BOLETÍN Nº 109 - 2 de junio de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BARGOTA

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las ayudas a la construcción y rehabilitación de edificios

El Pleno de la Comisión Gestora del Ayuntamiento de Bargota, en sesión celebrada el 14 de marzo de 2022, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las ayudas a la construcción y rehabilitación de edificios en el municipio de Bargota.

Sometido el acuerdo a información pública, previos anuncios en el tablón de anuncios del ayuntamiento y Boletín Oficial de Navarra (número 63, de 29 de marzo de 2022), y transcurrido el plazo sin que se hayan presentado alegaciones, de conformidad con el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, se procede a publicar el texto para su entrada en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Bargota, 9 de mayo de 2022.–La presidenta de la Comisión Gestora, Cristina Remírez Marquínez.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE LAS AYUDAS
A LA CONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
EN EL MUNICIPIO DE BARGOTA

Se modifican los artículos 1, 2, 3 y 6.

Objeto

Artículo 1. Es objeto de la presente ordenanza la regulación de concesión de ayudas para las obras de construcción, rehabilitación, y rehabilitación energética del proyecto Elena Primavera (contrato Elena 2017-141) de edificios en el municipio de Bargota, como medida de fomento frente al despoblamiento que se viene produciendo en los últimos años y de control del progresivo deterioro en la edificación del casco urbano de Bargota.

Actuaciones protegibles

Artículo 2. El Ayuntamiento de Bargota concederá ayudas, dentro de los límites presupuestarios, a aquellas personas que, reuniendo los requisitos, que se señalan en el artículo 3, realicen obras de reforma, rehabilitación, rehabilitación energética del proyecto Elena Primavera, consolidación, construcción de nuevas viviendas, así como las de ampliación, mejora u obra nueva de explotaciones complementarias existentes en el municipio e incluso derribo de estas.

La percepción de las ayudas se supedita al cumplimiento de los requisitos señalados en los artículos siguientes.

Requisitos de los beneficiarios

Artículo 3. Serán requisitos para la percepción de la presente ayuda:

A.–Justificación de antigüedad mínima en el padrón municipal de Bargota, por un periodo de dos años a contar desde la fecha de la solicitud de la ayuda. Este requisito no se exigirá a los solicitantes de rehabilitación energética de edificios que reciban la subvención del proyecto Elena Primavera.

B.–Que el solicitante de la ayuda sea el promotor de la obra y se encuentre al corriente de pago de cuantos tributos tenga establecidos este ayuntamiento.

C.–Justificación de la titularidad del inmueble sobre el que se realizaría la obra.

Cuantía de las ayudas

Artículo 6. La cuantía de las ayudas, sobre inversión justificada será:

a.–Por reforma, rehabilitación, consolidación, construcción de nuevas viviendas así como las de ampliación, mejora u obra nueva de explotaciones complementarias existentes en el municipio e incluso derribo de estas, cuya inversión sea superior a seis mil euros (6.000 euros), se concederá subvención que comprenderá el 0,75 % de la tasa del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

b.–Por la rehabilitación energética de edificios que reciban la subvención del proyecto Elena Primavera y con el fin de sufragar los gastos que origina el organismo de control térmico recibirán una subvención de hasta el 50 % de la tasa del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Ambas ayudas son compatibles.

Código del anuncio: L2206690