BOLETÍN Nº 217 - 15 de septiembre de 2021

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TUDELA

Declaración de ruina en calle Magdalena, 6

La Junta de Gobierno Local del M.I. Ayuntamiento de Tudela, con fecha 18 de junio de 2021, aprobó, entre otros asuntos, acuerdo, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Primero.–Declarar en situación de ruina el inmueble sito en calle Magdalena, 6 (parcela catastral 877, polígono 5) propiedad de herederos desconocidos de Matías Buñuel Castillo, en base al informe técnico de referencia, por concurrir los supuestos previstos en el artículo 199.2. a) y b) del Texto Refundido de la LFOTU.

Segundo.–Ante la ausencia de moradores, se ordena la demolición del inmueble número 6 de la calle Magdalena, que deberá acometerse en el plazo de 1 mes, a contar desde el siguiente al de la notificación del presente acuerdo. A tal efecto, se requiere a la propiedad para que deje el solar en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato. En caso de no darse cumplimiento a la citada orden, el Ayuntamiento procederá a su ejecución subsidiaria, que según presupuestos solicitados ascienden, sumando coste de proyecto, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud así como la ejecución de las obras, a 9.950 euros, IVA excluido [12.039,50 euros, IVA incluido], según el siguiente desglose:

–Proyecto y Dirección de obra: 1.200 euros IVA excluido (Mari Trini Sanz Serrano).

–Ejecución derribo: 8.750 euros, IVA excluido (ATE & Compactados, S.L.).

Tercero.–Aprobar un gasto por importe de 14.447,40 euros para que, en caso de darse el incumplimiento previsto en el punto 2.º que precede, el Ayuntamiento de Tudela ejecute las obras subsidiariamente; y con cargo a la propiedad, incrementada con el % establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por ejecuciones sustitutorias y órdenes de ejecución (18,08%); y que se imputará a los copropietarios del inmueble en la parte proporcional a la propiedad.

Cuarto.–Publicar anuncio resumido en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Esta declaración de ruina y la adopción de estas medidas no exime a la propiedad de las responsabilidades de todo orden que pudieran serle exigidas por negligencia de los deberes de conservación que le correspondan.

El resto del expediente está a disposición de los interesados en las oficinas municipales (Urbanismo).

Sexto.–Contra este acto cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo/resolución, pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo/la hubiera dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo o resolución; o bien,

b) Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo o resolución.

Lo que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (tablón de edictos Único –TEU–) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 39/2015, de 1 de octubre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a Herederos desconocidos de Matías Buñuel Castillo y a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación de forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Tudela, 3 de septiembre de 2021.–El alcalde, Alejandro Toquero Gil.

Código del anuncio: L2113418