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BOLETÍN Nº 60 - 16 de marzo de 2021
1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 11/2021, de 24 de febrero, del Director General de Formación Profesional, por la que se convocan y se establece el calendario de las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional, de artes plásticas y diseño y a ciclos de enseñanzas deportivas en el año 2021 en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción otorgada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé en su artículo 41 como una de las condiciones de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior de formación profesional el haber superado una prueba de acceso; en el artículo 52 se establece que podrán acceder a los ciclos de grado medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño quienes, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso; y finalmente, en el artículo 64, prevé que puedan acceder a los grados medio y superior de las enseñanzas deportivas aquellas personas que, careciendo de los títulos o certificados exigidos para el acceso, superen una prueba de acceso.
En desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, y el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, regulan el acceso a los ciclos de grado medio y superior, y determinan que será posible acceder a los mismos tras la superación de una prueba de acceso que será convocada por las Administraciones educativas.
Mediante la presente resolución se convocan en el año 2021 las pruebas de acceso a ciclos formativos de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, a ciclos formativos de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y a ciclos de enseñanzas deportivas y se establece el calendario del proceso, según las bases que se incorporan como anexos a la misma.
La Directora del Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional presenta informe favorable para que se dicte una resolución que apruebe la convocatoria de las pruebas de acceso del año 2021 correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y a las enseñanzas deportivas de régimen especial y establezca el calendario del proceso.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos que todas las personas participantes en alguna parte del proceso faciliten en los diversos formularios empleados en el mismo, serán tratados por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para su uso estadístico y para la gestión de los documentos de reconocimiento que pudieran resultar de este procedimiento.
Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos dirigiéndose al Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, número 8, de Pamplona. Aquellas personas que lo hagan constar de forma expresa, podrán oponerse al tratamiento de sus datos cuando existan motivos fundados y legítimos.
En virtud de las facultades atribuidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Aprobar la convocatoria y establecer el calendario de las pruebas de acceso a ciclos de grado medio y grado superior del año 2021, correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, así como a las enseñanzas deportivas de régimen especial, según las bases que se incorporan como anexos a la presente resolución.
2.º Ordenar la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Trasladar la presente resolución y sus anexos al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, al Servicio de Cualificaciones Profesionales, Empresa y Empleo, al Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional; asimismo al Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas, al Servicio de Desarrollo de Competencias Profesionales, y al Servicio de Activación Laboral y Coordinación Territorial, todos ellos del Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare; a la Sección de Ordenación Académica, a la Sección de Inclusión, a la Sección de Enseñanzas Artísticas, a la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa; al Negociado de Escolarización, al Negociado de Orientación y al Negociado de Gestión de la Información Escolar, a los efectos oportunos.
Pamplona, 24 de febrero de 2021.–El director general de Formación Profesional, Tomás Rodríguez Garraza.
ANEXO 1
CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS-2021
Requisitos de inscripción.
1. Para inscribirse en la prueba de acceso a ciclos de grado medio se deberán cumplir el requisito de tener como mínimo diecisiete años o cumplirlos en el año de realización de la prueba.
2. Para inscribirse en la prueba de acceso a ciclos de grado superior para el acceso a formación profesional y a artes plásticas y diseño se deberá cumplir el requisito de tener como mínimo diecinueve años o cumplirlos en el año de realización de la prueba.
3. Para inscribirse en la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas se deberá cumplir uno de los siguientes requisitos:
–Tener 19 años o cumplirlos en el año de realización de la prueba y estar en posesión del título de técnico deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, o
–Tener 18 años o cumplirlos en el año de realización de la prueba, estar además en posesión del título de técnico deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva y de un título de técnico de la familia profesional de actividades físicas y deportivas.
4. Los requisitos necesarios para la inscripción en la prueba de acceso a ciclos se acreditarán, con carácter general, en el momento de la inscripción.
5. El Departamento de Educación, en el ámbito de sus competencias, contrastados los datos disponibles, podrá excluir de la realización de la prueba o invalidar los resultados de la misma, en cualquier momento, a aquellas personas aspirantes que incumplan los requisitos de inscripción establecidos.
Fecha y lugar de realización de las pruebas.
6. Las pruebas de acceso a ciclos se realizarán:
–Prueba de acceso a ciclos de grado medio: 20 de mayo de 2021.
–Pruebas de acceso a ciclos de grado superior: 21 de mayo de 2021.
–Prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas: 21 de mayo de 2021.
7. El lugar de realización de las pruebas será:
–C.I.P. Virgen del Camino, sito en la calle Imárcoain 1, 31015 Pamplona. Para las pruebas de acceso a ciclos de grado medio, ciclos de grado superior (modalidades de ‘Ciencias e ingeniería’, ‘Ciencias sociales’ y ‘Ciencias de la salud’), ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas.
–Escuela de Arte y Superior de Diseño de Pamplona, sita en la calle Amaya 27, 31004 Pamplona. Para las pruebas de acceso a ciclos de grado superior, modalidades ‘Humanidades’ y ‘Artes’.
8. El horario de realización de las pruebas y las instrucciones de desarrollo de las mismas, atendiendo a las medidas que disponga en esa fecha la autoridad sanitaria, será determinado por el Tribunal Coordinador de las Pruebas y se publicará en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:
Inscripción.
9. El plazo de inscripción a las pruebas de acceso a ciclos será del 17 al 26 de marzo de 2021 (hasta las 14:00).
10. La inscripción a las Pruebas de Acceso se dirigirá o entregará en cualquiera de los centros públicos y concertados de Navarra donde se imparten ciclos de grado medio y superior de formación profesional y de artes plásticas y diseño. Estos centros aparecen detallados en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
11. La inscripción a las Pruebas de Acceso se podrá realizar mediante:
a) Registro telemático a través de ‘Educa Portal’.
b) De manera presencial, en la secretaría del centro.
En ambos casos, la inscripción será dirigida a cualquiera de los centros referidos en el apartado anterior.
