BOLETÍN Nº 243 - 20 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 214E/2021, de 17 de septiembre, del director de servicio de Biodiversidad, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto para la construcción y mejora de la ruta Eurovelo 3 entre el valle de Aezkoa y Aoiz, en los términos municipales de Orbaizeta, Orreaga/Roncesvalles, Auritz/Burguete, Erroibar/Valle de Erro, Artzibar/Arce, Lónguida/Longida y Aoiz/Agoitz, promovido por Navarra de Suelo y Vivienda SA.

Con fecha 22/03/2021 ha tenido entrada en el Servicio de Biodiversidad la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anejo 2C epígrafe D) del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la protección ambiental.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 del Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La actuación proyectada consiste en la construcción y mejora de caminos para la creación de la ruta Eurovelo 3 desde Orbaizeta hasta Aoiz/Agoitz, dentro del Proyecto europeo POCTEFA BICIMUGI. El trazado comienza en el collado de Organbide, en la muga norte de Orbaizeta, y continúa hacia el sur hasta llegar a la fábrica de armas. Allí gira al oeste para alcanzar la colegiata de Orreaga/Roncesvalles por la pista de Nabala, y gira de nuevo hacia el sur, pasando por Auritz/Burgete (coincidiendo en este tramo con el Camino de Santiago) antes de llegar al camping Urrobi de Aurizperri/Espinal (Erroibar/Valle de Erro). Desde allí discurre en paralelo a la carretera NA-1720 a través de Artzibar/Valle de Arce, pasando por Lusarreta, Saragueta y Urdirotz, y tras dejar atrás esta última localidad el trazado coincide en un tramo con la citada carretera, pasando por Uritz, hasta Zandueta. En este punto cruza el río Urrobi por un puente existente y continúa hacia el sur por la margen izquierda del río. Cruza la carretera NA-2040 por debajo utilizando un túnel existente antes de llegar a Arce/Artzi, donde toma el camino que bordea el pantano de Itoitz hasta la presa de Nagore. Tras cruzar por esta presa, atraviesa la carretera NA-1720 para tomar un camino forestal existente que llega hasta Olaberri (Lónguida/Longida). Allí toma la carretera NA-2355 que abandona antes de llegar al Canal de Navarra por un camino hacia el este, bordeando el canal, para finalizar en Aoiz/Agoitz.

De la totalidad del trazado (57,13 km), 20,19 km discurren por carreteras o caminos en buen estado en los que solo será necesaria la colocación de señales, para lo que se abrirá una pequeña zanja en la que se colocará hormigón para sujetar los postes de madera indicativos. Otros tramos (31,88 km en total) discurren por caminos existentes, en los que habrá que mejorar la caja existente. Para ello será necesario acceder con maquinaria (mejora de cunetas, mejora del firme mediante árido calizo). Por último, habrá que ampliar la caja existente en 480 m de camino, y habrá que abrir nuevos caminos en un total de 4,58 km. Estos tramos serán los que mayor impacto generarán, puesto que se va a producir movimiento de tierras para su construcción, así como la destrucción de vegetación de forma permanente en el ancho definido, mínimo para el paso de maquinaria para construcción, aporte de material y mantenimiento de la infraestructura. Según el proyecto, en estos casos el material rocoso extraído podrá utilizarse, una vez machacado, como subbase del camino, evitando así el vertido a terraplén con un mayor impacto visual y sobre la vegetación existente. El aporte posterior de árido calizo se realizará desde el propio camino.

Además, en todo el trazado se prevé colocar varios tubos para drenaje, vallados, barreras canadienses o puertas en algunos casos, realizar limpiezas en regatas, etc. Se construirá una pasarela de madera de 12 metros de longitud y 1,5 metros de anchura sobre el arroyo Xuringoa en las inmediaciones del camping Urrobi, de modo que será necesario construir en los márgenes del cauce zapatas de hormigón. La colocación de la pasarela se realizará mediante camión grúa que deberá ocupar la zona de pradera existente y en la que se abrirá camino, por lo que no supone un daño accesorio. También se colocará un badén de hormigón en el término municipal de Lónguida.

