BOLETÍN Nº 228 - 29 de septiembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 396/2021, de 16 de septiembre, del director general de Educación, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Formación Profesional “Escuela de Estudios Profesionales de Navarra-EPNA”, de Barañáin para impartir enseñanzas de Formación Profesional.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de la entidad “Escuela Navarra de Estudios Profesionales S.L.”, con CIF B71427611 promotora del Centro Privado de Formación Profesional “Escuela de Estudios Profesionales de Navarra-EPNA”, de Barañáin, para que se autorice su apertura y funcionamiento para impartir las enseñanzas de varios ciclos formativos de grado superior de Formación Profesional.

En cumplimiento de lo establecido Título II, Capítulo I, del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1 d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y a propuesta del Servicio de Inspección Educativa,

RESUELVO:

1.º Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Formación Profesional “Escuela de Estudios Profesionales de Navarra-EPNA” de Barañáin, con efectos del inicio del curso 2021/22 para impartir las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior de la familia profesional de Administración y Gestión en las especialidades de “Administración y Finanzas” y “Asistencia a la Dirección”; los ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior de la familia profesional de Comercio y Marketing en las especialidades de “Marketing y Publicidad” y “Comercio Internacional”; y el ciclo formativo de Formación Profesional de grado superior de la familia profesional de Hostelería y Turismo en la especialidad de “Agencias de Viajes y Gestión de Eventos”.

2.º Indicar que los datos del centro que quedarán inscritos en el Registro de Centros Docentes no Universitarios del Gobierno de Navarra serán los siguientes:

–Código de centro: 31015030.

–Titular: “Escuela Navarra de Estudios Profesionales S.L.” con CIF B71427611.

–Denominación Genérica: Centro Privado de Formación Profesional.

–Denominación Específica: “Escuela de Estudios Profesionales de Navarra-EPNA”.

–Domicilio: Plaza de los Sauces 1 y 2.

–Localidad: Barañáin.

–Municipio: Barañáin.

–Enseñanzas autorizadas:

Ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior de la familia profesional de Administración y Gestión en las especialidades de “Administración y Finanzas” y “Asistencia a la Dirección”.

Ciclos formativos de Formación Profesional de grado superior de la familia profesional de Comercio y Marketing en las especialidades de “Marketing y Publicidad” y “Comercio Internacional”.

Ciclo formativo de Formación Profesional de grado superior de la familia profesional de Hostelería y Turismo en la especialidad de “Agencias de Viajes y Gestión de Eventos”.

–Composición máxima autorizada:

Dos unidades en cada uno de los ciclos, una de 1.º curso y otra de 2.º curso –el primer curso en turno de mañana y el segundo curso en turno de tarde– con una capacidad máxima de 10 unidades y 200 puestos escolares y una ocupación máxima simultánea de 5 unidades y 100 puestos en cada turno.

3.º El centro impartirá sus enseñanzas en modalidad presencial y turnos de mañana y tarde, de lunes a viernes, en horario de 8:30 a 21:00 horas.

4.º El centro estará adscrito a efectos administrativos al Centro Integrado en Administración, Comercio e Informática “María Ana Sanz” de Pamplona.

5.º La presente autorización está condicionada a la puesta a disposición por parte del titular ante el Servicio de Inspección Educativa, antes del inicio de la actividad lectiva del equipamiento y mobiliario aportados en la documentación presentada por el titular y del calendario y horario anual de las enseñanzas que se van a impartir; así como a la entrega a lo largo del primer trimestre del curso 2021-2022 del Proyecto Educativo, Programación General Anual y Plan de Convivencia.

Señalar asimismo que el centro deberá garantizar los adecuados y suficientes puestos para la realización de los módulos profesionales de Formación en Centros de Trabajo de los ciclos formativos autorizados.

6.º El titular del centro deberá solicitar la modificación de la autorización o nueva autorización del centro cuando cambien los datos registrales del centro, establecidos en apartado 2.º de la presente Resolución, o cuando se modifiquen sus instalaciones, tal como establece el artículo 34 del citado Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre.

7.º La autorización del centro se extinguirá en los supuestos establecidos en el artículo 35 del citado Decreto Foral 248/2011, de 28 de diciembre.

8.º Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la presente Resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

9.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

10.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Planificación e Innovación de la Formación Profesional, al Servicio de Infraestructuras Educativas, a la Sección de Financiación de Centros Escolares y Ayudas al Estudio, a la Sección de Ordenación Académica, al Centro Integrado en Administración, Comercio e Informática “María Ana Sanz” de Pamplona y al Negociado de Gestión de la Información Escolar.

Pamplona, 16 de septiembre de 2021.–El director general de Educación, Gil Sevillano González.

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