Los centros en los que el alumnado se encuentre matriculado en el curso 2020-2021 deberán prestar la ayuda y colaboración que precisen sus alumnas y alumnos para que puedan realizar el registro telemático de su inscripción a la convocatoria de Pruebas de Acceso del año 2021.
12. Cada aspirante deberá cumplimentar una única solicitud de inscripción, que se ajustará a los modelos que figuren en la mencionada Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
13. Los centros donde se realice la inscripción entregarán a la persona solicitante una fotocopia sellada y con fecha de entrada de la solicitud de inscripción. Quienes presenten la solicitud a través del registro telemático de ‘Educa Portal’ podrán descargarse un justificante de la inscripción realizada.
14. Tal y como establece el artículo 21.5 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, en un mismo curso escolar no se podrá concurrir a las pruebas de acceso en más de una comunidad autónoma.
Adaptaciones para la realización de la prueba.
15. Podrán solicitar adaptaciones para la realización de la prueba de acceso:
–Las personas que acrediten discapacidad. En la solicitud de inscripción se deberá indicar el tipo de adaptación que se considera necesaria para la realización de la prueba.
–Las personas que acrediten necesidades específicas de apoyo educativo debido a dificultades específicas de aprendizaje y trastornos por déficit de atención e hiperactividad, y por necesidades educativas especiales. Las adaptaciones se realizarán conforme a lo establecido en la normativa vigente.
16. La documentación que acredita la condición de discapacidad es una de las siguientes: Resolución o certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente; Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social o del Ministerio de Defensa; Tarjeta emitida por la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas del Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra, en la que se reconozca el grado de discapacidad, junto con un documento identificativo válido.
17. La condición de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se acredita mediante el ‘Documento de acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo’, firmado por la orientadora o el orientador del último centro en el que haya estado matriculado y haya cursado sus estudios de enseñanzas obligatorias o postobligatorias, conforme al modelo que figura en el anexo 2 de la presente resolución.
Exenciones de ámbitos o partes de la prueba.
18. Se podrán solicitar exenciones a ámbitos o partes de la prueba en las situaciones establecidas en el anexo 3 de la presente resolución.
Documentación.
19. A la solicitud de inscripción en las pruebas de acceso a ciclos de grado medio y de ciclos de grado superior, las y los aspirantes deberán acompañar la siguiente documentación:
a) Documentación obligatoria:
–Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte.
–Resguardo de haber ingresado en la Cuenta de Recaudación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad estipulada en concepto de tasa de inscripción a las pruebas de acceso.
–Si se está exento de manera total o parcial del abono de la tasa de inscripción a las pruebas de acceso, fotocopia de la documentación acreditativa correspondiente de la bonificación o exención de la tasa: fotocopia del título de familia numerosa, fotocopia del certificado o resolución expedida por Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o por la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, fotocopia del certificado de víctima del terrorismo, o fotocopia del reconocimiento de víctima de violencia de género.
b) Documentación para las adaptaciones:
–Fotocopia de la documentación acreditativa de la discapacidad.
–Documento de acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo, con indicación de la adaptación que se precisa.
c) Documentación para las exenciones:
–En caso de solicitar exención de algún ámbito de la prueba de acceso a ciclos de grado medio, o de alguna parte de la prueba de acceso a ciclos de grado superior, se acompañará de la documentación acreditativa conforme a lo señalado en el anexo 3 de la presente resolución.
20. A la solicitud de inscripción en la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas, las personas aspirantes deberán acompañar, además de la documentación referida en la base anterior, la siguiente documentación:
–Fotocopia del título de técnico deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva.
–Fotocopia de la certificación académica del ciclo de grado medio de enseñanzas deportivas en la que conste la nota media final del ciclo.
–En el caso de las y los aspirantes de 18 años, deberán presentar, además: fotocopia del título de técnico de la familia profesional de actividades físicas y deportivas o certificado emitido por el centro donde esté matriculado de estar cursando segundo de un ciclo formativo de grado medio de dicha familia profesional. En el caso de las y los aspirantes de 18 años matriculados en centros de Navarra, no será necesario presentar esta documentación.
Tasas de inscripción.
21. Las tasas de inscripción a las pruebas, conforme a lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, considerando los beneficios fiscales establecidos en el artículo 99 bis de la mencionada Ley Foral, son las siguientes:
–Inscripción a las pruebas de acceso: 18 euros.
–Miembros de familia numerosa general y personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100: 9 euros.
–Miembros de familia numerosa especial, víctimas de actos terroristas (así como sus cónyuges e hijos), víctimas de actos de violencia de género (así como sus hijos), personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 65 por 100, y personas desempleadas que acrediten esta situación durante un plazo de al menos un mes anterior a la inscripción en las pruebas de acceso (mediante la presentación de la cartilla expedida por el organismo competente): gratuita.
22. Para el abono de la tasa de inscripción a las pruebas, se deberá cumplimentar el impreso de la carta de pago que corresponda a través de internet, a la que se accede desde la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
23. El impago del importe de la cuota de la tasa dentro del plazo establecido en la inscripción o su pago incompleto será motivo de exclusión, así como, si se detectase falsedad o inexistencia de la documentación necesaria para tener derecho a la exención total o bonificación de la tasa.
Listado provisional y definitivo de personas inscritas en las pruebas de acceso.
24. Las listas provisionales se publicarán el 9 de abril de 2021, en la web del Departamento de Educación y en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
En dichas listas se indicará la resolución de las exenciones, las calificaciones de los ámbitos o partes de la prueba que corresponda y las solicitudes de adaptaciones de la prueba de las y los aspirantes.
