BOLETÍN Nº 6 - 12 de enero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Aprobación definitiva de modificaciones
en las ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas

El Pleno del Ayuntamiento de Tudela, en sesión ordinaria celebrada con fecha 28 de septiembre de 2020, aprobó inicialmente modificaciones en las ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas con el fin de su entrada en vigor el 1 de enero de 2021.

En cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.b) Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dicho acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 256, de 3 de noviembre de 2020, y en el tablón de anuncios de este ayuntamiento, sometiéndose el expediente al trámite de exposición pública durante el plazo de 30 días.

Transcurrido el periodo de exposición pública legalmente establecido sin que se hayan producido alegaciones, reparos u observaciones y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 325.1.c) de la Ley Foral citada se procede a la publicación de las modificaciones definitivamente aprobadas, como se establecen en los siguientes anexos.

Lo que se hace público en cumplimiento del precepto citado advirtiéndose que contra las presentes modificaciones –al tratarse de una disposición administrativa de carácter general– no cabe conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso en vía administrativa pudiendo ser, en consecuencia, esta aprobación definitiva impugnada por alguna de las siguientes vías:

a) Mediante la interposición directa de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, ex artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncia en el Boletín Oficial de Navarra.

b) Mediante interposición, ante el Tribunal Administrativo de Navarra de recurso de alzada, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Tudela, 22 de diciembre de 2020.–la Concejala Delegada de Hacienda, Irene Royo Ortín.

ANEXO

ORDENANZA NÚMERO 5.–ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA
Y DE TERRENOS COMUNALES

Añadir en el artículo 11.2 como supuestos de no sujeción los contemplados como gratuitos en la tarifa 18.ª, introduciendo en el citado artículo 11.2 un apartado e) con el siguiente texto:

“El rodaje de productos audiovisuales con finalidad exclusivamente benéfica o de interés municipal para la difusión, promoción y desarrollo de las actividades y del entorno del municipio, siempre que tal circunstancia venga informada por el servicio municipal competente. Así como el rodaje de cortometrajes realizados por el alumnado de escuelas y academias de cine, con finalidad exclusivamente formativa”.

Eliminar de la tarifa 18.ª los dos supuestos contemplados como gratuitos, quedando con el literal siguiente: “18.ª Rodaje cinematográfico (día). 100,00 euros.”

Añadir en el artículo 11.3 el siguiente texto: “en el supuesto contemplado en el artículo 11.2 e) se estará a lo dispuesto en el artículo 17 referente a rodajes”.

ORDENANZA NÚMERO 15.–ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN
DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS

Se añaden las siguientes tarifas:

–Dentro del apartado “1.ª Entrada diaria”, se añadirá “Entrada temporada de piscina”, creándose nuevas tarifas para las siguientes entradas por turno, que serán de aplicación siempre y cuando existan restricciones sanitarias por Covid-19:

Turno de mañana:

  • De 5 a 13 años: 2,90 euros.
  • De 14 a 64 años: 5,50 euros.
  • De 65 años en adelante: 2,90 euros.

Turno de tarde:

  • De 5 a 13 años: 2,50 euros.
  • De 14 a 64 años: 4,90 euros.
  • De 65 años en adelante: 2,50 euros.

–Creación de nuevas tarifas denominadas “Abonos temporada de piscinas (Ciudad de Tudela y Ribotas)”, que serán de aplicación siempre y cuando existan restricciones sanitarias por Covid-19:

Individual de 5 a 13 años: 32,50 euros.

Individual de 14 en adelante: 55,50 euros.

Abono familiar titular: 100,00 euros.

Abono familiar cónyuge: 0,00 euros.

Abono familiar (hijo-a menor de 14 años): 0,00 euros.

Abono familiar (plus 1.º hijo-a de 14 en adelante): 23,40 euros.

Abono familiar (plus a partir del 2.º hijo-a): 23,40 euros.

Abono adulto e hijo menor de 14 años: 61,60 euros.

Abono adulto e hijo-a de 14 en adelante: 7,80 euros.

Abono adulto e hijo-a (plus a partir del 2.º hijo-a): 21,10 euros.

