BOLETÍN Nº 67 - 25 de marzo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CAPARROSO

Aprobación definitiva de la ordenación e imposición de contribuciones especiales para las obras del Proyecto de urbanización del vial de conexión de la calle Ronda Caparroso con las unidades de ejecución UEI-1.1 y UEI-1.2 del Plan General

El Pleno del Ayuntamiento de Caparroso, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2020, acordó la ordenación e imposición de contribuciones especiales para la realización de las obras del Proyecto de urbanización del vial de conexión de la calle Ronda Caparroso (Travesía de la carretera NA-5501) con las unidades de ejecución UEI-1.1 y UEI-1.2 del Plan General de Caparroso.

Sometido dicho acuerdo a exposición pública durante treinta días hábiles mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios de este ayuntamiento, en el Boletín Oficial de Navarra número 286, de 11 de diciembre de 2020, y notificación individual a los afectados, se han presentado alegaciones.

En sesión celebrada el día 5 de marzo de 2021, el Pleno del Ayuntamiento de Caparroso ha adoptado, por mayoría absoluta, el acuerdo de resolución de alegaciones y aprobación definitiva de la ordenación e imposición de estas contribuciones especiales, cuya parte dispositiva se reproduce a continuación, en base a cual se acuerda:

“Primero.–Resolver las alegaciones presentadas en el expediente de imposición y ordenación de las contribuciones especiales referidas anteriormente en el siguiente sentido:

–Desestimar la alegación presentada por doña Gloria Perales Moreno, por las razones expresadas en el informe de Secretaría, que se han reproducido en la parte expositiva del presente acuerdo, como fundamento del mismo y que se trasladará a la alegante.

–Desestimar la alegación presentada por don Alberto Perales Moreno, por las razones expresadas en el informe de Secretaría y aportaciones del Ingeniero redactor, que se han reproducido en la parte expositiva del presente acuerdo, como fundamento del mismo y que se trasladará al alegante.

–Desestimar la alegación presentada por don Fermín Arana Monente, por las razones expresadas en el informe de Secretaría, que se han reproducido en la parte expositiva del presente acuerdo, como fundamento del mismo y que se trasladará al alegante. Se le entregará también copia de la normativa urbanística particular de la unidad de ejecución UE-R5.

–Considerar ya resuelta la instancia/alegación presentada por don Jesús M.ª Aguirre Aguado, por las razones expresadas en el informe de Secretaría, que se han reproducido en la parte expositiva del presente acuerdo, como fundamento del mismo y que se trasladará al alegante.

–Considerar ya resuelta la instancia/alegación presentada por doña Piedad Marín Lasterra, por las razones expresadas en el informe de secretaría, que se han reproducido en la parte expositiva del presente acuerdo, como fundamento del mismo y que se trasladará a la alegante.

Segundo.–Aprobar definitivamente el acuerdo tomado en sesión de fecha 26 de noviembre de 2020 y en consecuencia, aprobar la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de esta obra, con las bases de reparto y cuotas que se detallan a continuación:

Bases y cuotas:

a) El coste total de las obras asciende a la cantidad de 118.897,57 euros. Por tanto, el coste máximo a financiar mediante contribuciones especiales, es de 107.007,81 euros, correspondiente al 90% del coste soportado por el Ayuntamiento.

b) Fijar provisionalmente la cantidad a repartir entre los beneficiarios en la suma de 12.894,50 euros equivalente al 10,85% del coste de la obra soportado por el Ayuntamiento de Caparroso.

c) La cantidad a que se refiere la base anterior será objeto de rectificación y ajuste una vez finalizadas las obras de referencia y conocido su coste real y efectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley Foral de Haciendas Locales, que establece que “El coste total presupuestado de las obras o servicios tendrá carácter de mera previsión. Si el coste real fuese mayor o menor que el previsto, se tomará aquél a efectos del cálculo de las cuotas correspondientes”.

d) Aplicar como módulo de reparto los metros lineales de fachada de los inmuebles a razón de 85,00 euros/metros lineal.

e) En lo no específicamente previsto en las presentes bases será de aplicación lo dispuesto en la Ordenanza reguladora de la exacción de las contribuciones especiales.

Tercero.–Aprobar a los efectos de lo establecido en el punto anterior, la relación definitiva de contribuyentes, así como las cuotas individuales resultantes de aplicar al coste de la obra repercutible, el módulo aplicable, según consta en el Anexo I. El pago se efectuará en diez cuotas semestrales iguales junto con el rolde de contribuciones.

Cuarto.–Trasladar el presente acuerdo a los alegantes.

Quinto.–Notificar de forma individualizada a los beneficiarios de la obra las cuotas individuales que resultan de la contribución aprobada, así como el presente acuerdo.

Sexto.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.”

Lo que se hace público advirtiendo que contra el mismo cabe interponer:

a) Recurso potestativo de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento de Caparroso en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, o,

b) Interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo orden, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en virtud del artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

c) Y con carácter potestativo, recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día al de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Caparroso, 5 de marzo de 2021.–El alcalde, Carlos Alcuaz Monente.

Código del anuncio: L2103869