25. Prueba de acceso a ciclos de grado medio: se podrán interponer reclamaciones del 9 al 13 de abril de 2021 (hasta las 14:00 horas) en:
a) El centro donde se ha realizado la inscripción, dirigidas a la Secretaría del mismo, para las reclamaciones que tengan relación con:
Superación de módulos 4 de la educación secundaria para las personas adultas | Centro de inscripción |
Superación de las pruebas de evaluación correspondientes a competencias clave de nivel 2. | Centro de inscripción |
Superación de un Taller Profesional en cursos anteriores al 2020-2021 | Centro de inscripción |
Superación de un ciclo de FP Básica sin haber obtenido el título de Graduado en ESO (en el caso de acceso a ciclos de grado medio de Artes plásticas y diseño o a ciclos de Enseñanzas deportivas) | Centro de inscripción |
Acreditación de una experiencia laboral equivalente, al menos, a 1 año de jornada completa | Centro de inscripción |
Acreditación de un certificado de profesionalidad de, al menos, nivel 1 | Centro de inscripción |
Superación de los módulos obligatorios de un PCPI | Centro de inscripción |
Superación de un ciclo de FP Básica sin haber obtenido el título de Graduado en ESO (en el caso de acceso a ciclos de grado medio de Artes plásticas y diseño o a ciclos de Enseñanzas deportivas) | Centro de inscripción |
Superación de un Programa de Iniciación Profesional, modalidad Taller Profesional o Iniciación Profesional | Centro de inscripción |
Adaptaciones de la Prueba de acceso por necesidad específica de apoyo educativo | Centro de inscripción |
b) El registro del Departamento de Educación (sito en la calle Santo Domingo s/n, 31001 Pamplona), dirigidas al presidente del Tribunal Coordinador de las Pruebas de acceso, para las reclamaciones que tengan relación con:
Superación de áreas o ámbitos en alguna de las convocatorias celebradas en la Comunidad Foral de Navarra a partir del año 2008 inclusive | Tribunal Coordinador |
Superación de un ciclo de FP Básica en el curso 2020-2021 sin obtener el título de graduado en ESO (en el caso de acceso a ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño o a ciclos de enseñanzas deportivas) | Tribunal Coordinador |
Superación de un Taller Profesional el curso 2020-2021 | Tribunal Coordinador |
Adaptaciones de la Prueba de acceso por discapacidad | Tribunal Coordinador |
El formulario de reclamación se ajustará al modelo que aparece en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
26. Prueba de acceso a ciclos de grado superior: se podrán interponer reclamaciones del 9 al 13 de abril de 2021 (hasta las 14:00 horas) en:
a) El centro donde se ha realizado la inscripción, dirigidas a la Secretaría del mismo, para las reclamaciones que tengan relación con:
Acreditación de la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 971/2007 o en el Decreto Foral 9/2012 (para la exención de la parte específica de las modalidades ‘Ciencias de la Salud’, ‘Ciencias Sociales’ y ‘Humanidades’). | Centros de inscripción |
Acreditación de un título de Técnico Deportivo (para la exención de la parte específica de las modalidades ‘Ciencias de la Salud’, ‘Ciencias Sociales’ y ‘Humanidades’). | Centros de inscripción |
Acreditación de un título de Técnico auxiliar, perteneciente a alguna de las Ramas que se indican para cada modalidad de prueba en el anexo 4. | Centros de inscripción |
Acreditación de un certificado de profesionalidad de nivel 2 o superior, perteneciente a alguna de las familias profesionales que se indican para cada modalidad de prueba en el anexo 5. | Centros de inscripción |
Adaptaciones de la Prueba de acceso por necesidad específica de apoyo educativo | Centro de inscripción |
b) El registro del Departamento de Educación (sito en la calle Santo Domingo s/n, 31001 Pamplona), dirigidas al presidente del Tribunal Coordinador de las Pruebas de acceso, para las reclamaciones que tengan relación con:
Superación de partes de la prueba en alguna de las convocatorias celebradas en la Comunidad Foral de Navarra a partir del año 2008 inclusive | Tribunal Coordinador |
Superación de la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores en Navarra | Tribunal Coordinador |
Acreditación de una experiencia laboral equivalente a, al menos, dos años de jornada completa, perteneciente a alguna de las familias profesionales que se indican para cada modalidad de prueba en el anexo 5. | Tribunal Coordinador |
Haber superado la parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior, en cualquiera de las modalidades de prueba, en alguna de las convocatorias celebradas en Navarra a partir del año 2008 inclusive (para la exención de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas). | Tribunal Coordinador |
Adaptaciones de la Prueba de acceso por discapacidad | Tribunal Coordinador |
El formulario de reclamación se ajustará al modelo que aparece en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
27. Las reclamaciones no contempladas en las bases anteriores serán resueltas por el Tribunal Coordinador de las pruebas de acceso.
28. Las listas definitivas se publicarán el 16 de abril de 2021 en la web del Departamento de Educación y en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
En dichas listas se indicará la resolución de las exenciones, las calificaciones de los ámbitos o partes de la prueba por superación en convocatorias anteriores en Navarra, y las solicitudes de adaptaciones de la prueba de las y los aspirantes.
Tribunal Coordinador de las pruebas de acceso y Tribunales evaluadores.
29. Se constituirá un Tribunal Coordinador, nombrado mediante resolución del Director General de Formación Profesional, a propuesta de la Directora del Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional, que estará formado por una presidenta/e, una secretaria/o y cuatro vocales.
30. Se constituirán Tribunales evaluadores de la prueba de acceso a grado medio, que estarán formados por una presidenta/e y, al menos, una o un vocal para cada uno de los ámbitos de la prueba.
31. Se constituirán los siguientes Tribunales evaluadores de la prueba de acceso a grado superior: uno para la modalidad de prueba de ‘Ciencias e ingeniería’, uno para la modalidad de ‘Ciencias de la salud’, uno para las modalidades de ‘Ciencias sociales’ y ‘Humanidades’ y uno para la modalidad de ‘Artes’. Cada uno de ellos estará formado por una presidenta/e y, al menos, por una o un vocal por cada una de las materias.
32. La constitución, funciones y actuaciones de los Tribunales referidos se realizará mediante resolución de instrucciones del Director General de Formación Profesional.