ORDENANZA NÚMERO 16.–ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN
DEL SERVICIO DE MEDICINA DEPORTIVA MUNICIPAL

Se añade la tarifa denominada “Test rápidos para detección del SARS-Cov-2 previos a reconocimientos tipo B o C”, quedando el cuadro de tarifas como sigue:

Reconocimiento individual

–Modelo A 1

15,40 euros

–Modelo A 2

16,40 euros

–Modelo A 3

20,50 euros

–Modelo B

49,20 euros

–Modelo C

72,00 euros

Reconocimiento a clubes y entidades deportivas

–Modelo A 1

10,30 euros

–Modelo A 2

11,30 euros

–Modelo A 3

15,40 euros

–Modelo B

30,84 euros

–Modelo C

61,50 euros

(*) Test rápidos para detección del sars-cov-2 previos a reconocimientos tipo b o c

12,00 euros

–Esta tarifa se devengará mientras la situación sanitaria lo requiera.

ORDENANZA NÚMERO 24.–ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS SERVICIOS DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y EL CONSERVATORIO MUNICIPAL “FERNANDO REMACHA”

–Modificar las tarifas de las tasas de la Escuela de Música, introduciendo los nuevos instrumentos minoritarios reconocidos por Gobierno de Navarra quedando como sigue: (se indica con negrita y cursiva la modificación mencionada).

1.º Tasas de la Escuela de Música “Fernando Remacha” por curso: Enseñanzas musicales no regladas establecidas en el artículo 45 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación”:

Educación Infantil

121,51 euros/curso

Preparatorio

204,82 euros/curso

Preparatorio instrumentos minoritarios: contrabajo, fagot, trompa, tuba, bombardino, viola, violín y violonchelo

102,79 euros/curso

Curso 1.º, 2.º, 3.º y 4.º

564,30 euros/curso

Preparación a enseñanzas profesionales 3.º y 4.º

611,47 euros/curso

Agrupación instrumental (orquesta...)

29,36 euros/curso

Asignaturas teórico-prácticas

102,79 euros/curso

Clase instrumental colectiva

206,58 euros/curso

Práctica instrumental individual

413,35 euros/curso

Agrupación vocal (coro...)

29,36 euros/curso

Curso Pop-Rock

332,50 euros/curso

ORDENANZA NÚMERO 32.–ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EJECUCIONES SUSTITUTORIAS
Y ÓRDENES DE EJECUCIÓN

Se modifica el porcentaje del artículo 7 quedando en 18,08%.

ORDENANZA NÚMERO 37.–ORDENANZA FISCAL
REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS SERVICIOS
QUE SE PRESTEN EN LA TORRE MONREAL

Completar enunciado del artículo 4: No están sujetos a la tasa regulada en esta ordenanza por el hecho imponible e) Visita a la “Cámara Oscura” de la Torre Monreal e incluir entre los que se enumeran a los socios de la Asociación de Amigos de la Catedral de Tudela, así como modificar en el mismo artículo la redacción actual “personas con minusvalía” por nueva redacción “personas con discapacidad”, quedando redactado dicho artículo con el literal siguiente:

Artículo 4. No están sujetos a la tasa regulada por el hecho imponible que se cita en el apartado e) Visita a la “Cámara Oscura” de la Torre Monreal, de esta ordenanza:

–Menores de 16 años.

–Jóvenes que presenten el carné joven.

–Todas las personas titulares de la Tarjeta “Sefarad Card”.

–Mayores de 65 años o jubilados, previa presentación de documento acreditativo.

–Personas con discapacidad igual o superior al 33%, previa presentación de documento acreditativo.

–Socios de la Asociación de Amigos de la Catedral de Tudela.

ORDENANZA NÚMERO 45.–ORDENANZA FISCAL REGULADORA
DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES
DE LA LUDOTECA MUNICIPAL “LA COMETA”

Modificación del apartado quinto del artículo 5, respecto al devengo de las tasas:

5. En el caso del bono de diez usos diarios, el pago se exigirá en el momento de su adquisición. Este bono dará derecho a veinte horas de utilización del servicio municipal de Ludoteca, bien en diez usos de dos horas o en veinte usos de una hora de duración. El bono de diez usos diarios tendrá una caducidad de dos temporadas, sin que haya derecho a devolución en caso de renuncia.

Modificación del apartado cuarto del artículo 6, respecto a las bonificaciones:

4. La bonificación a que se refiere el punto 1 del presente artículo no es acumulable a las referidas en los puntos 2 y 3. La entrada diaria, está exenta de cualquier bonificación.

Modificación del artículo 7, respecto a la documentación requerida para su presentación:

–Se elimina la exigencia de una fotografía tipo carné.

Modificar tarifa por concepto “bono de diez accesos” en lugar de 21,30 euros establecerla en 22 euros.

Modificación del Anexo 2, que quedaría como sigue:

ANEXO 2

Carné de socio/a de la Ludoteca Municipal “La Cometa” (PDF).

Código del anuncio: L2015999