BOLETÍN Nº 28 - 5 de febrero de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 124E/2020, de 30 de diciembre, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba el Texto Refundido del Plan General Municipal de Orbaizeta.

Por Orden Foral 80E/2020, de 13 de agosto, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, se aprobó definitivamente el Plan General Municipal de Orbaizeta, promovido por el Ayuntamiento de la localidad.

La Orden Foral determina que “Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva, incorporando, de acuerdo con los informes sectoriales emitidos por el Servicio de Patrimonio Histórico, la siguiente determinación: “Se elimina la solución constructiva para mansardas contenida en el punto 5 del artículo 18. Cubiertas, de la Normativa Urbanística Particular”. Exigiendo, conforme al artículo 71.16.b) del D.F.L. 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la aportación, en el plazo máximo de tres meses, de un Texto Refundido que recoja dicha determinación”.

Y en consecuencia, se ordena:

–“1.º Aprobar definitivamente el Plan General municipal de Orbaitzeta, promovido por el Ayuntamiento de Orbaizeta, con la siguiente determinación: “Se elimina la solución constructiva para mansardas contenida en el punto 5 del artículo 18. Cubiertas, de la Normativa Urbanística Particular” y solicitando al Ayuntamiento la aportación de un Texto Refundido que recoja dicha determinación, en el plazo máximo de 3 meses”.

–“4.º Condicionar la publicación de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a la entrega del citado Texto Refundido certificado”.

Con fecha 13 de noviembre de 2020 el Ayuntamiento de Orbaizeta registra la instancia número 1027041, acompañada del certificado de secretaría municipal sobre el Acuerdo adoptado por el Pleno el día 08/10/2020, en el que se acredita la aprobación del Texto del Plan General Municipal sin incorporar la determinación contenida en la Orden Foral dictada “por ser contraria a la autonomía local”.

La documentación aportada por el Ayuntamiento de Orbaizeta junto con dicho certificado consta sólo de la parte de Normativa del Plan General Municipal (PGM) sin la corrección a la que venía obligada por la Orden Foral 80E/2020, de 13 de agosto, a falta del resto de documentos que conforman el PGM.

Con fecha 20 de noviembre de 2020, se publica en el Boletín Oficial de Navarra anuncio sobre el acuerdo de Pleno celebrado el 8 de octubre de 2020, junto con publicación de la parte Normativa del PGM que no incluye la determinación exigida por la Orden Foral 80E/2020, de 13 de agosto del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos.

El Plan General Municipal de Orbaizeta se aprobó haciendo uso de la previsión contenida en el artículo 71.16.b) del TRLFOTU, según el cual, procede otorgar la aprobación definitiva de los Planes Generales Municipales “incorporando determinaciones necesarias para cumplir con lo establecido en el apartado quince precedente, debiendo incorporarse las mismas en un texto refundido por parte del ayuntamiento en un plazo máximo de tres meses. En el caso de que el ayuntamiento no proceda a presentar el plan corregido en dicho plazo, el titular del Departamento competente podrá aprobar y publicar dicho texto refundido”.

Resultando que el Ayuntamiento ha aprobado el Texto del Plan General Municipal sin la corrección a la que venía obligado por la Orden Foral 80E/2020, de 13 de agosto del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.16.b) del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, visto el informe emitido por el Servicio de Territorio y Paisaje y elaborado de oficio el Texto Refundido del Plan General Municipal de Orbaizeta incorporando la determinación aprobatoria, se considera procedente la aprobación y la publicación de dicho Texto Refundido.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

1.º Aprobar el Texto Refundido del Plan General Municipal de Orbaizeta, elaborado de oficio por el Servicio de Territorio y Paisaje, en el que se incorpora la determinación impuesta por la Orden Foral 80E/2020, de 13 de agosto, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos.

2.º Disponer la publicación, en el Boletín Oficial de Navarra, de la Orden Foral 80E/2020, de 13 de agosto, cuyo texto íntegro se recoge en el Anexo que se adjunta a esta Orden Foral, así como del Texto Refundido del Plan General Municipal aprobado.

3.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Notificar esta Orden Foral al Servicio de Patrimonio Histórico y al Ayuntamiento de Orbaizeta, al que se remitirá copia del Texto Refundido aprobado.

5.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 30 de diciembre de 2020.–El Consejero del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Aierdi Fernández de Barrena

ANEXO

ORDEN FORAL 80E/2020, de 13 de agosto, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Orbaitzeta, promovido por el Ayuntamiento de Orbaizeta.

El Ayuntamiento de Orbaitzeta ha presentado ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva, incorporando, de acuerdo con los informes sectoriales emitidos por el Servicio de Patrimonio Histórico, la siguiente determinación: “Se elimina la solución constructiva para mansardas contenida en el punto 5 del artículo 18. Cubiertas, de la Normativa Urbanística Particular”. Exigiendo, conforme al artículo 71.16.b) del D.F.L. 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la aportación, en el plazo máximo de tres meses, de un Texto Refundido que recoja dicha determinación.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el Plan General Municipal de Orbaitzeta, promovido por el Ayuntamiento de Orbaizeta, con la siguiente determinación: “Se elimina la solución constructiva para mansardas contenida en el punto 5 del artículo 18.Cubiertas, de la Normativa Urbanística Particular” y solicitando al Ayuntamiento la aportación de un Texto Refundido que recoja dicha determinación, en el plazo máximo de 3 meses.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Servicio de Patrimonio Histórico y al Ayuntamiento de Orbaizeta a los efectos de que proceda a remitir el Texto Refundido certificado.

4.º Condicionar la publicación de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a la entrega del citado Texto Refundido certificado.

Pamplona, 13 de agosto de 2020.–El Consejero del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Ayerdi Fernández de Barrena.

ANEXO

Plan General Municipal (PDF) (*).

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