BOLETÍN Nº 41 - 23 de febrero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERBINZANA

Tipos impositivos para 2021

El Pleno del Ayuntamiento de Berbinzana, en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2020, de conformidad con lo establecido por la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, con el quorum reglamentario, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.–Aprobar los tipos impositivos y tasas para el ejercicio 2021 de la siguiente manera:

CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL URBANA

Tipo de gravamen: 0,405%.

Coeficientes reductores por en caso de aprobación de Ponencia de Valoración:

PLAZO DE CONCURRENCIA DE BASE REDUCIDA Y VALORES

COEFICIENTE C1 A APLICAR DURANTE EL PRIMER AÑO DE VIGENCIA DE LA PONENCIA

COEFICIENTE C2 A APLICAR DURANTE EL SEGUNDO AÑO DE VIGENCIA DE LA PONENCIA

COEFICIENTE C3 A APLICAR DURANTE EL TERCER AÑO DE VIGENCIA DE LA PONENCIA

1 año

0,00

0,00

0,00

2 años

0,50

0,00

0,00

3 años

0,67

0,33

0,00

4 años

0,75

0,50

0,25

Reducción de 90% contribución a las familias numerosas monoparentales.

CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL RÚSTICA

Tipo de gravamen: 0,8%.

IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.)

Tipo de gravamen:

–General: 3,75%.

–Limpieza de tejado y pintura de fachadas: exento.

–Implantación de nuevas empresas jóvenes emprendedoras: 3%.

–Expedientes de rehabilitación de viviendas: 3%.

–Instalaciones fotovoltaicas: 2,75% (reducción de un punto porcentual) a solicitud del promotor.

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (I.A.E.)

–1,4% sobre cuotas mínimas.

–Exención del IAE a aquellos sujetos que facturen menos de 1 millón de euros como apoyo a autónomos y pymes.

IMPUESTO DE CIRCULACIÓN

a) Turismos:

–De menos de 8 caballos fiscales: 20,88 euros.

–De 8 hasta 12 caballos fiscales: 58,72 euros.

–De más de 12 hasta 16 caballos fiscales: 125,25 euros.

–De más de 16 caballos fiscales: 156,63 euros.

b) Autobuses:

–De menos de 21 plazas: 146,12 euros.

–De 21 a 50 plazas: 208,79 euros.

–De más de 50 plazas: 260,99 euros.

c) Camiones:

–De menos de 1.000 kg de carga útil: 73,15 euros.

–De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 146,12 euros.

–De más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil: 208,79 euros.

–De más de 9.999 kg de carga útil: 260,99 euros.

d) Tractores:

–De menos de 16 caballos fiscales: 35,87 euros.

–De 16 a 25 caballos fiscales: 71,72 euros.

–De más de 25 caballos fiscales: 143,27 euros.

e) Remolques y semirremolques:

–De menos de 1.000 kg de carga útil: 36,61 euros.

–De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 73,15 euros.

–De más de 2.999 kg de carga útil: 146,12 euros.

f) Otros vehículos:

–Ciclomotores: 5,22 euros.

–Motocicletas hasta 125 cc: 5,26 euros.

–Motocicletas de más de 125 cc hasta 250 cc: 7,90 euros.

–Motocicletas de más de 250 cc hasta 500 cc: 25,80 euros.

–Motocicletas de más de 500 cc hasta 1.000 cc: 51,64 euros.

–Motocicletas de más de 1.000 cc: 103,27 euros.

IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS

En el cómputo del número de años transcurridos se tomarán años completos, sin tener en cuenta las fracciones de año. En el caso de que el periodo de generación sea inferior a un año, se prorrateará el coeficiente anual teniendo en cuenta únicamente el número de meses completos, sin tener en cuenta las fracciones de mes.

El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo.

Periodo de generación:

–0,50: igual o superior a 20 años

–0,52: 19 años.

–0,14: 18 años

–0,13: 17 años.

–0,06: 16 años

–0,06: 15 años.

–0,06: 14 años

–0,06: 13 años.

–0,06: 12 años

–0,06: 11 años.

–0,06: 9 años.

–0,06: 10 años.

–0,06: 9 años.

–0,06: 8 años.

–0,13: 7 años.

–0,30: 6 años.

–0,36: 5 años.

–0,28: 4 años.

–0,20: 3 años.

–0,11: 2 años.

–0,06: 1 año.

–0,06: Inferior a 1 año.

Tipo de gravamen: 8%.

Segundo.–El presente acuerdo entrará en vigor el día 1 de enero de 2021.

Tercero.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra dicho acuerdo se podrá interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra;

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra; o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Berbinzana, 25 de enero de 2021.–El alcalde, Ángel Díez Asenjo.

Código del anuncio: L2102207