BOLETÍN Nº 293 - 30 de diciembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 427E/2021, de 13 de diciembre, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático por la que se acepta el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de piensos compuestos, cuyo titular es Piensos Costa, S. A., ubicada en término municipal de Artajona.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 884/2008, de 30 de abril, del director general de Medio Ambiente y Agua, actualizada por la Resolución 387E/2014, de 22 de agosto, del director general de Medio Ambiente y Agua y, posteriormente, modificada por la Resolución 112E/2017, de 10 de mayo, del director del Servicio de Economía Circular y Agua, la Resolución 179E/2017, de 28 de junio, del director del Servicio de Economía Circular y Agua, y la Resolución 245E/2019, de 13 de agosto, del director del Servicio de Economía Circular y Agua.

Con fecha 31/08/2021, el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental integrada, en concreto:

–La inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada, de nuevos residuos con códigos LER 020110 y 180205*, correspondientes, respectivamente, a los residuos metálicos generados en la fabricación de piensos y a los residuos de productos químicos sanitarios generados en el almacenamiento de productos zoosanitarios;

–La exclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada, de los residuos con códigos LER 180103* y 161002, correspondientes, respectivamente, a residuos de productos químicos sanitarios para humanos (LER sustituido por el 180205*) y a aguas fecales de servicios y aseos.

La necesidad de dar de alta los nuevos residuos citados, y la procedencia de dar de baja los indicados, se ha puesto de manifiesto a raíz de una inspección ambiental de las instalaciones realizada el 06/08/2021 por el Servicio de Economía Circular y Cambio Climático.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra d) del artículo 27 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, y, en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 28 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de treinta días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación de piensos compuestos, cuyo titular es PIENSOS COSTA, S. A., ubicada en término municipal de Artajona, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en los correspondientes expedientes administrativos de autorización ambiental integrada de esta instalación y, además, las condiciones incluidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Quinto.–Trasladar la presente resolución a Piensos Costa, S. A. y al Ayuntamiento de Artajona, a los efectos oportunos.

Pamplona, 13 de diciembre de 2021.–El director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático, Pedro Zuazo Onagoitia.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones

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