Prueba de acceso a ciclos de grado medio. Estructura y contenido.
33. La finalidad de esta prueba es facilitar a las personas que no reúnan el requisito y/o condición académica correspondiente exigido para el acceso a los ciclos formativos de grado medio que puedan continuar su formación, incorporándose a los ciclos para cursar con aprovechamiento los mismos.
34. La prueba de acceso a ciclos de grado medio será una prueba común centrada en las competencias básicas de la educación secundaria obligatoria y que acredite que el alumnado posee los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.
35. La Prueba de acceso a ciclos de grado medio es única y se estructura en los siguientes ámbitos y ejercicios:
ÁMBITO | COMPETENCIA | EJERCICIOS |
Comunicación | Comunicación lingüística | 1 ejercicio de Lengua castellana o Lengua vasca |
Social | Social y cívica | 1 ejercicio de Ciencias sociales, Geografía e Historia |
Científico-tecnológico | Matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología | 1 ejercicio de Matemáticas |
1 ejercicio de 5 cuestiones de Ciencias de la Naturaleza y 5 cuestiones de Tecnología |
Los contenidos de los ejercicios de cada uno de los tres ámbitos tendrán como referencia curricular la establecida en la correspondiente resolución del Director General de Formación Profesional.
36. La prueba podrá ser realizada en castellano o en euskera, opción que deberá señalarse en el momento de la inscripción. El ejercicio de Lengua Castellana y el ejercicio de Lengua Vasca se deberán responder, respectivamente, en castellano y en euskera, con independencia de la lengua elegida para realizar la prueba.
Prueba de acceso a ciclos de grado superior. Estructura y contenido.
37. La finalidad de esta prueba es facilitar a las personas que no reúnan el requisito y/o condición académica correspondiente exigido para el acceso a los ciclos formativos de grado superior que puedan continuar su formación, incorporándose a los ciclos para cursar con aprovechamiento los mismos.
38. La prueba de acceso a ciclos de grado superior deberá acreditar, por una parte, la madurez de la persona aspirante en relación con los objetivos del bachillerato y, por otra, sus capacidades referentes al campo profesional de que se trate. Esta prueba se compone de dos partes:
a) Parte común: valora la madurez e idoneidad de las personas candidatas para seguir con éxito los ciclos superiores.
b) Parte específica: valora las capacidades de base referentes al campo profesional de que se trate.
39. Existen cinco modalidades de Prueba de acceso a ciclos de grado superior, ‘Ciencias e ingeniería’, ‘Ciencias de la salud’, ‘Ciencias sociales’, ‘Humanidades’ y ‘Artes’, que se estructuran en las siguientes partes, materias y ejercicios:
–Modalidad de Ciencias e Ingeniería:
PARTES DE LA PRUEBA | MATERIAS | ||
Común | Conocimientos instrumentales | Lengua castellana o Lengua vasca | 1 ejercicio |
Elegir entre: (*) –Historia de España –Lengua extranjera: inglés o francés | 1 ejercicio | ||
Matemáticas | 1 ejercicio | ||
Específica (**) | Conocimientos del campo profesional | Física y Química | 1 ejercicio |
Dibujo técnico | 1 ejercicio | ||
Tecnología industrial | 1 ejercicio |
(*) En el formulario de inscripción se debe elegir entre Historia de España o Lengua extranjera (inglés o francés).
(**) En el formulario de inscripción se deberán elegir dos de las tres materias de esta parte específica.
–Modalidad de Ciencias Sociales:
PARTES DE LA PRUEBA | MATERIAS | ||
Común | Conocimientos instrumentales | Lengua castellana o Lengua vasca | 1 ejercicio |
Elegir entre: (*) –Historia de España –Lengua extranjera: inglés o francés | 1 ejercicio | ||
Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales | 1 ejercicio | ||
Específica (**) | Conocimientos del campo profesional | Economía de la empresa | 1 ejercicio |
Tecnologías Información y Comunicación | 1 ejercicio | ||
Geografía | 1 ejercicio |
(*) En el formulario de inscripción se debe elegir entre Historia de España o Lengua extranjera (inglés o francés).
(**) En el formulario de inscripción se deberán elegir dos de las tres materias de esta parte específica.
–Modalidad de Humanidades:
PARTES DE LA PRUEBA | MATERIAS | ||
Común | Conocimientos instrumentales | Lengua castellana o Lengua vasca | 1 ejercicio |
Historia de España | 1 ejercicio | ||
Lengua extranjera: inglés o francés | 1 ejercicio | ||
Específica (*) | Conocimientos del campo profesional | Psicología | 1 ejercicio |
Tecnologías Información y Comunicación | 1 ejercicio | ||
Geografía | 1 ejercicio |
(*) En el formulario de inscripción se deberán elegir dos de las tres materias de esta parte específica.
–Modalidad de Ciencias de la Salud:
PARTES DE LA PRUEBA | MATERIAS | ||
Común | Conocimientos instrumentales | Lengua castellana o Lengua vasca | 1 ejercicio |
Elegir entre: (*) –Historia de España –Lengua extranjera: inglés o francés | 1 ejercicio | ||
Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales | 1 ejercicio | ||
Específica (**) | Conocimientos del campo profesional | Biología | 1 ejercicio |
Química y Física | 1 ejercicio | ||
Ciencias de la tierra y medioambientales | 1 ejercicio |
(*) En el formulario de inscripción se debe elegir entre Historia de España o Lengua extranjera (inglés o francés).
(**) En el formulario de inscripción se deberán elegir dos de las tres materias de esta parte específica.
–Modalidad de Artes:
PARTES DE LA PRUEBA | MATERIAS | ||
Común | Conocimientos instrumentales | Lengua castellana o Lengua vasca | 1 ejercicio |
Historia del arte | 1 ejercicio | ||
Lengua extranjera: inglés o francés | 1 ejercicio | ||
Específica (*) | Conocimientos del campo profesional | Dibujo artístico | 1 ejercicio |
Volumen | 1 ejercicio | ||
Dibujo técnico | 1 ejercicio |
(*) En el formulario de inscripción se deberán elegir dos de las tres materias de esta parte específica.
