BOLETÍN Nº 76 - 7 de abril de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 69/2021, de 10 de marzo, del Director General de Educación, por la que se autoriza la apertura y puesta en funcionamiento del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas “Escuela de Equitación Añézcar” de Añézcar, Berrioplano, para impartir las enseñanzas de los ciclos formativos inicial y final de las enseñanzas deportivas de grado medio en las especialidades de “Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo” y “Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre”.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de la empresa “Escuela de Equitación Añézcar, S.L.” con CIF B31736622 y domicilio en la carretera Larragueta s/número de Añézcar, CP 31195, Berrioplano, solicitando autorización administrativa para la apertura y puesta en funcionamiento del centro deportivo “Escuela de Equitación Añézcar”, con el fin de impartir las enseñanzas de los ciclos formativos inicial y final de las enseñanzas deportivas de grado medio en las especialidades de “Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo” y “Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre”.

Vistos los informes favorables emitidos por los Servicios de Formación Profesional, de Infraestructuras Educativas y de Inspección Educativa.

Visto lo establecido por los artículos 28 y siguientes del Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre, por el que se regula la ordenación y el desarrollo de las enseñanzas deportivas de régimen especial en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y a propuesta del Servicio de Inspección Educativa,

RESUELVO:

1.º Autorizar la apertura y el funcionamiento del Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas “Escuela de Equitación Añézcar”, con el fin de impartir las enseñanzas de los ciclos formativos inicial y final de las enseñanzas deportivas de grado medio en las especialidades de “Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo” y de “Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre”, con efectos del inicio del curso 2021-2022.

2.º Indicar que los datos del centro, inscritos en el Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra, serán los siguientes:

–Código de centro: 31015017.

–Titular: “Escuela de Equitación Añézcar, S.L.” con CIF B31736622.

–Denominación Genérica: Centro Privado Autorizado de Enseñanzas Deportivas.

–Denominación Específica: “Escuela de Equitación Añézcar”.

–Domicilio: carretera Larragueta s/n, CP 31195.

–Localidad: Añézcar.

–Municipio: Berrioplano.

–Enseñanzas autorizadas: ciclos formativos inicial y final de las Enseñanzas Deportivas de grado medio en las especialidades de “Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo” y de “Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre”.

–Composición máxima autorizada: 2 unidades, una para el ciclo inicial (común) y otra para el ciclo final (dos especialidades), con una capacidad máxima de 15 alumnos en cada uno de los dos ciclos, en turno de mañana y tarde.

3.º El centro se adscribe a efectos administrativos al Centro Integrado “Agroforestal” de Pamplona.

4.º Recordar que el titular del centro deberá solicitar la modificación de la autorización o nueva autorización administrativa cuando cambien los datos registrales del centro, establecidos en apartado 2.º de la presente Resolución, o cuando se modifiquen sus instalaciones, tal como establece el artículo 34 del Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre.

5.º Advertir que la autorización del centro se extinguirá en los supuestos establecidos en el artículo 35 del citado Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre.

6.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la presente Resolución puede interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

8.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional y al Servicio de Infraestructuras Educativas; a la Sección de Financiación de Centros, Ayudas al Estudio y Servicios Complementarios, a la Sección de Ordenación Académica, al C.I. Agroforestal de Pamplona y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

Pamplona, 10 de marzo de 2021.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.

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