BOLETÍN Nº 36 - 16 de febrero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BAZTAN

Extracto de ayudas para los proyectos o trabajos de fin de carrera que tengan Baztan como tema de investigación

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/546939). Identificación BDNS (Identificación): 546939.

Primera.–Objeto de la subvención.

El Ayuntamiento de Baztan propone la concesión de una subvención para proyectos o trabajos de fin de carrera que tengan Baztan como objeto de investigación. Se aceptan también trabajos de fin de Master.

Segunda.–Importe.

A la presente convocatoria se destinará como máximo una cantidad de 2.000 euros con cargo a la partida “1-3269-48000.02. Subvención Proyectos Fin de Estudios Baztan” del presupuesto del año 2021 (prorrogado del ejercicio 2020). Al acabarse la partida destinada a la subvención, no se subvencionarán más proyectos. Para ello, la comisión de valoración propondrá subvencionar los 4 proyectos que obtengan la puntuación más alta entre los presentados.

A cada proyecto o trabajo seleccionado le corresponderá una subvención de 500,00 euros.

Tercera.–Requisitos de las personas solicitantes.

Estar empadronado/a en el municipio de Baztan, o estar coyunturalmente empadronado/a en otro municipio pero justificar que el motivo de ello es el estar cursando estudios fuera, siempre que el anterior empadronamiento haya sido en Baztan.

Estar matriculado/a en el curso académico 2020/2021 como último curso.

Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Baztan.

Cuarta.–Publicación.

La presente convocatoria se anunciará en el Boletín Oficial de Navarra, en la web municipal de Baztan, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en los medios de comunicación comarcales.

Quinta.–Plazo y lugar de presentación.

Los y las estudiantes que cumpliendo los requisitos mencionados en los anteriores epígrafes se quieran presentar a la presente convocatoria, como viene recogido en el Anexo I, deberán presentar su solicitud en el Registro del Ayuntamiento de Baztan, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Sexta.–Documentación a presentar junto a la solicitud.

Junto a la solicitud, los y las estudiantes presentarán la memoria del proyecto o trabajo, que será como máximo de cuatro páginas. En la misma se pueden especificar los objetivos, la metodología, las fuentes, la bibliografía básica. La memoria deberá contar con el visto bueno del tutor o tutora del proyecto o trabajo de fin de carrera.

Fotocopia del DNI.

Certificado de empadronamiento o declaración jurada en la que se haga constar que coyunturalmente está empadronada fuera de Baztan, porque cursa estudios fuera de Navarra.

La cuenta bancaria en la que desea recibir la ayuda económica, así como el documento del banco donde se acredite que dicha cuenta está a nombre de la persona solicitante.

Los documentos deberán ser originales o copias compulsadas.

Si la documentación presentada no está completa, a la persona interesada se le exigirá la presentación de la documentación complementaria en un plazo de 10 días.

Séptima.–Presentación del trabajo o proyecto.

La persona solicitante deberá realizar el proyecto o trabajo de fin de carrera de acuerdo a la memoria y dispondrá de un año para su presentación a partir de que se le notifique la concesión de la ayuda, y siempre deberá contar con el visto bueno del tutor o tutora. No se admitirá ningún trabajo una vez terminado el plazo.

El trabajo se puede llevar a cabo en cualquier idioma.

Octava.–Órganos de valoración, gestión y de resolución.

Las memorias y propuestas presentadas serán valoradas por la comisión evaluadora formada para este fin. Formarán parte de la comisión la directora de la escuela laboral de Elizondo, el director del instituto de Lekaroz, la técnico de Cederna-Garalur, el alcalde de Baztan y el/la secretario/a municipal. La comisión podrá realizar consultas a personas expertas.

La comisión de evaluación será el órgano que tramite el procedimiento que concierne a la beca, y trasladará una propuesta a la Junta de Gobierno Local, que es el órgano al que corresponde la competencia resolutiva.

De todos modos, la beca se puede declarar desierta si en opinión del jurado ningún proyecto presentado ha logrado una mínima calidad.

Novena.–Criterios de valoración.

La comisión evaluadora elegirá las memorias atendiendo al interés social de los temas, a la capacidad de trabajar retos para el valle, su originalidad, la metodología empleada, la capacidad para resolver los problemas planteados, la lengua, la calidad de la lengua y la capacidad de síntesis.

Décima.–Revocación de la asignación, por incumplimiento de los requisitos.

Si la persona adjudicataria no respeta los plazos establecidos en estas bases, tanto los plazos de presentación del trabajo como los plazos de informar al jurado en torno al estado del mismo, o si no se presenta la documentación requerida, o si el trabajo no ha cumplido las características establecidas en el proyecto, o si el resultado es de una calidad notablemente inferior al trabajo propuesto, la comisión de evaluación podrá solicitar al órgano municipal competente la revocación de la ayuda adjudicada; en tal caso, la persona adjudicataria no recibirá la ayuda inicialmente concedida.

Undécima.–Abono de la ayuda.

El abono de la ayuda se realizará una vez entregada toda la documentación y la documentación requerida en la convocatoria y tras la valoración positiva de la comisión evaluadora.

Decimosegunda.–Publicación del trabajo.

Si el trabajo se publica, se deberán entregar gratuitamente 10 ejemplares al Ayuntamiento.

Las personas participantes en la convocatoria tendrán que aceptar todas las normas en torno a la misma y acatarán las decisiones que pueda adoptar el Ayuntamiento de Baztan; el fallo será inapelable. El incumplimiento de las bases del concurso implicará la eliminación de la persona concursante.

Decimotercera.–Infracciones y sanciones.

En lo que respecta a infracciones y sanciones, regirá lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones.

Decimocuarta.–Protección de datos.

Los datos de los y las solicitantes se tratarán de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Decimoquinta.–Normativa aplicable.

Para todo lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones.

Decimosexta.–Resolución y recursos.

La presente convocatoria tiene naturaleza administrativa, por lo que el Ayuntamiento de Baztan tiene la facultad de interpretarla en primer término y resolver cuantas incidencias se produzcan en su aplicación y resolución. Contra las resoluciones administrativas que se dicten cabrá interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

Recurso de reposición ante el órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo del mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

Baztan, 25 de enero de 2021.–El alcalde, Joseba Otondo Bikondoa.

ANEXO I

Solicitud de participación (PDF).

Código del anuncio: L2101618