El tramo inicial del trazado, desde la muga hasta la fábrica de armas de Orbaizeta, se incluye en la Zona Especial de Conservación Roncesvalles-Selva de Irati. Desde este punto hasta llegar a Orreaga, el trazado discurre por el límite sur de la ZEC en su mayor parte, a través de la pista de Nabala en la que habrá que realizar ciertas mejoras. Se trata de un hayedo acidófilo atlántico con roble albar (hábitat de interés comunitario 9120) en buen estado de conservación, parte del cual está incluido en la ZEC. El trazado vuelve a cruzar este tipo de hábitat entre el camping Urrobi y Lusarreta, a través de una pista forestal que será necesario mejorar. A su paso por el término municipal de Orreaga el trazado atraviesa también el Paisaje Singular “Conjunto Roncesvalles-Ortzantzurieta”.

Además, la ruta discurre en varios tramos por el interior o las inmediaciones de la ZEC Sistema fluvial de los ríos Irati, Urrobi y Erro, donde cobran importancia los hábitats fluviales entre los que destaca el hábitat prioritario 91E0* (alisedas, fresnedas y saucedas aluviales). Estos son los tramos más sensibles:

–Apertura de nuevo camino antes de llegar al camping de Aurizperri/Espinal, muy cerca del río Urrobi. En este tramo se construirá además una pasarela para cruzar el arroyo Xuringoa, no incluido en la ZEC, aunque vierte sus aguas al río Urrobi unos 250 m al sur de este punto.

–Cruce del río Urrobi en Zandueta por un puente existente. Está previsto realizar mejoras en el camino en este tramo.

–Se abrirá un nuevo tramo entre Zandueta y Artzi/Arce, fuera de la ZEC, aunque a muy poca distancia en algunos puntos, en una zona de fuerte pendiente.

A partir de Nagore, la ruta discurre también cerca de la ZEC Sierra de Artxuga, Zarikieta y Montes de Areta.

El proyecto no afecta a la integridad ni a los valores de los espacios protegidos mencionados de la Red Natura 2000 (ZEC Roncesvalles-Selva de Irati, ZEC Sistema Fluvial de los ríos Irati, Urrobi y Erro y ZEC Sierra de Artxuga, Zarikieta y Montes de Areta), si se cumplen las medidas del estudio de afecciones ambientales y las condiciones establecidas en la presente resolución.

Se ha solicitado informe de compatibilidad urbanística a los ayuntamientos de Orbaizeta, Orreaga/Roncesvalles, Auritz/Burguete, Erroibar/Valle de Erro, Artzibar/Arce, Lónguida/Longida y Aoiz/Agoitz. Consta en el expediente informe favorable del Ayuntamiento de Erroibar/Valle de Erro.

La Sección de Ordenación del Territorio comunica que no procede informe al respecto, ya que la solicitud no contempla actuaciones que requieran dotarse de autorización de actividad autorizable en suelo no urbanizable conforme a lo regulado en los artículos 110 y 117 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Las secciones de Medio Fluvial, Gestión Forestal, Planificación Forestal y Educación Ambiental, e Impacto Ambiental informan favorablemente con condiciones.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Resolución 107/2019, de 8 de noviembre del Director General de Medio Ambiente

RESUELVO:

1.º Conceder la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto para la construcción y mejora de la ruta Eurovelo 3 entre el valle de Aezkoa y Aoiz, en los términos municipales de Orbaizeta, Orreaga/Roncesvalles, Auritz/Burguete, Erroibar/Valle de Erro, Artzibar/Arce, Lónguida/Longida y Aoiz/Agoitz, promovido por Navarra de Suelo y Vivienda SA.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas:

–Los trabajos deberán respetar la vegetación de ribera existente y en caso de ser precisa una afección puntual, el terreno deberá ser restaurado a su estado original una vez concluidas las obras.

