BOLETÍN Nº 290 - 28 de diciembre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BERRIOZAR

Calendario laboral y días inhábiles para 2022

Por la presente se pone en general conocimiento el siguiente acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Berriozar el 1 de diciembre de 2021:

De conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, por el que se establece el cómputo anual de la jornada de trabajo para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y vista la Resolución 140/2021, de 9 de abril, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2022 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 111, de 13 de mayo de 2021), la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda:

Primero.–Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en el Ayuntamiento de Berriozar para el año 2022, las siguientes:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.

–14 de abril: Jueves Santo.

–15 de abril: Viernes Santo.

–18 de abril: Lunes de Pascua.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–26 de diciembre: Segunda fiesta de Navidad.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2022, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos por el Ayuntamiento de Berriozar.

Segundo.–La fiesta local del Ayuntamiento de Berriozar, será el día 27 de diciembre. De acuerdo con lo establecido en el Convenio/Acuerdo sobre condiciones de empleo, se dará tratamiento de festivos al día de comienzo de fiestas de Berriozar, el 31 de agosto desde las 14:00 horas y al día posterior, 1 de septiembre.

Tercero.–Establecer el cómputo anual de horas de trabajo en 1.592 horas efectivas de trabajo, de acuerdo con la legalidad vigente, a excepción de aquellos puestos de trabajo que en función de sus características y de acuerdo con la ley, tengan un cómputo anual diferente. Existirá una flexibilidad horaria que es la que viene regulada en el Anexo VII del Acuerdo sobre condiciones de empleo del Personal Funcionario y Contratado Administrativo y en el Convenio sobre condiciones de empleo del Personal Laboral al Servicio del Ayuntamiento de Berriozar para los años 2014-2015, actualmente de aplicación.

Cuarto.–La jornada de trabajo diaria de las oficinas del ayuntamiento de Berriozar será de 7 horas y 30 minutos de lunes a viernes en horario de invierno. La jornada laboral durante el periodo estival, del 15 de junio al 18 de septiembre, ambos inclusive, será 6 horas y 30 minutos, el horario de atención al público durante esas fechas, se fijará por acuerdo de alcaldía. Durante este período estival, se deberán disfrutar 20 días de vacaciones, los otros 7 días se disfrutarán durante el resto del año.

Quinto.–Los días 6 y 7 de julio las oficinas permanecerán cerradas para cuadrar el total de horas anuales laborales.

Berriozar, 14 de diciembre de 2021.–El alcalde, Raúl Maiza González.

Código del anuncio: L2117371