Los contenidos de los ejercicios de cada una de las materias tendrán como referencia curricular la establecida en la correspondiente resolución del Director General de Formación Profesional.
40. La prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas de régimen especial está constituida por la parte común de cualquiera de las modalidades de prueba de acceso a ciclos de grado superior.
41. La prueba podrá ser realizada en castellano o en euskera, opción que deberá señalarse en el momento de la inscripción. El ejercicio de Lengua Castellana y el ejercicio de Lengua Vasca se deberán responder, respectivamente, en castellano y en euskera, con independencia de la lengua elegida para realizar la prueba.
Calificación de la prueba de acceso.
42. Prueba de acceso a ciclos de grado medio:
a) Cada uno de los tres ámbitos se calificará entre 0 y 10.
–La nota del ámbito de comunicación será la obtenida en el ejercicio de Lengua.
–La nota del ámbito social será la obtenida en el ejercicio de Ciencias Sociales, Geografía e Historia.
–La nota del ámbito científico-tecnológico será la media aritmética del ejercicio de Matemáticas y del ejercicio de Ciencias de la Naturaleza y Tecnología.
b) La calificación final de la prueba de acceso a ciclos de grado medio de formación profesional y de artes plásticas y diseño se expresará de 0 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de los tres ámbitos, siempre que éstas sean superiores o iguales a cuatro. Se considerará que la prueba ha sido superada cuando se obtenga una calificación final de 5 o más puntos.
c) La calificación final de la prueba de acceso a ciclos de grado medio para acceder a enseñanzas deportivas se expresará de 1 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de los tres ámbitos, siempre que éstas sean superiores o iguales a cuatro. Se considerará que la prueba ha sido superada cuando se obtenga una calificación final de 5 o más puntos.
d) Cuando existan exenciones de algún ámbito de la prueba, en el cálculo de la calificación final se tendrán en cuenta sólo las calificaciones de los ámbitos no exentos; excepto cuando la exención sea debida a la superación de un área o ámbito en convocatorias anteriores en Navarra, en cuyo caso, la calificación del área o ámbito correspondiente será tenida en cuenta para el cálculo de la calificación final de la prueba.
e) Cuando la exención sea debida a la superación de un Taller Profesional o a la superación de un ciclo de FP Básica sin haber obtenido el título de graduado en ESO o a la superación de los módulos obligatorios de un PCPI sin haber obtenido el título de graduado en ESO, la calificación final de la prueba de acceso será la nota media final obtenida en el Taller Profesional, en el ciclo de FP Básica, o en los módulos obligatorios del PCPI, respectivamente. Se considerará que la prueba ha sido superada cuando se obtenga una calificación final de 5 o más puntos.
43. Prueba de acceso a ciclos de grado superior:
a) Cada una de las dos partes de la prueba se calificará entre 0 y 10.
–Parte común: cada materia se calificará entre 0 y 10, siendo la nota final de esta parte la media aritmética de la nota obtenida en los ejercicios que deban realizarse en la modalidad de prueba elegida.
–Parte específica: el ejercicio de cada materia se calificará entre 0 y 10, siendo la nota final de esta parte la media aritmética de las notas obtenidas en los dos ejercicios realizados.
b) La calificación final de la prueba de acceso a ciclos de grado superior se expresará de 0 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de las dos partes, siempre que éstas sean superiores o iguales a cuatro. Se considerará que la prueba ha sido superada cuando se obtenga una calificación final de 5 o más puntos.
c) Cuando existan exenciones de alguna de las partes de la prueba, en el cálculo de la calificación final se tendrán en cuenta sólo la calificación de la parte no exenta. Cuando la exención sea debida a la superación de una de las partes en convocatorias anteriores en Navarra, la calificación de la parte correspondiente será tenida en cuenta para el cálculo de la calificación final de la prueba.
44. Prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas: la calificación final de la prueba se expresará de 1 a 10, con dos decimales. Se obtendrá realizando la media aritmética de la calificación de la prueba de acceso y la calificación final de las enseñanzas de Técnico Deportivo, siempre que ambas sean superiores o iguales a cuatro. Será positiva la calificación final de cinco puntos o superior.
Resultados de las pruebas y reclamaciones.
45. Los resultados se publicarán en la web del Departamento de Educación y en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, en las fechas que se indican a continuación:
Resultados provisionales | 24 de mayo de 2021 |
Reclamaciones | Del 24 al 26 de mayo de 2021. |
Resultados definitivos | 31 de mayo de 2021. |
28 de junio de 2021 Para el alumnado que está cursando en 2020-2021 un Taller Profesional o 2.º de FP Básica, 2.º de grado medio. |
46. Las reclamaciones se presentarán, mediante escrito dirigido al presidente del Tribunal Coordinador. El formulario de reclamación se ajustará al modelo que aparece en la Ficha de Trámites “Pruebas de acceso a ciclos de FP, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas” del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra.
Terminado el plazo de presentación de reclamaciones, los Tribunales Evaluadores correspondientes se reunirán para su examen y resolución.
47. La exposición de las actas definitivas de resultados constituye el procedimiento de comunicación de la resolución adoptada por los Tribunales Evaluadores y el Tribunal Coordinador de las pruebas respecto a las reclamaciones presentadas. Se publicará asimismo un anexo al acta en el que se señalará, de manera razonada, si se han tenido en cuenta las reclamaciones habidas.
Certificado de superación de la prueba de acceso y acreditaciones parciales.
48. Quien supere la prueba de acceso a ciclos tendrá derecho a que se le expida el correspondiente Certificado en el que se hará constar, junto con la indicación de Apto o Apta, la calificación obtenida, expresada de forma numérica con precisión de dos decimales. En los certificados de la prueba de acceso a ciclos de grado superior se indicarán, además, las familias profesionales a las que da acceso, de manera preferente, en Navarra.
