BOLETÍN Nº 231 - 1 de octubre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 868E/2021, de 19 de agosto, del director general de Medio Ambiente por la que se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Murchante sobre condiciones de la implantación de explotaciones ganaderas intensivas, promovido por el Ayuntamiento de Murchante.

La Modificación ha sido aprobada inicialmente del Ayuntamiento de Murchante el 1 de diciembre de 2020 y sometida a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 304, de 31 de diciembre de 2020.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se trata de una modificación menor, sometida a evaluación ambiental estratégica simplificada.

Con la finalidad de mantener las instalaciones intensivas existentes y la adecuación a las nuevas exigencias sanitarias y de bienestar animal, es objeto de la Modificación suprimir la determinación recogida en el plan municipal por la que las instalaciones de ganadería intensiva deben mantener una distancia mínima de 1.000 m a suelo urbano o urbanizable. Considerando que la citada determinación resulta más restrictiva que la normativa sectorial y en aplicación del artículo 5 del Decreto Foral 148/2003 de 23 de junio, que posibilita la modificación de estas distancias, de forma motivada y justificada, el Ayuntamiento de Murchante tramita la presente Modificación.

La propuesta de distancias mínimas que deben cumplir este tipo de instalaciones, en función de la capacidad de las instalaciones, de las especies anímales y de las UGM, queda reflejada en la normativa del Plan Urbanístico.

La Modificación no implica cambios en las categorías del suelo no urbanizable ni en el régimen de usos y actividades que regula las distintas subcategorías de suelo. Su ámbito de aplicación se corresponde con el suelo que cuenta con la clasificación de suelo de protección de valor para su explotación natural, área regable del Canal de Navarra.

La propuesta presentada responde adecuadamente al informe emitido por la Sección de Prevención de la Contaminación de 26 de febrero de 2021. El Servicio de Biodiversidad informa del procedimiento de evaluación ambiental, considerando que no genera afecciones ambientales significativas y emite informe favorable.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 96/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Estructurante del Plan Municipal de Murchante sobre condiciones de la implantación de explotaciones ganaderas intensivas, promovido por el Ayuntamiento de Murchante, considerando que no tiene efectos ambientales significativos y que no altera el modelo de ordenación territorial de Murchante.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta resolución a la Sección de Urbanismo, y al Ayuntamiento de Murchante, a los efectos oportunos.

Pamplona, 19 de agosto de 2021.–El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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