BOLETÍN Nº 193 - 18 de agosto de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANDOSILLA

Delegación de alcaldía para celebración de matrimonios civiles

El acalde-presidente de Ayuntamiento de Andosilla mediante Resolución 315/2021, de 2 de agosto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 35/1994 de 23 de diciembre e Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes, teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, sobre delegación de atribuciones de Alcaldía, a excepción de las indicadas en los artículos 21.3 y 71 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51.1.º del Código Civil, acordó delegar las funciones que a esta alcaldía corresponden para la celebración de matrimonios civiles en el concejal del Ayuntamiento de Andosilla que a continuación se indica, cuando así lo soliciten los contrayentes:

JOSÉ RAMÓN GURREA SÁENZ

Andosilla, 2 de agosto de 2021.–El alcalde, Francisco Javier Sanz Itarte.

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