BOLETÍN Nº 285 - 21 de diciembre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Tipos impositivos para 2022

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2021, adoptó con el quorum reglamentario, el siguiente acuerdo:

“El Ayuntamiento de Tafalla, en relación con los impuestos a liquidar del año 2022, hace las siguientes consideraciones:

En lo referente a la potestad de regular las bonificaciones a la contribución territorial recogidas en el artículo 140.4 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra se propone la aprobación de una ordenanza que recoja las bonificaciones a familias numerosas, familia monoparental o en situación de monoparentalidad.

En cuanto al tipo a aplicar de la contribución territorial se ha decidido proponer el mantenimiento del mismo igual que en el ejercicio anterior: 0,332%.

Todo ello a los efectos de sostenimiento de los gastos municipales para el citado ejercicio y teniendo en cuenta la situación económica actual del Ayuntamiento de Tafalla y de la ciudadanía, en aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra y Ley Foral 11/2004 de actualización del régimen local de Navarra

Consta en el expediente el informe de Intervención Municipal de fecha 18 de noviembre de 2021 y el dictamen de la Comisión Informativa de Cuentas de fecha 23 de noviembre de 2021.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del alcalde de Tafalla, al Pleno del Ayuntamiento de Tafalla,

SE ACUERDA:

Primero.–Aprobar la Ordenanza 2 Ter reguladora del tipo de gravamen y las bonificaciones potestativas del impuesto de la contribución territorial urbana para 2022.

Segundo.–Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios municipal.

Tercero.–Trasladar este acuerdo al Área de Servicios Económicos y Desarrollo a los efectos oportunos”.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado en el plazo de un mes que se contará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente al de la notificación de este acuerdo.

Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente notificación.

Puede interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Tafalla, 1 de diciembre de 2021.–El alcalde, Jesús Arrizubieta Astiz.

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