BOLETÍN Nº 29 - 8 de febrero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CINTRUÉNIGO

Aprobación definitiva de la supresión del tributo y derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por rodaje y arrastre de vehículos

El Pleno del Ayuntamiento de Cintruénigo, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2020, acordó con la mayoría legalmente exigida, aprobar inicialmente la supresión del tributo denominado tasa por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentran gravados por el impuesto de circulación y la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentran gravados por el impuesto de circulación (ordenanza número 16).

Sometido el expediente a información pública, previo anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 281, de 2 de diciembre de 2020 y en el tablón de anuncios de esta entidad local y habiendo transcurrido el plazo de la misma sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos ni observaciones, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 325 de la Ley Foral de Administración Local de Navarra, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo.

Se procede a la publicación del texto íntegro del acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra (Anexo I).

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

–Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.

–Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de este acuerdo.

Cintruénigo, 22 de enero de 2021.–El alcalde, Oscar Bea Trincado.

(ANEXO I)

“Vista la propuesta de supresión del tributo y derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentran gravados por el impuesto de circulación (ordenanza número 16).

Vistos los informes emitidos por la Intervención y la Secretaría municipales, obrantes en el expediente.

En cumplimiento de las determinaciones contenidas en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo de Haciendas Locales de Navarra y en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y visto el dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda de 05 de noviembre de 2020,

SE ACUERDA:

Primero.–Aprobar inicialmente la supresión del tributo denominado tasa por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentran gravados por el impuesto de circulación.

Segundo.–Aprobar inicialmente la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentran gravados por el impuesto de circulación (ordenanza número 16).

Tercero.–Someter, conforme al artículo 325.1.b) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el acuerdo a información pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, por plazo de treinta días, al objeto de que los vecinos e interesados legítimos puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Cuarto.–Indicar que, el acuerdo de aprobación inicial, pasará a ser definitivo en el caso de que durante el trámite de exposición pública señalado en el número anterior no se formulen reclamaciones, reparos u observaciones disponiendo asimismo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 262.2. in fine de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, la entrada en vigor se producirá al día siguiente al de la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Una vez que se produzca la aprobación definitiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, notificar la derogación de la Ordenanza al Registro de Ordenanzas Fiscales.

Sexto.–Notificar el presente acuerdo al área de Intervención e incorporarlo al expediente a los efectos oportunos”.

Código del anuncio: L2101138