuales para los agentes y agentes primeros y 275 euros para subinspector. El importe se cobrará por una disponibilidad de 12 días al año.

Código del anuncio: L2208714