BOLETÍN Nº 81 - 13 de abril de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 31 de marzo de 2021, por la que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto “Tratamiento de aguas residuales de Arbeiza-Zubielqui”.

Por Resolución 379/2020, de 23 de julio, del Director General de Administración Local y Despoblación, se sometió a información pública por plazo de quince días el proyecto “Tratamiento de Aguas Residuales de Arbeiza-Zubielqui”, así como la relación de bienes y derechos afectados por el mismo.

Transcurrido dicho plazo sin haberse presentado alegación alguna, mediante Resolución 501/2020, de 30 de septiembre, del Director General Administración Local y Despoblación, se aprobó definitivamente el citado proyecto así como la relación de bienes y derechos afectados, quedando implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación.

“Navarra de Infraestructuras Locales, S.A.” (NILSA), actuando en virtud del régimen de cooperación establecido con la Mancomunidad de Montejurra, solicita al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia a efectos del artículo 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, aportando con tal finalidad informe sobre las razones que justifican la tramitación del procedimiento expropiatorio pretendida.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto consiste en la necesidad de solucionar adecuadamente el tratamiento de los puntos de vertido existentes en una cuenca sensible como es el curso alto del Ega para lo que se prevé la construcción de una nueva depuradora con unos emisarios de entrada por gravedad, decantación primaria consistente en un imhoff, lecho bacteriano, decantador secundario y lagunas finales de afino, que garantizará la buena entrega del agua al río Ega.

Asimismo, obra en el expediente certificado acreditativo de la disposición de fondos adecuados para afrontar el pago del importe a que ascendería el justiprecio por la ocupación de los bienes y derechos afectados.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por “Navarra de Infraestructuras Locales, S.A.” (NILSA) y comprobada la disponibilidad del crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto “Tratamiento de aguas residuales de Arbeiza-Zubielqui”.

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, produciendo efectos desde el día de su publicación, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar este acuerdo a la Mancomunidad de Montejurra y a “Navarra de Infraestructuras Locales, S.A” (NILSA), y trasladarlo al Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales.

Pamplona, 31 de marzo de 2021.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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