BOLETÍN Nº 67 - 25 de marzo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LUMBIER

Aprobación definitiva de la relación de titulares, bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa conforme al Plan Especial de Actuación Urbana parcelas 132 a 138 (calle del Horno 25 a 39) y parcela 139 (Plaza de la Alfarería) polígono 6. UC 1

El Pleno del Ayuntamiento de Lumbier, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de marzo de 2021, adoptó el acuerdo del tenor literal siguiente:

Visto que por el Pleno del Ayuntamiento de Lumbier, en sesión ordinaria celebrada el 2 de diciembre de 2020 (Boletín Oficial de Navarra número 298, de 24 de diciembre de 2020), se aprobó definitivamente el Plan Especial de Actuación Urbana para la reordenación de la manzana de la calle El Horno, posibilitando una actuación de rehabilitación urbana encaminada a la renovación del entorno edificado de la zona, generando y mejorando espacios públicos y ampliando la oferta de nuevas viviendas y plazas de aparcamiento, sin que se hayan presentado recursos contra su aprobación definitiva y habiéndose tramitado cumpliendo todos los requisitos legales.

Visto que la aprobación definitiva del Proyecto Técnico lleva implícita la declaración de la utilidad pública de las obras en él contempladas, y por lo tanto, lleva consigo la autorización para expropiar los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras, al amparo de lo dispuesto en el artículo 81 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Visto que por el Pleno del Ayuntamiento de Lumbier, en sesión ordinaria celebrada el 2 de diciembre de 2020, aprobó iniciar expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos afectados necesarios para la ejecución del PEAU citado en párrafo anterior, considerando implícita la declaración de utilidad pública de las obras en él contempladas a los efectos de su expropiación, de conformidad con el artículo 94 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (R.D.L. 781/1986, de 18 de abril,) y artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, aprobando la relación concreta, individualizada y valorada de los bienes a ocupar necesariamente para la ejecución de las obras.

Dicho Acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 291, de 17 de diciembre de 2020, en los dos diarios de mayor circulación en la Provincia (Diario de Navarra y Diario de Noticias el 17 de diciembre de 2020), en el tablón municipal y sede electrónica durante el plazo de quince días, desde el 18 de diciembre de 2020 hasta el 12 de enero de 2021 y notificado personalmente a todos los interesados, mediante la publicación de anuncio en el Boletín Oficial del Estado con fecha 17 de diciembre de 2020 y 19 de enero de 2021, sin que se hayan presentado alegaciones.

Vistos los trámites obrantes en este Expediente administrativo, así como lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley de Expropiación Forzosa y 184 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás disposiciones de general aplicación, expuesta la propuesta de acuerdo así como los motivos y consecuencias de la misma, Se Acuerda por unanimidad de los Corporativos presentes, lo que representa el quórum legalmente exigible:

Primero.–Aprobar definitivamente el expediente de expropiación forzosa tramitado para la ocupación de los bienes y derechos afectados necesarios para la ejecución del Plan Especial de Actuación Urbana (PEAU) en el ámbito de las parcelas 132 a 138 (calle del Horno 25 a 39) y parcela 139 (Plaza de la Alfarería) polígono 6. UC 1 de Lumbier, promovido por el Ayuntamiento, considerando implícita la declaración de utilidad pública de las obras en él contempladas.

Segundo.–Aprobar definitivamente la siguiente relación concreta, individualizada y valorada de los bienes a ocupar necesariamente para la ejecución del Plan Especial de Actuación Urbana en el ámbito de las parcelas 132 a 138 (calle del Horno 25 a 39) y parcela 139 (Plaza de la Alfarería) polígono 6. UC 1 de Lumbier:

Finca 1.–Parcela 133 del polígono 6, calle el Horno número 37 de Lumbier. Superficie 54,07 m² ocupada por un edificio de PB + 2 alturas, con una superficie de 162 m². Naturaleza de la finca: vivienda y almacén agrícola. DNI propietario según catastro: XX792XX5W.

Finca 2.–Parcela 134 del polígono 6, calle el Horno número 35 de Lumbier. Superficie 39,53 m² ocupada por un edificio de PB + 1 altura, con una superficie de 78 m². Naturaleza de la finca: vivienda. Propietario según catastro: Herederos de Félix Urrizburu.

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Tercero.–Declarar la necesidad de ocupación de los terrenos incluidos en la relación de bienes y derechos anterior.

Cuatro.–Establecer como gasto estimado para la adquisición de los bienes y derechos afectados la cantidad de 50.900,00 euros con cargo a la partida 1 1500 60000001 “Compra parcelas polígono 6”, del presupuesto de gastos para 2021.

Quinto.–Solicitar del Gobierno de Navarra la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación habida cuenta de la necesidad de la realización de las obras urbanísticas en el entorno de la calle del Horno y la plaza de la Alfarería.

Sexto.–Dar traslado de lo actuado al Ministerio Fiscal, con quien se entenderán las actuaciones posteriores, con respecto a la finca número 2 afectada por el expediente de expropiación, cuyos titulares no han comparecido en el expediente.

Séptimo.–Facultar a la Alcaldesa del Ayuntamiento de Lumbier, o en quien ella delegue, para que, actuando, en nombre y representación del mismo, suscriba las actas previas de ocupación, las de mutuo acuerdo, las de pago y las de ocupación y de cualquier otro documento que se precise para llevar a término la expropiación.

Octavo.–Notificar personalmente el presente Acuerdo a los titulares de bienes y derechos afectados incluidos en la relación aprobada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 LPACAP (Ley 39/2015).

Noveno.–Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado y en dos diarios de mayor circulación en Navarra, así como en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lumbier, a los efectos legales de notificación de otras personas posibles interesadas desconocidas.

Señalar que contra este acuerdo puede interponerse alguno de los siguientes recursos:

a) El Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto y no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el recurso, o se haya producido su desestimación presunta.

b) El Recurso de alzada potestativo ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de acto o acuerdo si fuese expreso, o a la fecha en que se entienda denegada por silencio administrativo la correspondiente petición.

c) El Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de este acto, o al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta, por haber transcurrido un mes sin notificar la resolución del recurso.

Lumbier, 5 de marzo de 2021.–La alcaldesa, Rocío Monclús Manjón.

Código del anuncio: L2103965