BOLETÍN Nº 284 - 20 de diciembre de 2021

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Acuerdo de enajenación mediante subasta

De conformidad con lo establecido en el artículo 134 del Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra (en adelante RRCFN) que establece la competencia para este acto, el Director del Servicio de Recaudación, mediante Resolución 89/2021 de 14 de octubre, Acuerda la enajenación mediante subasta que se celebrará en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado del bien inmueble que se detallará, hipotecado en garantía de las deudas generadas por Promociones y Construcciones Grupo Gaceo NIF B31535479.

Tal y como señala el artículo 135 del RRCFN la subasta se anunciará en el Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de Navarra y se abrirá transcurridas al menos 24 horas desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

El anuncio referido contendrá, entre otros datos, la fecha de la subasta que será al menos 15 días después de la notificación del presente Acuerdo (artículo 134.4 último párrafo del RRCFN), la dirección electrónica que corresponda a la subasta en el Portal de Subastas, así como los datos esenciales de la misma y de los bienes a subastar.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 134.3 y 137.2 del RRCFN la presentación de ofertas se llevará a cabo de forma electrónica en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado pudiendo realizar pujas electrónicas durante un plazo de veinte días naturales desde su apertura.

La descripción del bien objeto de la subasta es la siguiente:

LOTE ÚNICO:

Registral:

Primero.–Que la finca inscrita con el número 44.734, al folio 72 del tomo 3.516, libro 1.020 de Tudela, IDUFIR: 31018000842131, se describe en los siguientes términos:

Treinta y dos.–Local comercial en planta baja del edificio en Tudela, Avenida Central, número cinco. Tiene superficie construida de trescientos noventa y cinco metros y noventa y dos decímetros cuadrados. Linda mirando desde la calle de su situación: derecha, resto de finca matriz; izquierda, finca número cuatro de la calle Aranaz y Vides; fondo, finca propiedad de Promociones y Construcciones Grupo Gaceo, sociedad Limitada; y frente Avenida Central, portal, escaleras y cuartos de instalaciones. Interiormente envuelve el portal escaleras y cuartos de instalaciones, salvo por el frente a la Avenida Central. Cuota en elementos comunes: veintiséis enteros seis milésimas por ciento.

Segundo.–Que la finca descrita consta actualmente inscrita a favor de Promociones y Construcciones Grupo Gaceo Sociedad Limitada con CIF B31535479, en división horizontal, formalizada en escritura otorgada en Pamplona, el 2 de noviembre de 2.004, ante el Notario de la misma don José María Marco García-Mina, según resulta de la inscripción primera de fecha 29 de junio de 2009.

La relacionada inscripción es la de dominio vigente de la citada finca.

Tercero.–Que la finca de que se certifica se halla gravada con las siguientes cargas: La finca 12.473 de procedencia es predio sirviente de una servidumbre de luces y vistas, en favor de la finca inscrita con el número 18.501, consistente en que, en el lindero de la parte trasera del predio dominante, se podrá construir voladizo con una anchura máxima de cuatro metros todo lo largo de dicha fachada, en el lindero de la derecha del predio dominante, se podrá igualmente construir voladizo con una anchura máxima de un metro a partir de una distancia de doce metros de la línea de fachada a la calle Blas Morte, debiendo situarse ambos voladizos a nivel de la rasante de la cubierta de los locales arrendados a Cocorico, y no pudiendo edificarse en el predio sirviente a menos de cinco metros a contar desde la línea máxima que puedan alcanzar dichos voladizos, según su inscripción quinta.

La finca matriz y la inscrita con el numero 36.207 son predios sirvientes de una servidumbnre de paso, para personas y vehículos, en favor de la inscrita con el número 36.512, al folio 210 del tomo 3.154, libro 824 de Tudela, a través de la rampa de acceso que arrancara de la calle Aranaz y Vides y entrara en la planta de sótano a través de la finca registral 36.207 y a través de las zonas de circulación de la planta de sótano de dicha finca y de la de este número, que afectará en los predios a los vados, puertas y rampa de acceso y salida del sótano y zona de circulación interior de este, según su inscripción segunda.

Catastral de Tudela: Parcela 323, polígono 2, subárea 3, unidad urbana 11 del catastro.

La deuda garantizada con el bien hipotecado, a fecha de la presente resolución asciende a 736.505,32 euros (intereses calculados provisionalmente a la fecha actual), sin perjuicio de la ulterior liquidación de intereses de demora y costas del procedimiento. Importe de deuda que a fecha de este informe es superior al total garantizado que ascendía a 622.405,00 euros

Carga ejecutada:

Hipoteca inmobiliaria sobre la finca 44.734 de Tudela constituida mediante escritura otorgada el 5 de octubre de 2010 ante el notario de Pamplona don José María Marco García-Mina, número 2.095 de su protocolo, que consta como inscripción 4.ª de fecha 25 de octubre de 2010 en el Registro de la Propiedad número 1 de Tudela.

Valoración de la finca: 603.701,00 euros.

Cargas preferentes anotadas: Las que se transcriben en la descripción.

Otras cargas preferentes:

Ayuntamiento de Tudela: 2.812,93 euros.

Comunidad de propietarios: 5.230,71 euros.

Valor a efectos de subasta:

–Valor total de la finca: 603.701,00 euros.

–Cargas preferentes (Contribución urbana): 2.812,93 euros.

–Cargas preferentes (Comunidad de propietarios): 5.230,71 euros.

–Tipo para la subasta: 595.657,36 euros.

Conforme a lo dispuesto en la Orden Foral 78/2021, de 18 de junio de 2021, de la Consejera de Economía y Hacienda, que desarrolla el artículo 136 ter RRCFN, la Mesa de Subasta del organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra estará compuesta de la siguiente manera:

–Presidencia: la ostentará la persona titular del Servicio competente en materia de Recaudación;

–Vocalía: la ostentará la persona titular de la Sección competente en materia de estudios y coordinación de la función interventora;

–Vocalía: la ostentará la persona titular de la Sección competente en materia de recaudación ejecutiva;

–Secretaría: la ostentará la persona titular de la jefatura del Negociado competente en materia de ejecuciones.

En el caso de que no se adjudique en subasta se podrá iniciar el procedimiento para la adjudicación del bien a la Comunidad Foral de Navarra si resulta de utilidad para ésta, en los términos establecidos en el artículo 127.3 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.

Si finalizado también el procedimiento de adjudicación a la Comunidad Foral de Navarra, quedaran derechos, bienes muebles o inmuebles sin adjudicar, los mismos podrán ser objeto de nuevos procedimientos de enajenación siempre que no se haya producido la prescripción de la acción de cobro de las deudas respecto a las cuales se desarrollan dichos procedimientos.

Notifíquese el presente Acuerdo al deudor, a su cónyuge si se trata de bienes gananciales o si se trata de la vivienda habitual, a los acreedores hipotecarios, pignoraticios y en general a los titulares de derechos inscritos en el correspondiente registro público con posterioridad al derecho de la Hacienda pública que figuren en la certificación de cargas emitida al efecto, al depositario, si es ajeno a la Administración y, en caso de existir, a los copropietarios y terceros poseedores de los bienes a subastar.

Realizadas las notificaciones referidas, procédase al anuncio público de subasta por los medios establecidos en el artículo 135.1 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

Pamplona, 14 de octubre de 2021.–El director del Servicio de Recaudación, Javier Ezpeleta Iraizoz.

Código del anuncio: F2117423