–Las zapatas de hormigón sobre las que se colocará la pasarela no supondrán un estrechamiento de la sección del cauce.

–Con 48 horas de antelación al inicio de los trabajos se avisará al Guarderío de Medio Ambiente de la Demarcación de Aezkoa-Kintoa (948184715 o 686502927, gmaaezkoa@navarra.es), y Agoitz-Aoiz (948334213 o 608062669, gmaaoiz@navarra.es), para supervisar las obras y, si procede, realizar el señalamiento del arbolado y retirar la fauna piscícola.

–Los trabajos que afecten al cauce se realizarán entre los meses de junio y noviembre para no interferir en el periodo reproductivo de los salmónidos.

–Las zonas de actuación próximas a ríos son un hábitat característico del visón europeo por lo que, para no interferir en el periodo reproductivo de la especie, dichos trabajos se llevarán a cabo entre los meses de septiembre y marzo.

–Queda expresamente prohibido cualquier tipo de vertido al cauce, con especial cuidado en el manejo de sustancias contaminantes como el gasoil, aceites u hormigón. Al ser una obra que incluye unidades con hormigón, se tendrá un especial cuidado para que no haya ningún vertido de hormigón fresco al cauce, puesto que éste tiene un efecto letal e inmediato sobre la fauna piscícola.

–En el caso de que se elimine arbolado, éste podrá ser utilizado como leña. Los demás restos vegetales procedentes de la tala y el desbroce, se trocearán y se dejarán homogéneamente distribuidos en la zona.

–Todos los restos de obra serán trasladados a un Gestor de Residuos autorizado y en los términos establecidos en la propia normativa.

–El promotor deberá obtener otros permisos o autorizaciones necesarias según la legislación vigente y en concreto del Organismo de Cuenca competente.

–Es preferible evitar la apertura de caja en el tramo AR-T23, modificando el trazado para que discurra por el interior de la localidad de Saragueta utilizando las infraestructuras ya existentes. Si no fuera posible, se deberá afectar lo menos posible a la vegetación natural en este tramo.

–Los trabajos a realizar en el entorno de la ZEC Roncesvalles-Selva de Irati, entre la fábrica de armas de Orbaizeta y Orreaga, se realizarán fuera del período de crítico de especies sensibles (pícidos), que abarca desde el 15 de febrero hasta el 15 de junio.

–En la apertura, ampliación o limpieza de cunetas se tendrá especial cuidado para no afectar a los sistemas radicales de árboles en pie, de modo que se evite su posterior derribo por razones de seguridad. Se atenderá a esta condición especialmente en el entorno de árboles de porte significativo, ramosos, trasmochos, senescentes o malformados, o que sirvan de alimentación, refugio o lugar de cría para especies de fauna.

–Se deberá prestar especial atención a la presencia de quirópteros en oquedades y grietas del arbolado afectado por las obras, y si son detectados se comunicará al Guarderío de Medio Ambiente. En todo caso, el apeo se hará fuera del periodo de cría, del 1 de abril al 31 de agosto.

–No se permite el acopio de material de obra ni la ubicación del parque de maquinaria en las zonas ambientalmente sensibles (espacios naturales protegidos o Red Natura 2000, formaciones boscosas naturales y riberas de ríos).

–Los cortes y desgarros producidos en las ramas y troncos del arbolado durante las obras se repasarán al finalizar los trabajos dejando cortes limpios y podas correctas para evitar problemas sanitarios a los pies afectados.

–Al finalizar los trabajos se realizará una campaña de limpieza y retirada de todos los residuos y basuras existentes en el ámbito de actuación del proyecto.

–Ejecutado el proyecto se procederá con la restauración de todas las superficies afectadas por las obras. Una vez extendida la tierra vegetal se procederá con el reperfilado de la tierra hasta alcanzar un buen ajuste fisiográfico en el terreno circundante. Posteriormente, estas superficies se revegetarán mediante siembras con especies autóctonas, como se ha previsto en las medidas correctoras del proyecto.

