BOLETÍN Nº 237 - 11 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 400/2021, de 3 de agosto, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se aprueba el convenio que formaliza la encomienda a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra el desarrollo de actividades de internacionalización en 2021.

En el Plan Internacional de Navarra 2021-2022 (PIN 4) se encuadran una serie de medidas que el Gobierno de Navarra quiere desarrollar durante este ejercicio. Para alguna de ellas, necesita contar con el conocimiento, la experiencia y la capacidad de actuación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra.

La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra (en adelante Cámara Navarra) tal como dispone el artículo 2 de la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas. Tiene como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, sin perjuicio de los intereses privados que también persigue.

Asimismo, la citada Ley Foral 17/2015, en su artículo 5, le otorga funciones de carácter público-administrativas que le confieren un gran valor colaborativo e instrumental para ayudar al desarrollo de la economía y del tejido empresarial de nuestra Comunidad, entre las que se encuentra la de desarrollar actividades de promoción, apoyo y estímulo al comercio exterior.

Además, en su artículo 7, se faculta a la Administración para encomendar a Cámara Navarra la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia cuando razones de eficacia o de carencia de medios técnicos idóneos para su desempeño así lo aconsejen, previa comunicación al Parlamento. La encomienda de gestión se formalizará a través de un convenio entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Cámara Navarra, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y en el que se hará constar la actividad o actividades objeto de la encomienda, el plazo de vigencia de la misma, la naturaleza y alcance de la gestión encomendada, y, en su caso, los medios económicos que se habilitan por ambas partes.

No disponiendo el Gobierno de Navarra de personal suficiente con la capacitación adecuada para llevar a cabo todas las tareas que ha planificado para el ejercicio 2021 en el área de Internacionalización y dada la naturaleza jurídica de Cámara Navarra, así como las funciones de carácter público administrativo que tiene asignadas, razones de eficacia y optimización de los recursos, aconsejan al amparo de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, encomendar a Cámara Navarra la gestión de las siguientes actividades:

–Apoyo en el diseño y ejecución de las acciones a desarrollar dentro del Plan de acción EEUU para 2021. Acción incluida en el eje 1 del PIN 4.

–Coorganización del programa para fomentar la innovación en la internacionalización. Programa Innoxport. Acción incluida en el eje 4 del PIN 4.

Estas actividades se desarrollarán durante 2021 y conllevan un gasto para el Gobierno de Navarra de 29.924,20 euros.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1.º Aprobar el convenio por el que se formaliza la encomienda a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra para el desarrollo de actividades de internacionalización en 2021, que se recoge en el Anexo de esta Resolución.

2.º Disponer un gasto de 29.924,20 euros a favor de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra (CIF: Q3173001C) para atender los compromisos derivados del convenio con cargo a la partida 810003 81430 2276 146104 “Encomiendas a la Cámara de Comercio Internacionalización” del presupuesto de Gastos de 2021.

3.º Trasladar esta resolución al Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior (Sección de Gestión de procedimientos con Instituciones Forales) para su remisión al Parlamento de Navarra, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la 17/2015, de 10 de abril, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra.

4.º Notificar esta resolución a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra.

5.º Publicar esta resolución y el convenio de encomienda, una vez que sea suscrito por ambas partes, en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero Desarrollo Económico y Empresarial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.

Pamplona, 3 de agosto de 2021.–La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN A LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE NAVARRA PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE INTERNACIONALIZACIÓN EN 2021

En Pamplona, a 3 de agosto de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Izaskun Goñi Razquin, Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial.

Y de otra parte, don Javier Taberna Jiménez, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra.

Los reunidos, en la calidad en que actúan, y de común acuerdo:

EXPONEN:

Primero.–La Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, en el ejercicio de sus competencias en materia de fomento de la internacionalización de la actividad económica de Navarra, precisa desarrollar las actividades marcadas en el Plan Internacional de Navarra 2021-2022 (PIN4). Para alguna de dichas acciones se necesita contar con el conocimiento, la experiencia y la capacidad de actuación de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Navarra (en adelante Cámara Navarra) en el ámbito de la internacionalización en general y, particularmente, en el mercado de Estados Unidos.

Segundo.–Cámara Navarra, tal como dispone el artículo 2 de la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra, es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas. Tiene como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, sin perjuicio de los intereses privados que también persigue.

La Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, en su artículo 5 les otorga funciones de carácter público-administrativas que les confieren un gran valor colaborativo e instrumental para ayudar al desarrollo de la economía y del tejido empresarial de nuestra Comunidad. En concreto, tiene atribuidas entre sus funciones de carácter público administrativo la de desarrollar actividades de promoción, apoyo y estímulo al comercio exterior, fomentando especialmente la exportación y la presencia de los productos y servicios navarros en el exterior y la elaboración de un censo público de empresas que ejerzan actividades industriales y de servicios en Navarra.

