BOLETÍN Nº 29 - 8 de febrero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

OBANOS

Calendario laboral para 2021

Por la alcaldía de Obanos, el día 22 de enero de 2021, se ha dictado la Resolución número 0016/2021, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

“Expediente número: 8/2021.

Resolución con número y fecha establecidos al margen.

Asunto: calendario laboral de 2021.

Visto que por Resolución 217/2020, de 18 de mayo, de la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, se procede al establecimiento del calendario oficial de fiestas laborales para el 2021 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Visto que por Resolución 819/2020, de 24 de noviembre, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se determinan las fiestas locales para el 2021, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

En ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el 2021 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Obanos, tal y como se detalla a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–19 de marzo: San José.

–1 de abril: Jueves Santo.

–2 de abril: Viernes Santo.

–5 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–30 de agosto: festividad local.

–31 de agosto, 1 y 2 de septiembre: Fiestas Patronales de Obanos.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–7 de diciembre: día siguiente al día de la Constitución.

–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

Segundo.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Obanos, queda fijado, de conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, en 1.592 horas efectivas de trabajo.

La jornada diaria de trabajo será de lunes a viernes y tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos.

En los puestos de trabajo con jornada diferente al 100% de la misma, deberá prorratearse al porcentaje establecido en la plantilla orgánica tanto las horas efectivas de trabajo como la jornada diaria.

Tercero.–La persona que ocupa el puesto de empleado de servicios múltiples, por necesidad del Ayuntamiento de Obanos y para un correcto desarrollo de las fiestas patronales, deberá trabajar los días 31 de agosto, 1 y 2 de septiembre la jornada habitual completa o el tiempo que se estime necesario. Al efecto de su incorporación a la bolsa de horas, el tiempo trabajado tendrá tratamiento de festivo.

Cuarto.–El control de asistencia se realizará mediante un sistema de control de presencias. Esta obligación incluye tanto el inicio y el final de cada jornada, como las salidas y retornos que se realicen durante la misma.

Quinto.–Durante la jornada de trabajo el personal podrá disfrutar de una pausa de treinta minutos de duración como máximo.

Sexto.–Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2021, todos los sábados, domingos y los días declarados festivos en el dispositivo primero de la presente resolución, a excepción de los días 31 de agosto, 1 y 2 de septiembre, y 7 de diciembre, que se declaran festivos.

Séptimo.–Proceder a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, mediante edictos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Obanos.

Octavo.–Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento de Obanos en la primera sesión ordinaria que celebre.”

Lo que se publica, advirtiendo que contra este acuerdo cabe interponer alguno de los siguientes recursos:

1. Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

2. Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este acuerdo.

3. Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

Obanos, 22 de enero de 2021.–La alcaldesa, Arantxa Hernández Lacalle.

Código del anuncio: L2101115