BOLETÍN Nº 247 - 26 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 235E/2021, de 4 de octubre, del director del Servicio de Biodiversidad, por la que procede declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU para la sustitución del CT “Dantzaleku” en el término municipal de Altsasu.

Con fecha 08/03/2021 ha tenido entrada en el Servicio de Biodiversidad el expediente señalado en el párrafo anterior.

A la vista de la documentación técnica presentada para la solicitud, se requirió a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU, mediante escrito notificado en fecha 19/04/2021, la remisión de documentación complementaria necesaria para su debida tramitación. En dicho requerimiento se advertía expresamente que la paralización del expediente por un plazo superior a tres meses, si no enviara tal documentación, daría lugar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la caducidad de la solicitud y al consiguiente archivo de las actuaciones, lo que implicaría la imposibilidad de llevar a cabo las obras e instalaciones proyectadas.

Habiendo transcurrido ampliamente el plazo concedido sin que se haya cumplimentado el requerimiento formulado, de conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

RESUELVO:

1.º Declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU para la sustitución del CT “Dantzaleku” en el término municipal de Altsasu, y proceder al archivo de las actuaciones seguidas en el mismo.

Señalar que, si en el futuro se pretendiera realizar estas obras, deberá procederse a la incoación de un nuevo expediente en la forma establecida en la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

2.º Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

3.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente resolución al interesado, a la Sección de Infraestructuras Energéticas, al Ayuntamiento de Altsasu, a la Sección Ordenación del Territorio y a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 4 de octubre de 2021.–El director del Servicio de Biodiversidad, Enrique Eraso Centelles.

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