Tercero.–En el artículo 7 de la Foral 17/2015 se faculta a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, previa comunicación al Parlamento de Navarra, para encomendar a la Cámara la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de su competencia cuando razones de eficacia o de carencia de medios técnicos idóneos para su desempeño así lo aconsejen.

Se establece que la encomienda de gestión se formalizará a través de un convenio entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Cámara Navarra, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y en el que se hará constar la actividad o actividades objeto de la encomienda, el plazo de vigencia de la misma, la naturaleza y alcance de la gestión encomendada, y, en su caso, los medios económicos que se habilitan por ambas partes.

Cuarto.–En el presente caso, concurren tanto razones de eficacia como de carencia de los medios técnicos idóneos por parte de la Administración, configurándose la encomienda a Cámara Navarra, tanto por sus funciones público-administrativas, como por su pertenencia a la red de Cámaras en el extranjero y la red de Cámaras del mundo, como un instrumento eficaz que permite optimizar los recursos destinados a la internacionalización de la economía navarra.

Las tareas de la encomienda para 2021 son las siguientes:

1.ª Apoyo en el diseño y ejecución de las acciones a desarrollar dentro del Plan de acción EEUU para 2021. Acción incluida en el eje 1 del PIN 4.

2.ª Coorganización del programa para fomentar la innovación en la internacionalización. Programa Innoxport. Acción incluida en el eje 4 del PIN 4.

CLÁUSULAS

Primera.–Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto formalizar la encomienda de gestión que realiza el Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial a Cámara Navarra, para la realización en el año 2021 de las siguientes actividades incluidas en el Plan Internacional de Navarra 2021-2022 (PIN4):

1.ª Apoyo en el diseño y ejecución de las acciones a desarrollar dentro del plan de acción EEUU para 2021.

El Plan de Internacionalización de Navarra 2017-2020 reconoce a Estados Unidos como uno de sus mercados prioritarios. Anualmente, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el marco del Plan Internacional de Navarra, diseña y ejecuta un plan de acción para los países objetivo.

El PIN 4 pone el acento en nuevos ámbitos como son la inteligencia competitiva, la formación o la digitalización. A la vista de lo cual, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra precisa encargar a Cámara Navarra el desarrollo de un nuevo Plan de Acción para 2021 para EEUU.

Este Plan deberá contemplar los siguientes ejes:

1. Formación y comunicación.

2. Inteligencia competitiva.

3. Diplomacia comercial.

4. Acciones directas de apoyo a la empresa.

1.–Formación y comunicación.

En este eje, Cámara Navarra elaborará webinars, artículos escritos y vídeos llamados “píldoras formativas e informativas” de corta duración en los que se darán datos básicos e información de interés de diversos temas de actualidad que interesen a las empresas navarras.

Los temas deben referirse a los sectores S3 de Navarra y versarán sobre:

–Nuevas tendencias en alimentación.

–Requisitos de acceso de empresas de alimentos, bebidas, cosméticos, medicamentos, equipos médicos...

–Nuevas tendencias y desarrollo del coche autónomo y conectado.

–El futuro de las energías renovables: nuevos planes de desarrollo.

–Cambios en el sector salud y medicina derivado del covid19: Biotech, dispositivos médicos, salud digital, prestación asistencial, nuevos fármacos...

–Otros temas que se proponen transversales a los anteriores son:

  • Desarrollo de las infraestructuras 5G/6G, nuevas aplicaciones y utilidades. Ciudades inteligentes, uso de drones, etc.
  • Nuevas tendencias en tecnología de realidad virtual y realidad aumentada.
  • Venta online: plataformas y estrategias de entrada.

2.–Inteligencia competitiva.

Cámara Navarra deberá aportar material relacionado con la inteligencia competitiva y que incluirá:

–Oportunidades de negocio: se entenderá oportunidad de negocio de manera general: una noticia económica, proyecto empresarial en destino, licitación internacional, feria, acuerdo comercial, decisiones políticas con impacto en el comercio internacional o en la inversión en destino, etc. que puedan representar una ocasión para las empresas navarras de cara a su internacionalización en el mercado de destino.

–Estudios sectoriales: se realizarán análisis para segmentos de mercado con un nivel de concreción que permita a la empresa navarra valorar si merece la pena arriesgarse en ese mercado.

3.–Diplomacia comercial.

