BOLETÍN Nº 255 - 8 de noviembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 254E/2021, de 25 de octubre, del director de Servicio de Biodiversidad por la que se declara la caducidad del expediente para el “Proyecto de canalizaciones para interconexión Jaurrieta-Ezcároz”, en el término municipal de Jaurrieta y Ezcároz / Ezkaroze, promovido por Navarra de Servicios y Tecnologías, S.A.

Con fecha 23 de agosto de 2019 ha tenido entrada en el Servicio de Territorio y Paisaje la solicitud de autorización de afecciones ambientales para el “Proyecto de canalizaciones para interconexión Jaurrieta-Ezcároz”, en los términos municipales de Jaurrieta y Ezcároz / Ezkaroze, promovido por Navarra de Servicios y Tecnologías, S.A.

A la vista del proyecto técnico presentado para el expediente, se ha requerido al promotor, mediante escrito de fecha 17 de diciembre de 2019, la remisión de documentación complementaria necesaria para su debida tramitación. En dicho requerimiento se advertía expresamente que transcurridos tres meses, desde que se produzca la notificación del citado escrito, sin haberse realizado la aportación de la documentación precisa, se procedería a declarar la caducidad del expediente, con los requisitos y efectos del artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que implicaría la imposibilidad de llevar a cabo las obras e instalaciones proyectadas.

Habiendo transcurrido el plazo concedido sin que se haya cumplimentado el requerimiento formulado, y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 107/2019, de 8 de noviembre, del director general de Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de Navarra de Servicios y Tecnologías, S.A., para el “Proyecto de canalizaciones para interconexión Jaurrieta-Ezcároz” y proceder al archivo de las actuaciones seguidas en el mismo.

Señalar que, si en el futuro se pretendiera realizar estas obras, deberá procederse a la incoación de un nuevo expediente, en la forma establecida en el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

2.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución al interesado, al Ayuntamiento de Jaurrieta, al Ayuntamiento de Ezcároz / Ezkaroze, y a la Sección de Ordenación del Territorio, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 25 de octubre de 2021.–El director del Servicio de Biodiversidad, Enrique Eraso Centelles.

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