49. Los certificados de superación de la prueba de acceso podrán ser retirados por las personas interesadas, en el centro en el que se realizó la inscripción a la prueba, en las siguientes fechas, según corresponda:
Certificados de superación de la prueba (recoger en el centro de inscripción) | A partir del 2 de junio de 2021 |
A partir del 29 de junio de 2021 Para el alumnado que está cursando en 2020-21 un Taller Profesional o 2.º de un ciclo de FP Básica. |
50. Los certificados de superación de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas podrán ser retirados por las personas interesadas, en el Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional del Departamento de Educación. Los certificados estarán disponibles en las siguientes fechas, según corresponda:
Certificados de superación de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas (recoger en Departamento de Educación, Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional) | A partir del 2 de junio de 2021 |
A partir del 29 de junio de 2021 Para el alumnado que está cursando en 2020-21 un ciclo de grado medio de enseñanzas deportivas y/o un ciclo de grado medio de la familia de actividades físicas y deportivas (y cumple 18 años en 2021 en este último caso. |
51. Quien supere algún ámbito o parte de la prueba de acceso, tendrá derecho a que se le expida un documento de acreditación parcial, en el que se hará constar el ámbito o parte superada, con indicación de la calificación, expresada de forma numérica de 5 a 10 con expresión de dos decimales. Esta acreditación parcial tendrá efecto en las convocatorias siguientes en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
Los documentos acreditativos de la superación de ámbitos o partes de la prueba se podrán retirar, a partir del 13 de octubre de 2021 en el Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo, de Pamplona-Iruña.
Efectos del Certificado de superación de la Prueba de acceso a ciclos.
52. La superación de la prueba de acceso a ciclos tiene validez en todo el territorio nacional.
53. La superación de la prueba de acceso a ciclos de grado medio permite el acceso a:
–Todos los ciclos formativos de grado medio de formación profesional.
–Todos los ciclos formativos de grado medio de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, para cuyo acceso será necesario, además, superar la prueba de aptitud artística.
–Todos los ciclos de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial, para cuyo acceso será necesario, además, reunir los requisitos de acceso de carácter específico.
54. La superación de la prueba de acceso a ciclos de grado superior permite el acceso a:
–Todos los ciclos a los que se accede con la prueba de acceso de grado medio.
–Todos los ciclos formativos de grado superior de formación profesional.
–Todos los ciclos de grado superior de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, desde cualquier modalidad de prueba. Será necesario, además, superar la prueba de aptitud artística, excepto si se accede a ellos tras superar la modalidad de artes de la prueba de acceso a ciclos de grado superior.
Según la modalidad de prueba superada, existirá una preferencia en el acceso en el proceso de admisión en Navarra a los ciclos de grado superior pertenecientes a las familias profesionales que se determinan en el anexo 6 de la presente resolución. Esta preferencia se aplicará a las pruebas superadas en Navarra a partir de 2008, inclusive.
En el caso de pruebas superadas en Navarra en convocatorias anteriores a 2008, el acceso a los ciclos formativos de grado superior estará determinado por lo señalado en el certificado de superación de la prueba correspondiente.
55. La superación de la prueba de acceso a ciclos de grado superior de enseñanzas deportivas permite el acceso a:
–Todos los ciclos de grado superior de las enseñanzas deportivas de régimen especial, para cuyo acceso será necesario, además, poseer el título de técnico deportivo en la modalidad correspondiente y reunir los requisitos de acceso deportivos de carácter específico.
–Todos los ciclos de grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial, para cuyo acceso será necesario, además, reunir los requisitos de acceso deportivos de carácter específico.
56. La superación de la parte común de la prueba de acceso a ciclos de grado superior posibilitará la exención de la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores conforme a lo que se determine en la resolución que convoque la celebración de dichas pruebas de madurez.
57. La normativa reguladora del proceso de admisión del alumnado para cursar ciclos formativos en Navarra, establece un grupo de acceso específico en el que concurren quienes acceden mediante una prueba de acceso, de la que es objeto la presente convocatoria.
Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
58. Las personas que tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, están exentas de realizar la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior, por lo que no deberán inscribirse a las mismas.
La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años permite el acceso a todos los ciclos a los que se accede con la prueba de acceso de grado medio y de grado superior.
59. En el acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional, según la opción de prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años superada, existirá una preferencia en el acceso a dichos ciclos conforme a lo establecido en el anexo 7 de esta resolución.
En el acceso a los ciclos de grado superior de artes plásticas y diseño, será necesario, además, superar la prueba de aptitud artística, excepto si se accede a ellos tras superar la opción de artes y humanidades de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Equivalencias a efectos profesionales de las pruebas de acceso y acceso a certificados de profesionalidad.
60. Tal y como se establece en el artículo 3.1. de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, la superación de las pruebas de acceso a ciclos de grado medio y a ciclos de grado superior es equivalente a efectos profesionales al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que se cumpla, además, uno de los siguientes requisitos:
a) Haber superado todas las materias de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
b) Haber cursado el ciclo formativo de grado medio y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la mitad de la duración total del ciclo formativo.
c) Haber cursado el ciclo de grado superior y haber superado un número de módulos profesiones cuya duración constituya al menos la tercera parte de la duración total del ciclo formativo.
d) Haber superado, al menos, 10 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores o, en su caso, lo dispuesto en la Disposición Adicional 5.ª de la Orden EDU/1603/2009, modificada por la Orden EDU/520/2011.
e) Acreditar estudios extranjeros que impliquen una escolaridad equivalente a la requerida en el sistema educativo español para incorporarse al tercer curso de la ESO.
f) Haber superado todos los ámbitos del nivel I de la Educación secundaria para personas adultas.
