BOLETÍN Nº 47 - 1 de marzo de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SARTAGUDA

Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2021

Considerando lo dispuesto en el Decreto Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por la que se aprueba el texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y el artículo 34.6 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que establece que la empresa debe elaborar el calendario laboral anualmente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que establece para los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra una jornada laboral que, en cómputo anual, queda determinada en 1.592 horas efectivas de trabajo.

Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 84.1 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y vista la negociación previa de la propuesta de calendario laboral 2020 con el Delegado de Personal.

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el año 2021 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Sartaguda, tal como se detalla a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: día de Reyes.

–19 de marzo: San José.

–1 de abril: Jueves Santo.

–2 de abril: Viernes Santo.

–5 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: fiesta del trabajo.

–4 de agosto: fiesta patronal de Nuestra Señora del Rosario.

–12 de octubre: Virgen del Pilar.

–1 de noviembre: Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: la Constitución.

–8 diciembre: la Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: fiesta de Navidad.

Segundo.–Con objeto de regular el calendario se cuentan además como no laborables los siguientes días para el personal que trabaja en las oficinas municipales:

–5 y 6 de agosto. El día 3 de agosto las oficinas cerraran a las 12:00 horas.

–11 de octubre.

–24 de diciembre.

–31 de diciembre.

–El personal de brigada de Servicios Múltiples trabajará los días 5 y 6 de agosto a jornada completa.

–El personal encargado de la limpieza del Ayuntamiento, Casa de Cultura y consultorio los días 4, 5 y 6 de agosto realizará una jornada de 3 horas para realización de los servicios mínimos de limpieza.

Tercero.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo se establece en 1.592 horas efectivas de trabajo de conformidad con la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre y el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre que se realizará de la siguiente forma:

Cuarto.–La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes a jornada completa tendrá con carácter general una duración de 7 horas y 30 minutos.

Quinto.–La atención al público en las oficinas será de 10:00 a 14:00 horas.

Sexto.–Los trabajadores que realicen horas extraordinarias deberán, previa autorización de alcaldía, hacerlas constar en un parte semanal con objeto de ser compensadas económicamente o en tiempo de descanso.

Séptimo.–Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2020, los sábados, los domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente resolución.

Octavo.–Por necesidades de los diferentes servicios de esta Administración y para un correcto funcionamiento de los mismos, el disfrute de vacaciones anuales se realizará de manera que se garantice la presencia de al menos un trabajador en cada servicio.

Noveno.–El personal que tenga una jornada diaria de trabajo continuada de más de seis horas de duración podrá disfrutar durante la misma de una pausa de treinta minutos como máximo y, con carácter general, podrá realizarse entre las 10:00 y las 11:00 horas y no será necesario utilizar por el personal el sistema de control de asistencia.

Décimo.–Trasladar la presente resolución al Delegado de Personal, proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el portal de transparencia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sartaguda, y dar cuenta de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que éste celebre.

Contra la presente resolución cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Sartaguda, 10 de febrero de 2021.–El alcalde, Ignacio Eguizabal Martínez.

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