BOLETÍN Nº 192 - 17 de agosto de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 70E/2021, de 19 de julio, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por la que se aprueba inicialmente el expediente de Plan de Conjunto del Paisaje Singular Montejurra, promovido por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos en colaboración con los Ayuntamientos de Aberin, Arellano, Arróniz, Ayegui / Aiegi, Barbarin, Dicastillo, Estella-Lizarra, Igúzquiza, Luquin, Morentin y Villamayor de Monjardín.

El 14 de mayo de 2021 se suscribió el Convenio de Colaboración Urbanística entre el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos y los Ayuntamientos de Aberin, Arellano, Arróniz, Ayegui / Aiegi, Barbarin, Dicastillo, Estella-Lizarra, Igúzquiza, Luquin, Morentin y Villamayor de Monjardín, para el desarrollo de la protección, ordenación y gestión del Paisaje Singular Montejurra.

El instrumento urbanístico tiene por objeto delimitar el ámbito del paisaje singular Montejurra y establecer el régimen del valor paisajístico en parte de los términos municipales citados y en las facerías número 29 Aranbeltza (Arellano, Arróniz y Dicastillo) y 67 Montejurra (Villamayor de Monjardín, y concejos de Ázqueta y Urbiola).

De conformidad con el convenio citado, el Departamento se comprometió a elaborar y tramitar un Plan de Conjunto en el plazo de tres meses desde su firma, contando para tal fin con la asistencia técnica de Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (NASUVINSA), que ha realizado el trabajo en el marco del encargo efectuado por la Dirección General de Ordenación del Territorio a dicha empresa para la asistencia técnica en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

NASUVINSA ha presentado el expediente de Plan de conjunto del Paisaje Singular Montejurra ante el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, por lo que procede su aprobación inicial.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación inicial.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 262/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos,

ORDENO:

1.º Aprobar inicialmente el expediente de Plan de Conjunto del Paisaje Singular Montejurra, promovido por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos en colaboración con los Ayuntamientos de Aberin, Arellano, Arróniz, Ayegui / Aiegi, Barbarin, Dicastillo, Estella-Lizarra, Igúzquiza, Luquin, Morentin y Villamayor de Monjardín.

2.º Someter el expediente de Plan de Conjunto, por un plazo de cuarenta y cinco días, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los Ayuntamientos afectados, a los efectos del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y lo establecido en el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio (TRLFOTU); mediante la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, así como en los diarios editados en la Comunidad Foral de Navarra.

A tales efectos, el expediente se podrá consultar en la siguiente dirección electrónica www.ExposicionpublicaOT.navarra.es a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, pudiéndose presentar, por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se estimen oportunas, a través del Registro del Gobierno de Navarra.

Asimismo, el expediente se podrá consultar en formato papel en cada uno de los Ayuntamientos incluidos en el ámbito del Plan de Conjunto. Los Ayuntamientos incluidos en el ámbito del Plan de Conjunto prestarán, en su caso, asistencia administrativa para el registro de los escritos de alegaciones, sin perjuicio de su presentación en cualquiera de los registros u oficinas señalados en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.º Suspender el otorgamiento de licencias en todo el ámbito delimitado por el Plan de Conjunto, desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, cuyas nuevas determinaciones suponen modificación del régimen urbanístico vigente, conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del TRLFOTU.

4.º Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Territorio y Paisaje, al Servicio Jurídico y de Planificación territorial; a los Ayuntamientos de Aberin, Arellano, Arróniz, Ayegui / Aiegi, Barbarin, Dicastillo, Estella-Lizarra, Igúzquiza, Luquin, Morentin y Villamayor de Monjardín; a los concejos de Ázqueta, Urbiola e Igúzquiza; a Mancomunidad de Montejurra, a la Confederación Hidrográfica del Ebro; y a Delegación de Defensa en la Comunidad Foral de Navarra.

Pamplona, 19 de julio de 2021.–El consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, José María Aierdi Fernández de Barrena.

Código del anuncio: F2111565