BOLETÍN Nº 246 - 25 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 200/2021, de 1 de octubre, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en Corella.

Con fecha 6 de abril de 2021, D. Eduardo Ryan Murúa, en representación de I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., ha solicitado autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración en concreto de utilidad pública para la ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

–Peticionario: I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.

–Expediente: SAT10944-2 (Ref.: 2021-016 Obra 100959386).

–Ubicación de la instalación: Término municipal de Corella.

–Finalidad: Mejorar la calidad de servicio en la zona.

–Características técnicas: Variante de línea aérea a 66 kV S.C. “La Serna-Corella”, entre el apoyo 114 y el apoyo 117 (429 metros de conductor 147 AL1/34-ST1A (antiguo LA 180)).

–Presupuesto: 63.150,47 euros.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se sometió la solicitud de I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., junto con la relación concreta de bienes y derechos afectados por la instalación, al trámite de información pública en el Boletín Oficial de Navarra número 114, de fecha 17 de mayo de 2021, y en el Diario de Navarra, de fecha 18 de mayo de 2021, remitiéndose asimismo al Ayuntamiento de Corella para su exposición al público.

No se han recibido alegaciones.

Remitidas separatas al Ayuntamiento de Corella y a Nedgia Navarra, S.A., solicitando la emisión de informe, no se han manifestado al respecto.

La Sección de Explotación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, en informe de fecha 26 de mayo de 2021, señala que “a fecha de hoy consta una autorización AOP 2021 / 221 (expediente tramitado con número de registro 2020 / 327.585) referente a dicho proyecto”.

Consta en el expediente Resolución 2021-L-36 de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de fecha 10 de mayo de 2021, en la que se indica que “al situarse la actuación fuera de dominio público hidráulico y zona de policía de cauces, no se precisa de autorización de este Organismo de cuenca en lo que respecta a la protección del dominio público hidráulico y el régimen de las corrientes”.

También consta en el expediente informe de Telefónica de España, S.A.U., de fecha 7 de abril de 2021 (2021-016 Ob. 100959386), en el que se indica que “Telefónica no tiene objeción alguna a la ejecución del proyecto referido siempre y cuando se cumpla la normativa vigente”.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 52/2019, de 18 de noviembre, de la directora general de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 (Boletín Oficial de Navarra número 234, de 27 de noviembre de 2019), en cumplimiento de lo establecido en los artículos 32 y 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Otorgar autorización administrativa a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. para la citada instalación.

2. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación, a los efectos establecidos en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3. Reconocer a la empresa I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

4. Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de la instalación, suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Marcos Hernando Tuesta, concediendo un plazo de veinticuatro meses para la ejecución de las obras.

5. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión.

6. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. A esta solicitud se acompañará la documentación establecida en la normativa citada y el certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

7. La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.

8. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, y a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, a los efectos oportunos.

9. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

10. Notificar esta resolución a I-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., a Nedgia Navarra, S.A. y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

11. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Corella, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 1 de octubre de 2021.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.

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