BOLETÍN Nº 216 - 14 de septiembre de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 25 de agosto de 2021, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de las obras de “Abastecimiento a la Ciudad del Transporte-CT (Fases 3.ª y 4.ª) y Polígono Industrial de Elorz”, cuya beneficiaria es “Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A.”.

Con fecha de 25 de agosto de 2020 fue aprobado por el Consejo de Administración de SCPSA el proyecto de trazado y ubicación del bombeo necesarios para el “Abastecimiento a la Ciudad del Transporte-CT (Fases 3.ª y 4.ª) y Polígono Industrial de Elorz”.

Por acuerdo de la Comisión Permanente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona celebrada el día 29 de marzo de 2021 se aprobó el Proyecto correspondiente a la obra “Abastecimiento a la Ciudad del Transporte-CT (Fases 3.ª y 4.ª) y Polígono Industrial de Elorz”, se inició el expediente expropiatorio y se aprobó inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mencionado proyecto. Además, en dicho acuerdo se sometía a información pública por plazo de quince días el mencionado proyecto y la relación de bienes y derechos afectados.

El anuncio de dicha aprobación fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra de 22 de abril de 2021, en el Diario de Navarra y Diario de Noticias del día 23 de abril de 2021 y en los correspondientes tablones de anuncios de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Por acuerdo de la Comisión Permanente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona celebrada el día 28 de junio de 2021, por delegación de la Asamblea General, se aprobó definitivamente el proyecto y se acordó solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, debido a que la llegada de nuevos clientes a las parcelas de la 3.ª y 4.ª Fase, con demandas de agua muy altas y con inicios (en algunos casos) de actividad previstos para finales de este año primeros del próximo, supondrá un tensionamiento de la red de abastecimiento actual que alimenta las instalaciones de la Ciudad del Transporte. Por otra parte, se precisa la necesidad de ejecutar las obras en el verano para realizar los movimientos de tierras en las parcelas de cultivo en la época de menos lluvias para minimizar las afecciones sobre los suelos productivos tal y como ha sido solicitado por los cultivadores. Estas fechas además garantizan una mejor ejecución técnica, así como una mayor seguridad para los trabajadores que realizan las labores de excavación y colocación de tuberías.

Consta en el expediente certificado de la Secretaria de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, acreditativo de que por Resolución del Director-Gerente de Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A., se acordó ordenar que la cantidad necesaria para hacer frente al pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados y demás obligaciones de contenido económico derivadas del procedimiento expropiatorio quede disponible en las cuentas de Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A., de tal manera que quede garantizado el pago de las cantidades determinadas como justiprecio a los afectados.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y comprobada la existencia de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de las obras de “Abastecimiento a la Ciudad del Transporte-CT (Fases 3.ª y 4.ª) y Polígono Industrial de Elorz”, cuya beneficiaria es “Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A.”.

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Pamplona, 25 de agosto de 2021.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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