BOLETÍN Nº 206 - 2 de septiembre de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CORTES

Convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas, mediante concurso-oposición restringido y en régimen de funcionario de una plaza de Encargado de Servicios Auxiliares

Por Resolución de Alcaldía número 323/2021 de fecha 17 de agosto, se han aprobado las bases de la convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas mediante concurso-oposición restringido y en régimen de funcionario de una plaza de Encargado de Servicios Auxiliares al servicio del Ayuntamiento de Cortes.

Contra la presente resolución de alcaldía caben interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Cortes, 17 de agosto de 2021.–El alcalde, Fernando Sierra Estoduto.

BASES

Convocatoria para la provisión de una plaza de encargado de servicios auxiliares al servicio del ayuntamiento de Cortes, mediante concurso-oposición restringido y en régimen funcionarial

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición en turno restringido, de un puesto de trabajo, de Encargado de Servicios Auxiliares en régimen funcionarial, identificado en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Cortes con el número 11.

1.2. El nombramiento conferirá al designado/a, a todos los efectos, el carácter de funcionario del Ayuntamiento de Cortes desde la fecha de toma de posesión siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel C, correspondiente al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra así como las retribuciones complementarias establecidas en la Plantilla Orgánica.

1.4. La jornada de trabajo anual se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

1.5. Las funciones a desempeñar serán adecuadas a la categoría de la convocatoria, propias de su nivel; entre otras, de manera enunciativa y no excluyente, las siguientes determinadas por el estudio y valoración de puestos de trabajo:

Responsabilidades generales de supervisión.

–Responsabilizarse del cumplimiento de los programas de trabajo de mantenimiento y servicios múltiples y del buen funcionamiento de las infraestructuras y equipamientos municipales, a través de la organización de los trabajos, coordinación y supervisión de los recursos humanos y materiales adscritos a la brigada, así como de empresas proveedoras y subcontratadas.

–Realizar tareas de ejecución de trabajos según las necesidades del área: mantenimiento, obras, electricidad, etc.

–Dirigir y organizar al personal adscrito al área, estimulando la motivación, iniciativa, cohesión y desarrollo del equipo.

–Cumplir y hacer cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales

–Planificar y realizar el seguimiento y control del trabajo de la brigada, distribuyendo las cargas de trabajo del equipo en base a los recursos disponibles y los plazos previstos.

–Diseñar, coordinar y ejecutar el calendario laboral anual, cuadrantes o turnos y realizar el seguimiento de la asistencia, control horario, absentismo, etc. del personal bajo su cargo.

–Prestar al personal a su cargo los apoyos técnicos que precise y propiciar su formación y desarrollo en coherencia con las exigencias de la organización.

–Supervisar que se cumplen todas las medidas de seguridad necesarias en cada una de las tareas.

Funciones específicas.

–Estar en contacto permanente con el alcalde para atender las necesidades que van surgiendo y planificar en consecuencia las acciones necesarias para dar respuesta a los requerimientos.

–Distribuir diariamente los trabajos y supervisar que se hagan correctamente.

–Proporcionar a la brigada los materiales, herramientas, epis en cada momento, suministrando los recambios que sean necesarios.

–Realizar las compras de materiales, recambios y productos químicos.

–Llevar las fichas técnicas de seguridad.

–Llevar los libros de mantenimiento de las herramientas y de los vehículos.

–Llevar el Control de vacaciones y permisos de la brigada.

–Llevar los vehículos al taller para realizar el mantenimiento de los mismos.

–Realizar encargos y compras.

–Reparto de comida.

–Proponer cuantas mejoras se estimen oportunas para el buen funcionamiento de los servicios públicos.

–Responsabilizarse del cumplimiento del programa de trabajo a realizar, informando de la marcha del área.

–Resolver las averías, incidencias, emergencias, dificultades y desviaciones que se produzcan, efectuando las oportunas acciones correctoras coordinando al personal, incluso fuera del turno habitual.

–Estar disponible y localizable fuera del turno habitual (especial disponibilidad).

–Responsabilizarse del buen uso, conservación y mantenimiento de las instalaciones y medios existentes en el área.

–Responsabilizarse de la implantación y mantenimiento del orden y limpieza, tanto en el almacén como en los trabajos que se realicen en la vía publica o en edificios.

–Realizar las tareas propias de su profesión y apoyar el trabajo de la brigada.

Y en general, desarrollar todas aquellas tareas análogas a las anteriormente descritas y propias del puesto de trabajo que por razón del servicio se le encomienden.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso-oposición restringido, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario del Ayuntamiento de la Villa de Cortes y hallarse encuadrado en el nivel D.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

c) Hallarse en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

La ausencia del requisito de titulación podrá suplirse por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en la Administración Pública.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado o inhabilitada ni suspendido o suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Hallarse en posesión del carnet de conducir clase B.