–Si apareciese algún resto arqueológico del que no se tenga constancia, tiene la obligación legal de comunicar el hallazgo de forma inmediata a la Sección de Arqueología (email: registrobmarqueologia@navarra.es), según se recoge en la legislación vigente en materia de Patrimonio Histórico (artículo 59 de la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra y Artículos 42.3 y 44 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español). En caso de no hacerse así, cualquier afección que pudiera producirse al Patrimonio Histórico por omisión de esta consideración será considerada como infracción grave, en aplicación del artículo 101.h. de la citada Ley Foral.

–Para minimizar las afecciones al Camino de Santiago, deberán tenerse en cuenta los siguientes condicionantes:

  • Con 48 horas de antelación al inicio de los trabajos se avisará al Guarderío de Medio Ambiente de la Demarcación de Aezkoa-Quinto Real (948184715 o 686502927, gmaaezkoa@navarra.es).
  • Se recomienda que la ejecución de los trabajos, se concentren en aquellos meses donde la afluencia de peregrinos sea menor (a partir de noviembre), con el objetivo de causar el mínimo perjuicio a los mismos.
  • En el caso de que se elimine arbolado de dimensiones mayores a los 20 cm, medidos a la altura normal, se deberá notificar al Guarderío de Medio Ambiente de la Demarcación de Aezkoa-Quinto Real, quién deberá marcarlos para su posterior apeo.
  • Los restos vegetales procedentes de la tala y el desbroce, así como los restos de obra, deberán ser trasladados a un Gestor de Residuos autorizado en los términos establecidos en la propia normativa, para evitar cualquier situación de riesgo con los demás usuarios del Camino de Santiago.

–La ruta transita por terrenos con usos forestales, ganaderos y cinegéticos, por lo que debe quedar bien dotada de pasos canadienses y avisos para el transeúnte de estos usos.

–Se deberá informar y recabar el visto bueno de los titulares de los terrenos afectados. El promotor deberá realizar un seguimiento periódico de todos los tramos sensibles (susceptibles de erosión, afección a fauna/ganadería) etc. Se deberá instaurar un sistema de supervisión de los recorridos, para evaluar posibles afecciones, así como para garantizar la limpieza, retirando los residuos a puntos habilitados. De esta manera se podrá evaluar la posibilidad de intervenir para evitar el deterioro de tramos concretos. Por ello el promotor deberá establecer un sistema de seguimiento que será comunicado al Servicio Forestal y Cinegético, concretando como mínimo:

  • Persona responsable
  • Periodicidad (a priori, revisiones anuales, pero puede variar en función del tramo o itinerario)
  • Procedimiento o forma de ejecución del seguimiento
  • Forma de recabar o recoger posibles incidencias

Esta información podrá ser solicitada por parte de las distintas unidades la Dirección General de Medio Ambiente, en el ámbito de sus competencias, debiendo ponerse a su disposición.

–Si por parte de alguna unidad de la Dirección General de Medio Ambiente se detectan daños, presencia de especies sensibles, problemas de erosión, etc. se podrá exigir al promotor responsable la adopción de medidas correctoras, como la modificación de trazados en zonas muy erosionadas, acotado/clausura de tramos problemáticos, o llevar a cabo actuaciones de medidas correctoras, minimización de impactos, etc.

–Se recomienda analizar cuestiones relativas a la seguridad, por tratarse de actividades de cierto riesgo que, frecuentemente, discurren por zonas de malos o nulos accesos y cobertura.

–Entre la información a facilitar a los posibles usuarios (vía web, punto acogida, etc.) se deberá recalcar el hecho de que esta ruta discurre en gran parte por áreas naturales y la necesidad de mantener una conducta respetuosa. Todo ello pasa en gran medida por evitar una masificación de los recorridos, la minimización de ruidos y sonidos fuertes, o informar sobre la existencia de periodos críticos por reproducción de especies (en general, entre marzo y junio) o zonas críticas por especial sensibilidad (arbolado maduro, roquedos, zonas con ganado, entornos húmedos, etc.).

