BOLETÍN Nº 90 - 21 de abril de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANDOSILLA

Aprobación definitiva del proyecto delimitación del ámbito de expropiación de la unidad de ejecución UE-3 del Área de Actividades Económicas, así como de la relación de bienes y derechos afectados

El Pleno del Ayuntamiento de Andosilla, en sesión ordinaria celebrada el 26 de noviembre de 2020, aprobó inicialmente el Proyecto de Delimitación del ámbito de expropiación de la unidad de ejecución UE-3 del Área de Actividades Económicas de Andosilla, así como la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolos a información pública por plazo de quince días. En el mismo Pleno se declaró a Navarra de Suelo y Vivienda, S.A., beneficiaria de la expropiación.

Dicho acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 291, de fecha 17 de diciembre, en el Diario de Navarra, de fecha 11 de diciembre, y notificado a los propietarios, tanto individualmente como por edictos, en su caso.

Durante el trámite de exposición pública, se han recibido dos alegaciones, cuyo contenido y respuesta se exponen a continuación:

–Alegación primera de doña Natividad Alcalde San Martín (registro de entrada 46/2021, de 14 de enero).

  • Resumen del contenido.
  • Doña Natividad Alcalde San Martín comunica la existencia de un pozo, añadiendo que en su momento dicho pozo fue valorado por Nasuvinsa y pone en conocimiento que en la parcela, hay una viña de denominación de origen Rioja cuyo titular es don José Manuel Gurpegui Alcalde. Concluye la alegación solicitando que a efectos valorativos, se tenga en cuenta todo lo expuesto.
  • Contestación:
  • La valoración de los bienes y derechos afectados deberá realizarse de acuerdo con la legislación vigente, que también prevé el momento en el que debe realizarse, por lo que, conforme a lo señalado en el artículo 25 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa, una vez firme el acuerdo por el que se declara la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos expropiables, se procederá a determinar su justo precio.
  • Respecto a la titularidad del viñedo, al haberse reiterado la alegación por el interesado, acreditándola, se tiene en consideración.
  • Se desestima la alegación en la parte relativa a la valoración, por no haberse iniciado la fase de justiprecio y se estima en cuanto a la titularidad del viñedo, acreditada por don José Manuel  Gurpegui.

–Alegación segunda de don José Manuel Gurpegui Alcalde (Registro de Entrada 72/2021, de 19 de enero).

  • Resumen del contenido:
  • El alegante, en calidad de cotitular de la finca de proyecto AND-09, parcela catastral 540, comunica la existencia de un pozo legalizado que deberá tenerse en cuanta a efectos valorativos y pone en conocimiento que, en la parcela, existen plantadas viñas con denominación de origen Rioja, cuyo único titular es el alegante.
  • Concluye la alegación solicitando que, a efectos valorativos, se tenga en cuenta todo lo expuesto en relación al pozo y la existencia de las viñas, siendo de su interés la replantación.
  • Aporta certificado expedido por el Consejo Regulador de Denominación de Origen Calificada Rioja, donde se señala la titularidad de los viñedos de la finca 540 a favor del alegante.
  • Contestación:
  • La valoración de los bienes y derechos afectados deberá realizarse de acuerdo con la legislación vigente, que también prevé el momento en el que debe realizarse, por lo que, conforme a lo señalado en el artículo 25 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa, una vez firme el acuerdo por el que se declara la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos expropiables, se procederá a determinar su justo precio.
  • Respecto de la titularidad de la viña, aporta certificado que se estima suficiente a efectos de acreditar su condición de titular de la plantación.
  • Se desestima la alegación en la parte relativa a la valoración, por no haberse iniciado la fase de justiprecio y se estima en cuanto a la titularidad del viñedo, acreditada por don José Manuel Gurpegui.

En virtud de los antecedentes expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo 185.3 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el Pleno del Ayuntamiento de Andosilla, como órgano competente, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.–Resolver la fase de información pública en el sentido expresado en la parte expositiva de la presente resolución como contestación a las alegaciones presentadas.

Segundo.–Aprobar definitivamente el Proyecto de Delimitación del ámbito de expropiación de la Unidad de Ejecución UE-3 del Área de Actividades Económicas de Andosilla, así como la relación de titulares, bienes y derechos afectados por el mismo, cuya utilidad pública y necesidad de ocupación ya había sido declarada, de forma implícita, con la aprobación de la modificación del Plan General que se ejecuta.

Tercero.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en un diario de la Comunidad Foral, insertarla en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Andosilla, notificarla a los alegantes, a Nasuvinsa y a cada uno de los titulares afectados que constan en la relación de bienes y derechos afectados que figura en la aprobación inicial, por no haberse visto modificada en el transcurso de la información pública.

Andosilla, 26 de marzo de 2021.–El alcalde-presidente, Francisco Javier Sanz Itarte.

ANEXO

PROYECTO DE DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE EXPROPIACIÓN DE LAS UNIDAD DE EJECUCIÓN UE3 DEL ÁREA DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE ANDOSILLA

RELACIÓN DE BINES Y DERECHOS AFECTADOS

CÓDIGO FINCA

TITULARES, DOMICILIO

AFECCIONES

DATOS CATASTRALES

T.

Ocupación definitiva

Pol.

Par.

Naturaleza y clase

AND-06

Don Jose Luis Sanz Pardo

Doña Ana María Sanz Pardo

Doña María Rosario Sanz Pardo

Don Francisco Javier Sanz Pardo

Doña María Julia Sanz Pardo

E3

3.226,20

4

531

Suelo Urble/LR. Viña

AND-06/1

Ayuntamiento de Andosilla

Plaza de San Cosme y San Damián, 1, 31261 Andosilla (Navarra)

E3

155,54

4

-

Suelo Urble/LR. Viña

AND-08

Industrias Grasas Marín-Navarra, S.L.

Ctra. Na-8715, KM 4,60, 31261 Andosilla (Navarra)

E3

9.885,62

4

495

Suelo Urble/LR. Viña y Pastos

AND-09

Doña Natividad Alcalde San Martín

Don José Manuel Gurpegui Alcalde

Doña M.ª Asunción Gurpegui Alcalde

Doña M.ª Concepción Gurpegui Alcalde

Don Ángel Gurpegui Alcalde

Don Rafael Gurpegui Alcalde

Don Carlos Gurpegui Alcalde

Doña Virginia Gurpegui Alcalde

E3

7.062,75

4

540

Suelo Urble/LR. Viña

AND-10

Doña Felisa Amatriain Ordóñez

E3

4.860,12

4

530

Suelo Urble/L. Regadío

Código del anuncio: L2105230