BOLETÍN Nº 248 - 27 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 124/2021, de 13 de octubre, del director general de Formación Profesional, por la que se corrige la Resolución 29/2021, de 12 de abril, del director general de Formación Profesional, por la que se aprueban, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, las bases que regirán en el procedimiento abierto de manera permanente para el reconocimiento y acreditación de competencias profesionales asociadas a las cualificaciones definidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Visto el informe que presenta el Servicio de Cualificaciones y Proyectos de Formación Profesional en relación con un error por omisión producido en la Resolución 29/2021, de 12 de abril, del director general de Formación Profesional, por la que se aprueban, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, las bases que regirán en el procedimiento abierto de manera permanente para el reconocimiento y acreditación de competencias profesionales asociadas a las cualificaciones definidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.

RESUELVO:

1.º Modificar el apartado III, del anexo 2, de la Resolución 29/2021, de 12 de abril, del director general de Formación Profesional, de manera que donde dice:

“El cumplimiento de los requisitos de formación no formal a los que se hace referencia en la instrucción II, apartado c), se acreditará mediante documento que justifique que la persona solicitante posee formación relacionada con las unidades de competencia que se pretendan acreditar, en el que consten, al menos, los siguientes datos:”

Debe decir:

“c) Para personas que acceden por vía de la formación no formal:

“El cumplimiento de los requisitos de formación no formal a los que se hace referencia en la instrucción II, apartado c), se acreditará mediante documento que justifique que la persona solicitante posee formación relacionada con las unidades de competencia que se pretendan acreditar, en el que consten, al menos, los siguientes datos:”

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente resolución al Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, al Servicio de Cualificaciones y Proyectos de Formación Profesional y al de Planificación e Integración de la Formación Profesional y a la Sección de Cualificaciones y Orientación Profesional, a los efectos oportunos.

4.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

5.º Esta resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 13 de octubre de 2021.–El director general de Formación Profesional, Tomás Rodríguez Garraza.

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