–La interferencia con los usos tradicionales del monte es previsible, pero no se puede determinar exactamente dónde se producirán ni cuándo. Se deberá informar a los posibles usuarios de que el uso de esta ruta se debe realizar de forma compatible con los usos tradicionales, así como con otras posibles actividades. Ello supone que puedan existir interferencias con otras actividades como la ganadera, aprovechamientos de madera, actividades cinegéticas, etc. Más concretamente:

  • Aprovechamientos u obras forestales. Estos recorridos pueden coincidir con explotaciones forestales en curso. Por ello, con el fin de evitar riesgos de accidentes, se deberá informar convenientemente y adoptar las medidas oportunas. Así, cada vez que haya una explotación forestal en el entorno de los senderos, e independientemente de que la empresa ejecutora deba señalizar los trabajos, se deberá advertir de los mismos a los usuarios de los senderos, para extremar las precauciones con el fin de evitar afecciones entre usuarios y trabajos.
  • Aprovechamientos ganaderos. Los recorridos pueden ocasionar perturbaciones al ganado. Se debe regular la presencia de perros en los recorridos, pues estos pueden interferir con otros usuarios de montaña y el propio ganado. Se deberá exigir y advertir que los perros, en zonas ganaderas, deban ir siempre atados. En los puntos en los que se atraviesen cierres, se deberán instalar pasos canadienses o pasos elevados correctamente ejecutados (con elementos horizontales de madera), evitando portillos de “apertura y cierre”, para evitar el consiguiente riesgo de que queden abiertos.
  • Aprovechamientos cinegéticos. Batidas, recechos de corzo, puestos palomeros, caza de becada... son muy variadas y diferentes las modalidades de caza que se practican en estos montes a lo largo del año. Los titulares de los cotos deberían de dejar muy claro a los adjudicatarios de los aprovechamientos cinegéticos por dónde discurren los recorridos a fin de evitar riesgos para las personas, recordando la obligatoriedad de señalizar en algunos casos (batidas). Del mismo modo, el promotor debería advertir a los usuarios de estos recorridos sobre los riesgos derivados de la caza, y la existencia en determinados periodos del año de esta actividad.

–Se cumplirán las medidas correctoras establecidas en el Estudio de afecciones medioambientales aportado.

–Además, se deberá cumplir lo dispuesto en la siguiente normativa:

  • Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats.
  • Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra, modificado por la Ley Foral 3/2007.
  • Decreto Foral 59/1992 (Reglamento de Montes), que desarrolla la anteriormente mencionada ley foral.

–Por último, se cumplirán las siguientes condiciones específicas para cada tramo:

Tramo Aezkoa-Orreaga:

Todo el tramo discurre sobre caminos existentes. Se realizará aporte de material en aquellas zonas donde sea necesario. En Orreaga existen dos portillos verdes de hierro que se deberán respetar. Las pistas son de uso ganadero, forestal y cinegético por lo que se recomienda colocar cartelería recordando ese uso.

Tramo Orreaga-camping Urrobi:

Desde la carretera de Garralda hasta el Camping Urrobi se realiza cajeo en pradera. Deberá ser restaurado tras la actuación.

Tramo Camping Urrobi-Lusarreta:

La mayor parte del recorrido discurre por la llamada “carretera vieja” (90%) y por camino embreado hasta el pueblo (10%). Se colocarán barreras canadienses en todos los portillos o pasos de alambradas existentes. Las actuaciones forestales para la adecuación de caminos y pistas a lo largo del recorrido consisten en desbroce y eliminación de vegetación de cunetas y bordes. Estos trabajos se deberán realizar con maquinaria que realicen cortes limpios en poda en altura y cortes limpios a ras del suelo cuando la eliminación de las plantas o árboles sean necesarias.

Existe en el punto T1, un tramo de bojes que se encuentran en la misma cuneta y creando un seto natural. Se considera que no afecta para nada a la pista que está en buen estado y por lo tanto ese seto debería ser respetado y solo se actuará para mantenerlo con maquinaria apropiada como un corta setos de corte limpio.