61. Tal y como se establece en el artículo 3.2. de la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, modificada por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, la superación de la prueba de acceso a ciclos de grado superior es equivalente a efectos profesionales con el título de Bachiller siempre que se acredite, además, estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
62. Las equivalencias a efectos profesionales mencionadas en las dos bases anteriores ofrecen la posibilidad de incorporarse a puestos de trabajo a personas adultas que no disponen de los títulos académicos requeridos. Se establecen únicamente en relación con los requisitos que se exigen en las convocatorias a puestos de trabajo públicos o privados.
63. Tal y como se establece en el artículo 20.2 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, la superación de la prueba de acceso a ciclos de grado medio permite el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2.
Asimismo, la superación de la prueba de acceso a ciclos de grado superior permite el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 3.
ANEXO 2
ANEXO 3
Exenciones en las pruebas de acceso a ciclos (PDF).
ANEXO 4
Ramas de los títulos de Técnica/o Auxiliar - exención de la parte específica de la prueba
RAMAS DE TÍTULOS DE TÉCNICA/O AUXILIAR | MODALIDAD DE PRUEBA DE LA QUE PUEDEN |
Rama Administrativa y Comercial | Ciencias sociales |
Rama Agraria | Ciencias e ingeniería |
Ciencias de la salud | |
Rama Artes gráficas | Ciencias e ingeniería |
Humanidades | |
Artes | |
Rama Automoción | Ciencias e ingeniería |
Rama Construcción y Obras | Ciencias e ingeniería |
Rama Electricidad y electrónica | Ciencias e ingeniería |
Rama Hostelería y Turismo | Ciencias de la salud |
Ciencias sociales | |
Humanidades | |
Artes | |
Rama Imagen y sonido | Ciencias e ingeniería |
Artes | |
Rama Madera | Ciencias e ingeniería |
Rama Marítimo pesqueras | Ciencias e ingeniería |
Rama Metal | Ciencias e ingeniería |
Rama Minera | Ciencias e ingeniería |
Rama Moda y confección | Ciencias e ingeniería |
Artes | |
Rama Peluquería y Estética | Ciencias de la salud |
Ciencias sociales | |
Rama Piel | Ciencias e ingeniería |
Artes | |
Rama Química | Ciencias e ingeniería |
Ciencias de la salud | |
Rama Sanitaria | Ciencias de la salud |
Ciencias sociales | |
Rama Textil | Ciencias e ingeniería |
Artes | |
Rama Vidrio y cerámica | Ciencias e ingeniería |
Artes | |
Artes aplicadas y oficios artísticos | Artes |
ANEXO 5 Familias profesionales con las que debe estar relacionada la experiencia laboral acreditable o el certificado de profesionalidad, |
Si la experiencia laboral o el Certificado de Profesionalidad de nivel 2, pertenece a alguna de las familias profesionales que se señalan a continuación, se podrá solicitar la exención de la parte específica de la modalidad de prueba correspondiente | Modalidad de prueba de la que podrás solicitar la exención de la parte específica por tener experiencia laboral acreditable equivalente a 2 años de jornada completa o Certificado de Profesionalidad de nivel 2, relacionados con las familias señaladas | |
Agraria Artes gráficas Edificación y obra civil Electricidad y electrónica Energía y agua Fabricación mecánica Imagen y sonido Industrias alimentarias Industrias extractivas Informática y comunicaciones | Instalación y mantenimiento Madera, mueble y corcho Marítimo pesqueras Química Seguridad y medioambiente Textil, confección y piel Transporte y mantenimiento de vehículos Vidrio y cerámica | Se podrá solicitar la exención de la parte específica de la modalidad de CIENCIAS E INGENIERÍA |
Actividades físicas y deportivas Agraria Hostelería y turismo Imagen personal Química Sanidad | “Instalación y mantenimiento”, solo en el ámbito de Prevención de riesgos laborales Seguridad y medioambiente Servicios socioculturales y a la comunidad | Se podrá solicitar la exención de la parte específica de la modalidad de CIENCIAS DE LA SALUD |
Actividades físicas y deportivas Administración y gestión Comercio y marketing “Instalación y mantenimiento”, pero solo en el ámbito de prevención de riesgos laborales | Hostelería y turismo Imagen personal Informática y comunicaciones Sanidad Seguridad y medioambiente Servicios socioculturales y a la comunidad | Se podrá solicitar la exención de la parte específica de la modalidad de CIENCIAS SOCIALES |
Actividades físicas y deportivas “Instalación y mantenimiento”, pero solo en el ámbito de prevención de riesgos laborales | Artes gráficas Hostelería y turismo Servicios socioculturales y a la comunidad | Se podrá solicitar la exención de la parte específica de la modalidad de HUMANIDADES |
Familias profesionales de artes plásticas y diseño Artes gráficas Hostelería y turismo | Imagen y sonido Textil, confección y piel Vidrio y cerámica | Se podrá solicitar la exención de la parte específica de la modalidad ARTES |
ANEXO 6 Familias profesionales a las que da acceso preferente cada modalidad de prueba de acceso a ciclos de grado superior |
MODALIDAD DE PRUEBA | FAMILIAS PROFESIONALES A LAS QUE DA ACCESO PREFERENTE | |
Ciencias e ingeniería | Agraria Artes gráficas Edificación y obra civil Electricidad y electrónica Energía y agua Fabricación mecánica Imagen y sonido Industrias alimentarias Industrias extractivas | Informática y comunicaciones Instalación y mantenimiento Madera, mueble y corcho Marítimo pesqueras Química Seguridad y medioambiente Textil, confección y piel Transporte y mantenimiento de vehículos Vidrio y cerámica |
Ciencias de la salud | Actividades físicas y deportivas Agraria Hostelería y turismo Imagen personal | Química Sanidad Seguridad y medioambiente Servicios socioculturales y a la comunidad |
Ciclo formativo de grado superior “Prevención de riesgos profesionales” de la familia profesional de instalación y mantenimiento | ||