2.2. Los requisitos expresados deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza en el plazo y forma previstos en la Base 7 de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.–Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del ayuntamiento de Cortes, y deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de ésta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes, personalmente en las oficinas del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general. Podrán utilizarse también los demás medios de presentación de solicitudes que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Si dicho plazo finaliza en sábado o en día inhábil, se entenderá referido al primer día hábil siguiente

3.2. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I.

3.3. A la misma se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia de los méritos que aporte a la convocatoria para su valoración conforme a la base 6.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad.

c) Original o fotocopia de la titulación académica requerida en el apartado c) de la base 2.1.

d) Copia simple del Carnet de conducir B1 o equivalente.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

3.6. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación original o fotocopia compulsada de la condición legal de discapacitado, expedida por el órgano competente.

Para solicitar adaptación de tiempos y medios, los y las aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante copia de uno de los siguientes documentos:

–Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

–Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

3.7. Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cortes dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace: https://cortes.sedelectronica.es/transparency/6b64fbf7-6340-4d95-8ee2-79d3f3eb591c/

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace https://cortes.sedelectronica.es/transparency/6b64fbf7-6340-4d95-8ee2-79d3f3eb591c/

En el caso de que no haya personas excluidas para la lista provisional se realizará lista definitiva de admitidos.

4.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

4.5. En la Resolución aprobatoria de dicha lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización del ejercicio de la oposición y la composición definitiva del Tribunal. Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios mediante publicación en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortes.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Fernando Sierra Estoduto, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: Antonio Alba Baya, Primer Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal: Francisco Javier Catalán Ibáñez, oficial de Aguas del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: pendiente de designar.

Vocal: Ana Ruiz Reinaldos, interventora del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: pendiente de designar.

Vocal: Luis Morales Cerdán, representante del personal del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente: pendiente de designar.

Vocal Secretario: Jesús Litago Zardoya, secretario del Ayuntamiento de Cortes o persona en quien delegue.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente/a y del Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, pudiendo ser también sustituto/a de éstos los designados como vocal-suplente en el supuesto de darse la situación de ser necesaria una segunda suplencia.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la de oposición.

6.2. La oposición dará comienzo a partir del mes de octubre de 2021

6.3. Fase del concurso: la fase de concurso, sin carácter eliminatorio se realizará con carácter previo a la fase de oposición y tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

6.3.a) Por cada año de servicio prestado en el Ayuntamiento de Cortes en el puesto de Servicios Auxiliares: 1 punto por año de servicio.

6.3.b) Al término de la fase de concurso, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cortes, la puntuación obtenida, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general.

6.4. Fase de Oposición: Constará de la siguiente prueba:

6.4.1. Única prueba: De carácter teórico práctico. Consistirá en la contestación por escrito, de varias preguntas breves o tipo test relacionadas con los temas del Anexo II.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 60 puntos, debiéndose obtener una calificación mínima de 30 puntos para aprobar. Las respuestas incorrectas serán objeto de penalización, en la forma que se indicará por el Tribunal calificador antes de su realización.

El sistema a utilizar en la prueba será el de plicas cerradas salvo que únicamente se presente un aspirante. Terminada la corrección del ejercicio el Tribunal calificador procederá a la publicación, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes la lista con las calificaciones obtenidas, así mismo se indicará el día y hora de la apertura pública de las plicas.

6.4.2. El Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cortes y en el Portal de Transparencia de la sede electrónica los resultados provisionales del ejercicio de la oposición. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general.

6.4.3. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, debiendo los aspirantes acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos mencionados.

6.4.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para quienes tengan discapacidad reconocida y lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortes la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, y elevará al Alcalde-Presidente propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta se publicará en el tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra.

La puntuación total será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de concurso y la obtenida en la fase de oposición.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el ejercicio de la fase de la oposición. De persistir el empate, el desempate se realizará por sorteo público.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Cortes los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y en concreto los siguientes:

a) Certificado médico oficial acreditativo de que el interesado no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si las personas aspirantes hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

b) Declaración jurada o solemne de que la persona no se halla inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

Las personas aspirantes propuestas que no tengan la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

d) Permiso de residencia y trabajo, en caso de personas ciudadanas de otros países que no pertenezcan a la Unión Europea en los supuestos legalmente establecidos.

e) Las personas aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, el aspirante propuesto no presentase dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo, y aportados por el aspirante aprobado con mayor puntuación los documentos a que se refiere la Base 7.2 anterior, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cortes, resolverá su nombramiento como funcionario del Ayuntamiento de Cortes para desempeñar el puesto de trabajo de Encargado de Servicios Auxiliares.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.3. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión en su puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo los supuestos de fuerza mayor suficientemente justificados, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Cortes. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4 de la presente convocatoria.

