BOLETÍN Nº 253 - 4 de noviembre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TAFALLA

Aprobación de la regulación de impuestos que regirán
a partir del 1 de enero de 2022

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 26 de octubre de 2021, adoptó con el quórum reglamentario, el siguiente acuerdo:

“El Ayuntamiento de Tafalla, en relación con los impuestos a liquidar del año 2022, hace las siguientes consideraciones.

En cuanto al tipo a aplicar de la contribución territorial se está estudiando la conveniencia o no de su modificación.

En lo referente a la potestad de regular las bonificaciones a la Contribución Territorial recogidas en el artículo 140.5 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra también se está estudiando conveniencia o no de la aprobación de una ordenanza que recoja las bonificaciones a los inmuebles que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento de térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables.

En lo referente al impuesto de actividades económicas, y a pesar de la modificación recogida en el artículo 150.g) de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, que recoge la exención a los sujetos pasivos que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros, se considera la conveniencia del mantenimiento del tipo de gravamen.

En lo referente a la potestad de regular las bonificaciones potestativas al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) recogidas en el artículo 170 bis de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra se plantea la aprobación de una ordenanza relativa a la incorporación de energías renovables en instalaciones, construcciones y obras y su bonificación.

Considerando la conveniencia del mantenimiento del tipo de gravamen del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana para el ejercicio del año 2022.

Considerando la conveniencia de la modificación del tipo de gravamen del impuesto sobre viviendas deshabitadas, tomando sus valores inferiores dentro del rango del primer y segundo año, de acuerdo con los artículos 184 a 191 de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

Todo ello a los efectos de sostenimiento de los gastos municipales para el citado ejercicio y teniendo en cuenta la situación económica actual del Ayuntamiento de Tafalla y de la ciudadanía, en aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra y Ley Foral 11/2004 de actualización del régimen local de Navarra.

Considerando el dictamen de la Comisión de Cuentas de 19 de octubre de 2021 e informe de Intervención de 13 de octubre de 2021.

SE ACUERDA:

Primero.–Mantener para el año 2022, la actual escala de índices a aplicar sobre las cuotas mínimas establecidas en el impuesto de actividades económicas.

ZONAS DE VALOR

03HC-04HC

06CC-07CC

01HC-02HC-05CC-08AA- 09AA-10AA-11UU-

12II-13II-14OO-00DD

Índices

1´40

1´38

1´36

1´32

Segundo.–Mantener para el año 2022 los siguientes tipos de gravámenes en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

–Base imponible = presupuesto de ejecución material.

–Para presupuestos iguales o inferiores a 2.500 euros: 3,1%.

–Para presupuestos superiores a 2.500 euros: 5%.

Tercero.–Aprobar la Ordenanza 2 bis reguladora de las bonificaciones del impuesto de construcciones, instalaciones y obras de los inmuebles que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento de térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables.

Cuarto.–Mantener para el año 2022 a los efectos del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana el mismo tipo de gravamen (15%) y los mismos coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno que los establecidos en el artículo 175.2 de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

Quinto.–Aprobar la Ordenanza fiscal número 2 y su anexo de tarifas para 2022 reguladora del impuesto sobre viviendas deshabitadas y derogar la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre viviendas desocupadas a la que sustituye.

Sexto.–Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y tablón de anuncios”.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado en el plazo de un mes que se contará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente al de la notificación de este acuerdo.

Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente notificación.

Puede interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Tafalla, 27 de octubre de 2021.–El alcalde, Jesús Arrizubieta Astiz.

Código del anuncio: L2115370