Tramo Lusarreta-Saragüeta:

Las actuaciones previstas consisten en mejora de firme, drenajes y badenes de zonas encharcadizas, aperturas de pequeñas cajas en sendero ya existente. Todas las actuaciones deberán tener el menor impacto visual a la terminación de los trabajos.

Tramo Saragüeta-Urdiroz:

En el tránsito por Saragüeta, siendo el recorrido más sencillo utilizar la infraestructura existente por el entorno del pueblo y no habiendo llegado a un acuerdo, se debe adecuar un camino nuevo en la parte sureste del casco urbano. En AR-T-33 se observa un error en las acciones a realizar, siendo apertura de camino en lugar de adecuación del camino (130 m.l.).

Entre los tramos AR-T-34 y AR-T-36 se utiliza la calzada romana, por lo que se deberá obtener informe favorable de la Sección de Arqueología del Gobierno de Navarra de forma previa al inicio de las obras.

Toda actuación sobre la vegetación tanto para su eliminación o poda se deberá realizar con maquinaria adecuada, respetando al máximo los pies a mantener. Los cortes y podas inevitables deberán evitar todo tipo de desgarros.

Se minimizará el impacto en el ensanche de caja, evitando vertidos en terraplén y aprovechando el material rocoso para el firme. La tierra vegetal se empleará para revegetar las inevitables afecciones de esta actuación.

En AR-T-38, En el cuadro de mediciones lo contempla como un hormigonado de 270 m.l. y en el trazado no viene esta actuación siendo necesaria.

Tramo de Zandueta- Señorío de Arce:

Este tramo discurre por PFN y en él se plantea: ensanche de camino existente en 125 m.l., aperturas de caja sobre senda existente 350 m.l. y 150 m.l. de nueva apertura. No se ve inconveniente en realizar esta actuación. En un pequeño tramo se deberá evitar los derrames de materiales de la excavación al río Urrobi, utilizando como asiento uno de los ramales de la senda existente.

Se deben cortar en torno a 55 pies de Pinus nigra de 12 cm de diámetro medio y 12 m de altura total, así como algún pie más de Pinus sylvestris de primera generación, los cuales deberán ser troceados y extraídos para evitar daños por plagas.

Tramo de Señorio de Arce-Salida de Nagore:

Todo el tramo discurre sobre infraestructuras ya existentes, sin intervención reseñable.

Tramo de Nagore-PFN Oloriz:

Todo el tramo discurre sobre infraestructuras hechas, en las cuales hay trabajos de limpieza.

de cunetas y consolidación de firme sin generación de impacto. Se ha detectado que en las coordenadas UTM X: 631462, Y: 4745405 debiera dotarse de paso canadiense para evitar las afecciones posibles de ganado en carretera.

Tramo Oloriz-Fin de Arce:

Limpieza de cunetas y de vegetación en los márgenes del camino con herramientas adecuadas. En los badenes planteados en la zona llana del tramo AR-T-70 se considera imprescindible la colocación de al menos dos unidades, debido a la acumulación de agua en el camino por presentar una reducida pendiente.

Tramo Lónguida-Aoiz:

Las actuaciones propuestas se consideran adecuadas.

3.º Esta autorización tendrá además los efectos que se establecen en el artículo 117 del Decreto Foral legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución a las secciones de Medio Fluvial, Espacios Naturales y Especies Protegidas, Gestión Forestal, Planificación Forestal y Educación Ambiental, a los ayuntamientos de Orbaizeta, Orreaga/Roncesvalles, Auritz/Burguete, Erroibar/Valle de Erro, Artzibar/Arce, Lónguida/Longida y Aoiz/Agoitz, al Guarderío de Medio Ambiente (unidades de coordinación de Aezkoa-Kintoa y Aoiz-Agoitz) y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de septiembre de 2021.–El director de Servicio de Biodiversidad, Enrique Eraso Centelles.

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