9.–Protección de datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a los candidatos de lo siguiente:

El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados por los participantes es el Ayuntamiento de Cortes.

La finalidad del tratamiento es la selección de personal y provisión del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.

La base jurídica es: artículo 6.1.b) del RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales y artículo 6.1.c) del RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra).

Los datos se comunicarán en los supuestos legalmente previstos (RDL 5/2015, de 30 de octubre) incluida la publicación en el portal de transparencia de acuerdo con el artículo 19.2. f. de la Ley Foral 5/2018.

Los titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales o a través de la web donde encontrará más información https://cortes.sedelectronica.es/info.11

También puede contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección dpd@cortes.es y presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.

10.–Recursos.

10.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de su aplicación, cabe interponer optativamente los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación.

c) Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la publicación o notificación.

10.2. Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido en el Portal de Transparencia de la sede electrónica ante el Alcalde del Ayuntamiento de Cortes.

ANEXO I

Modelo de instancia que debe descargarse en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace:

https://cortes.sedelectronica.es/transparency/6b64fbf7-6340-4d95-8ee2-79d3f3eb591c/

ANEXO II

Temario

1.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Los interesados en el procedimiento, la capacidad de obrar y el concepto de interesado, representación, identificación y firme de los interesados en el procedimiento administrativo. De la actividad de las Administraciones Públicas, normas generales, Registros, silencio administrativo, términos y plazos (cómputo). Actos administrativos: Requisitos. Eficacia, notificación. El procedimiento administrativo común. Garantías. Fases. Recursos administrativos: Principios generales, el recurso de alzada y el recurso de reposición.

2.–Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad de la Administración Pública y de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Funcionamiento electrónico del sector público.

3.–Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Título II: El Municipio. Capítulo I: Territorio y Población. Capítulo II: Organización. Título V: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales: Capítulo I: Régimen de funcionamiento. Capítulo IV: Información y participación ciudadana.

4.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título I: El municipio como Entidad Local de Navarra. Título III: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y participación ciudadanas. Título IV: Bienes de las Entidades Locales. Título V: Actividades, servicios y obras. Título IX: El procedimiento y régimen jurídico, impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales de Navarra.

5.–Conocimiento general de la localidad de Cortes, callejero, patrimonio cultural e historia.

6.–Reglas básicas de aritmética y geometría.

7.–Reglas básicas de escritura y ortografía.

8.–Conocimientos básicos de normas de seguridad, de higiene en el trabajo, así como de barreras arquitectónicas.

9.–Conocimientos de soldadura y manejo básico de maquinaria de ajuste.

10.–Conceptos generales de albañilería. Herramientas. Materiales. Solado y alicatado. Encofrados y levante de muros.

11.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magnetotérmicos y diferenciales.

12.–Circuitos de alumbrado básico: Interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

13.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

14.–Comprensión de esquemas eléctricos y de fontanería.

15.–Mecánica. Manejo, mantenimiento, inspección y reparación de maquinaria, vehículos, herramienta y utillaje municipales. Control de almacén.

16.–Mantenimiento de edificios y mobiliario urbano. Pintura.

17.–Las labores de conservación de la red de riego: Mantenimiento preventivo de la instalación de riego. Aspersores, difusores, sistema de goteo e inundaciones. Codos, tes, llaves de paso y de corte. Electroválvulas. Filtros. Sensores de lluvia.

18.–Las labores de conservación en céspedes y praderas (riego y tipos; siega del césped; escarificado; aireados; perfilados; resiembra. Restitución mediante tepes); las labores de conservación en árboles y arbustos (riego y tipos. Cavas y escardas; podas; entutorar), las labores de conservación de las plantas de flor y bulbosas (riego y tipos; aporte de sustrato; preparación del terreno; limpieza y retirada).

19.–Labores de creación y/o reposición en jardinería. Reposiciones y siembras del césped (finalidad, formas de resiembra, época de realizarlas, drenajes y tipos), reposición de árboles, arbustos y plantas de flor (árboles, plantas anuales, plantas bianuales, plantas bulbosas, plantas vivaces), la preparación del terreno. Drenajes. Tipos de drenajes. Las diferentes formas de plantación. El marco de plantación y elección de especies.

20.–Labores de poda: poda del arbolado, necesidades de poda especies. Principios de la poda (objetivos, clases, época y frecuencias, forma de realizar los cortes). Poda de arbustos, sub-arbustos y setos (necesidades de poda especies, factores a considerar, tipos de poda, realización de la poda, época de poda).

Código del anuncio: L2112627