Ciencias sociales | Actividades físicas y deportivas Administración y gestión Comercio y marketing Hostelería y turismo Imagen personal | Informática y comunicaciones Sanidad Seguridad y medioambiente Servicios socioculturales y a la comunidad |
Ciclo Formativo de grado superior “Prevención de riesgos profesionales” de la familia profesional de instalación y mantenimiento | ||
Humanidades | Actividades físicas y deportivas Artes gráficas | Hostelería y turismo Servicios socioculturales y a la comunidad |
Ciclo Formativo de grado superior “Prevención de riesgos profesionales” de la familia profesional de instalación y mantenimiento | ||
Artes | Familias profesionales de artes plásticas y diseño Artes gráficas Hostelería y turismo | Imagen y sonido Textil, confección y piel Vidrio y cerámica |
ANEXO 7 Familias profesionales a las que da acceso preferente cada opción de prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años |
OPCIÓN DE PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE 25 AÑOS | FAMILIAS PROFESIONALES A LAS QUE DA ACCESO PREFERENTE |
Opción A (artes y humanidades) | Artes gráficas Hostelería y turismo Imagen y sonido Textil, confección y piel Vidrio y cerámica Familias profesionales de artes plásticas y diseño |
Opción B (ciencias) | Agraria Electricidad y electrónica Energía y agua Imagen personal Industrias alimentarias Informática y comunicaciones Instalación y mantenimiento Marítimo pesqueras Química Sanidad |
Opción C (ciencias de la salud) | Actividades físicas y deportivas Agraria Imagen personal Química Sanidad Seguridad y medioambiente Servicios socioculturales y a la comunidad |
Opción D (ciencias sociales y jurídicas) | Actividades físicas y deportivas Administración y gestión Comercio y marketing Hostelería y turismo Informática y comunicaciones Servicios socioculturales y a la comunidad |
Opción E (ingeniería y arquitectura) | Artes gráficas Edificación y obra civil Electricidad y electrónica Energía y agua Fabricación mecánica Imagen y sonido Industrias alimentarias Industrias extractivas Informática y comunicaciones Instalación y mantenimiento Madera, mueble y corcho Transporte y mantenimiento de vehículos |
ANEXO 8 Calendario de la convocatoria de pruebas de acceso a ciclos de 2021 en Navarra |
PROCESO | FECHA INICIO | FECHA FIN |
INSCRIPCIÓN | ||
Plazo ordinario de inscripción (presentación de solicitudes de inscripción y documentación requerida) | 17 de marzo | 26 de marzo (hasta las 14 h) |
Publicación de listado provisional de personas admitidas | 9 de abril | |
Presentación de reclamaciones al listado provisional de personas admitidas a) Reclamaciones relacionadas con: –La admisión o no admisión a la Prueba de Acceso –Las solicitudes de exención de ámbitos o partes de la Prueba de Acceso –Las solicitudes de adaptación de la Prueba de Acceso | 9 de abril | 13 de abril (hasta las 14 h) |
Publicación del listado definitivo de personas admitidas –Resolución de exenciones –Resolución de adaptaciones –Distribución de alumnado por centro –Relación de material necesario para la realización de la prueba | 16 de abril | |
PRUEBA DE ACCESO A CICLOS DE GRADO MEDIO | ||
Fechas de celebración de las pruebas | 20 de mayo | |
-–Ámbito de Comunicación y Ámbito Social (día y hora a la que deben acudir las y los aspirantes) | 20 de mayo | |
–Ámbito Científico Tecnológico (día y hora a la que deben acudir las y los aspirantes) | 20 de mayo | |
Resultados provisionales de la Prueba de Acceso de grado medio | 24 de mayo | |
Reclamaciones | 24 de mayo | 26 de mayo (a las 14 h) |
Resultados definitivos de la Prueba de Acceso de grado medio | 31 de mayo | |
Resultados definitivos de la Prueba de Acceso de grado medio, para el alumnado que está cursando en el 20-21 un Taller Profesional, o 2.º de FP Básica. | 28 de junio | |
Recogida de los Certificados de superación de la Prueba de Acceso de grado medio (en el centro de inscripción) | A partir del 2 de junio | |
Recogida de los Certificados de superación de la Prueba de Acceso de grado medio (en el centro de inscripción), para el alumnado que está cursando en el 20-21 un Taller Profesional o 2.º de FP Básica. | A partir del 29 de junio | |
Recogida de certificados de superación de ámbitos de la Prueba de Acceso de grado medio (en el Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional del Departamento de Educación) | A partir del 13 de octubre de 2021 | |
PRUEBA DE ACCESO A CICLOS DE GRADO SUPERIOR | ||
Fechas de celebración de las pruebas | 21 de mayo | |
Resultados provisionales de la Prueba de Acceso de grado superior | 24 de mayo | |
Reclamaciones | 24 de mayo | 26 de mayo (hasta las 14 h) |
Resultados definitivos de la Prueba de Acceso de grado superior | 31 de mayo | |
Resultados definitivos de la Prueba de Acceso de grado superior para el alumnado que está cursando en 2020-2021, un ciclo de grado medio de enseñanzas deportivas y/o un ciclo de grado medio de la familia de actividades físicas y deportivas (y cumple 18 años en 2021 en este último caso | 28 de junio | |
Recogida de los Certificados de superación de la Prueba de Acceso de grado superior (en el centro de inscripción) | A partir del 2 de junio | |
Recogida de los Certificados de superación de la Prueba de Acceso de grado superior (en el centro de inscripción), para el alumnado que está cursando en 2020-2021, un ciclo de grado medio de enseñanzas deportivas y/o un ciclo de grado medio de la familia de actividades físicas y deportivas (y cumple 18 años en 2021 en este último caso) | A partir del 29 de junio | |
Recogida de certificados de superación de ámbitos de la Prueba de Acceso de grado superior (en el Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional del Departamento de Educación) | A partir del 13 de octubre de 2021 |
Código del anuncio: F2103091
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