BOLETÍN Nº 251 - 2 de noviembre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ISABA

Creación de la sede electrónica

El día 15 de septiembre de 2021 el teniente-alcalde de la Villa de Isaba, dictó la Resolución de Alcaldía número 94/2021 cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

“En cumplimiento de lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y con el fin de dotar a nuestros ciudadanos de un sistema de comunicación telemático con nuestra entidad,

HE RESUELTO:

1. Crear la sede electrónica del Ayuntamiento de Isaba / Izaba con las características indicadas en el anexo a esta resolución, en la dirección electrónica:

http://isaba.tecsoluciones.es/

2. La entrada en vigor de la sede electrónica se realizará a partir del día siguiente a la publicación de la “Ordenanza municipal reguladora de la administración electrónica” en el Boletín Oficial de Navarra, con los procedimientos telemáticos diseñados hasta ese momento.

3. Ordenar publicar en el Boletín Oficial de Navarra esta resolución, así como el Anexo completo de la creación de la sede electrónica.

4. Notificar a todas las áreas municipales, así como su publicación en el portal web del Ayuntamiento de Isaba / Izaba a partir del mismo día de publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Asignar las funciones de dirección y coordinación de la sede electrónica a la Secretaría General del Ayuntamiento de Isaba / Izaba.”

Isaba / Izaba, 15 de septiembre de 2021.–El teniente-alcalde, Carlos Anaut Abadía.

ANEXO

1. Características de la sede electrónica.

1.1. El ámbito de aplicación de la sede electrónica estará compuesto por la Entidad Local del Ayuntamiento de Isaba/Izaba.

1.2. La dirección electrónica será: http://isaba.tecsoluciones.es/, dominio de Internet propiedad del excelentísimo Ayuntamiento de Isaba / Izaba. El titular de dicha sede es el Ayuntamiento de Isaba / Izaba y los órganos encargados de la gestión y de los servicios son todos los órganos municipales y sus áreas funcionales bajo la coordinación de la Secretaría General.

Se identificarán en la sede todos los canales de acceso disponibles.

Los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas se especificarán en la sede electrónica, y en todo caso, seguirán estando disponibles los medios tradicionales de presentación presencial ante el Registro General del Ayuntamiento.

2. Procedimientos electrónicos.

A través de la Secretaría General, bajo la dirección político-orgánica de la Alcaldía-Presidencia como órgano competente, y la dirección técnica del funcionario/a encargado/a del Registro General, se definirán y publicarán en la sede electrónica los procedimientos que se puedan gestionar por el canal telemático.

Dada la limitación de recursos técnicos, así como la complejidad de los diferentes procedimientos administrativos y operativos, se ha determinado priorizar aquellos procedimientos que estadísticamente han sido los más solicitados por los ciudadanos.

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