BOLETÍN Nº 28 - 5 de febrero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación definitiva del Plan Especial de Actuación Urbana
en el ámbito de las unidades UC-53 y UC-53A

El Ayuntamiento de Tafalla, en sesión extraordinaria de pleno celebrada el 13 de enero de 2021, adoptó el siguiente

ACUERDO:

Primero.–Resolver las alegaciones presentadas en los términos expuestos en el presente acuerdo.

Segundo.–Aprobar definitivamente el Plan Especial de Actuación Urbana en el ámbito de las unidades UC-53 y UC-53A del PGOU de Tafalla, presentado con fecha 11 de diciembre de 2020, registro de entrada 4.775, promovido por la Residencia San Manuel y San Severino.

Tercero.–Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del acuerdo de aprobación definitiva del citado Plan Especial, así como las normas urbanísticas incluidas, conforme se indica en el artículo 79.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Cuarto.–Remitir al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos - Servicio de Territorio y Paisaje, de Gobierno de Navarra, en el plazo de 10 días siguientes a la adopción del presente acuerdo, una copia del expediente completo conforme al artículo 9 del Decreto Foral 253/2019, de 16 de octubre, por el que se regula el Registro de Planeamiento de Navarra y el formato de presentación de los instrumentos de planificación urbanística y territorial de Navarra.

Quinto.–Publicar el acuerdo en el tablón de anuncios y sede electrónica municipal, así como trasladarlo a Policía Municipal y Asesoría Jurídica a los efectos oportunos.

Sexto.–Notificar el presente acuerdo al promotor y a los interesados, advirtiéndoles que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

Recurso potestativo de Reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado en plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación del acuerdo.

Séptimo.–Advertir que frente a la normativa aprobada, una vez publicada en el Boletín Oficial de Navarra, se podrán interponer los siguientes recursos:

Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la publicación del texto normativo en el Boletín Oficial de Navarra.

Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la publicación de la normativa en el Boletín Oficial de Navarra.

Lo dispuesto procede sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Comunidad Foral de Navarra y a la Administración General del Estado en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa para el resto de Administraciones Públicas”.

Tafalla, 13 de enero de 2021.–El alcalde-presidente, Jesús Arrizubieta Astiz.

ANEXO

Plan Especial de Actuación Urbana (PDF).

Código del anuncio: L2101127