Las acciones de diplomacia comercial están orientadas a generar acuerdos estratégicos e identificar oportunidades para la región. Cámara Navarra mantiene una alianza permanente con la Cámara de Comercio de España en Nueva York, que cuenta con una amplia red de contactos. Así pues, se promoverá e impulsará las relaciones institucionales entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y distintas oficinas gubernamentales.

4.–Acciones directas de apoyo a la empresa.

Cámara Navarra atenderá las consultas básicas de internacionalización que se reciban en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra respecto a Estados Unidos. Además realizará durante el año 2021 labores de preparación de una misión comercial (directa o inversa, institucional y/o empresarial), del sector que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra determine.

2.ª Coorganización del programa para fomentar la innovación en la internacionalización. Programa Innoxport.

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra incluye dentro del eje 4 de su nuevo PIN una acción relativa a la adaptación, reorientación y mejora de las estrategias de internacionalización de las empresas navarras. Se justifica esta acción por el drástico cambio vivido en la economía mundial y comercio internacional como consecuencia de la pandemia generada por la Covid-19, en la que la innovación, siempre necesaria, cobra una importancia mayor todavía en la situación actual.

Cámara Navarra realizará en 2021 el Programa Innoxport con Fondos FEDER. El objetivo de este programa es fomentar la internacionalización de las pymes a través de la implantación de soluciones que mejoren su competitividad en los mercados exteriores. En este contexto, el programa prevé la realización de las siguientes actuaciones:

–Fase I de asesoramiento personalizado a la pyme en materia de innovación para la internacionalización, en la que Cámara Navarra realiza un análisis de la empresa con el objeto de desarrollar un informe de recomendaciones y un plan de acción.

–Fase II de puesta en marcha del plan de acción, que consiste en una ayuda económica para que la pyme participante pueda poner en marcha y desarrollar el plan de implantación de soluciones innovadoras para la internacionalización.

El procedimiento de captación y selección de las empresas participantes se hará mediante la oportuna convocatoria de ayudas que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Además, se prevé la realización de informes de participación y de actuaciones horizontales o de sensibilización de carácter local, ejecutadas, en ambos casos, por Cámara Navarra.

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra considera de interés este programa, en la línea con el objetivo perseguido en el eje 4 del PIN 4. Por lo tanto, desea participar en el Programa Innoxport, coorganizándolo con Cámara Navarra y asumiendo parte de los costes de personal y contrataciones de servicios para la Fase I. Cámara Navarra ha presupuestado en 18.554,60 euros el coste de ejecución de esta Fase I para un total de 8 empresas.

Una vez finalizada la Fase I de este Programa, Cámara Navarra deberá presentar una memoria final con el detalle de las acciones realizadas.

Segunda.–Obligaciones de Cámara Navarra.

Cámara Navarra se compromete a:

a) Ejecutar las actuaciones encomendadas conforme a las instrucciones impartidas por la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo.

b) Coordinarse con Administración de la Comunidad Foral de Navarra para el diseño y la ejecución consensuada de las acciones organizadas de forma conjunta por las dos instituciones.

c) Recoger en todos los documentos que se generen para el desarrollo de las actuaciones encomendadas y para su difusión que se trata de una acción de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra realizada con la colaboración de Cámara Navarra, y deberán incluirse los logos del Gobierno de Navarra, del PIN4 y Cámara Navarra.

d) Recoger en todos los documentos que se generen en el desarrollo de la actuación coorganizada por el Gobierno de Navarra y Cámara Navarra los logos del Gobierno de Navarra, del PIN4, de Cámara Navarra, Plan Cameral y FEDER.

e) Disponer de los recursos humanos y materiales suficientes que garanticen la eficaz gestión personal y material del servicio objeto de encomienda, la sujeción a los presupuestos de los trabajos y los plazos de ejecución.

f) Cofinanciar a través de Cámara de España y Fondos FEDER, los costes no cubiertos por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para el programa Innoxport.

g) Preparar la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la convocatoria del programa Innoxport.

h) Cumplir con todas las previsiones contenidas en el artículo 38 de la Ley Foral 17/2015 y, en particular, en lo que se refiere a la presente encomienda, hacer pública la percepción de los recursos económicos aquí previstos.

i) Guardar la más absoluta confidencialidad, secreto profesional y reserva de todos los datos e informaciones intercambiados, así como de la documentación derivada que pudiera generarse y tratar la referida información de acuerdo al nivel de confidencialidad y de criticidad de la misma, y a tal fin, aplicar las medidas suficientes de protección física, lógica y de cualquier otra índole necesarias.

j) Difundir activamente todas las acciones del Plan Internacional de Navarra.

Tercera.–Obligaciones de la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo.

La Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo se compromete a:

a) Poner a disposición de Cámara Navarra cuanta información resulte necesaria y realizar las gestiones precisas para facilitar la ejecución de las actuaciones encomendadas.

b) Coordinarse con Cámara Navarra para el correcto desarrollo de las acciones de esta encomienda.

c) Publicar en el Boletín Oficial de Navarra la convocatoria del programa Innoxport, indicando que la acción está coorganizada con Cámara Navarra y cofinanciada con Fondos FEDER.

d) Abonar a Cámara Navarra una cantidad máxima de 29.924,20 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, sin cofinanciación de fondos comunitarios, por la ejecución de las actuaciones enumeradas en la cláusula primera, con el siguiente desglose por actuaciones:

1.ª PLAN DE ACCIÓN EEUU

IMPORTE EN EUROS

–Comunicación y formación

4.100

–Inteligencia competitiva

8.000

–Diplomacia comercial

3.000

–Acciones de apoyo a empresas

4.900

TOTAL

20.000

2.ª PROGRAMA INNOXPORT

IMPORTE EN EUROS

–Fase 1: Asesoramiento

8.902,20

–Informe anual actividad

1.022,00

TOTAL

9.924,20

TOTAL ACTUACIONES 1.ª y 2.ª

29.924,20 euros

Si se producen ejecuciones por encima de lo presupuestado en una actuación podrán compensarse con ejecuciones inferiores en la otra actuación con un máximo del 15% al alza de variación sobre lo presupuestado en la acción siempre que no se supere el presupuesto total.

Cuarta.–Justificación de las acciones realizadas y forma de pago.

Las cantidades recogidas en el apartado anterior compensarán los gastos en que haya incurrido Cámara Navarra para la ejecución de las actividades encomendadas.

Se abonará a Cámara Navarra al presentar ésta una memoria de ejecución final y documentación justificativa de los gastos en que ha incurrido, más concretamente:

a) Certificación de gastos y pagos, emitida por el responsable económico de Cámara Navarra en la que consten los datos del gasto imputado y el pago efectivo hasta el máximo comprometido por la Dirección General de Política de Empresa, Proyección internacional y Trabajo, junto con los justificantes de los mismos.

b) Los gastos de personal se justificarán mediante la presentación de las nóminas de los trabajadores, los documentos TC1 y TC2 de cotización a la Seguridad Social correspondientes al mismo período.

Asimismo, se justificará detalladamente la imputación de horas a las tareas de la encomienda.

c) Los restantes gastos directos se justificarán mediante la presentación de las facturas originales que soporten dichos gastos y justificante bancario acreditativo del pago, así como, la Memoria explicativa del método justo y equitativo empleado para el cálculo de los gastos a prorrata, en su caso.

d) El porcentaje de gastos indirectos, fijado en el 10% de los gastos de personal, se justificará de acuerdo con los costes reales del último ejercicio cerrado, de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas.

e) Entre los gastos no podrán incluirse los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta. Respecto al Impuesto sobre el Valor Añadido que Cámara Navarra tuviera que ingresar en la Hacienda Tributaria como consecuencia de la inversión del sujeto pasivo en los gastos derivados de acciones objeto de la encomienda realizados en el extranjero, cuando cumplan los requisitos para poder ser imputados como gasto, se deberá aportar antes de la finalización de la encomienda en las declaraciones de IVA que correspondan.

El abono de la encomienda se realizará una vez verificadas las justificaciones de la ejecución de las acciones programadas.

La fecha límite para presentar la justificación de las actividades realizadas es el 22 de noviembre de 2021.

Quinta.–Comisión de seguimiento.

Para velar por la adecuada realización de la presente encomienda se constituye una Comisión de seguimiento que presidirá la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, o persona en quien ésta delegue, y de la que formarán parte dos vocales: uno designado por dicha Dirección General y otro por Cámara Navarra.

La presidenta de la Comisión tendrá voto dirimente y designará a la persona que desempeñe la secretaría de la Comisión, que actuará con voz, pero sin voto.

El funcionamiento de la Comisión se regirá por lo dispuesto para los órganos colegiados de las administraciones públicas en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Capítulo IV del Título II de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Sexta.–Resolución de controversias.

Las cuestiones litigiosas o controversias que puedan surgir entre las partes, de no alcanzarse acuerdo al respecto en la Comisión de seguimiento, serán resueltas por el Consejero de Desarrollo Económico y Empresarial y, en su caso, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Séptima.–Duración.

La presente encomienda estará vigente desde su firma hasta el 22 de noviembre de 2021.

Si el desarrollo de las actividades encomendadas lo requiere, este plazo podrá ser prorrogado, a propuesta de la Comisión de seguimiento, por acuerdo expreso de las partes.

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