BOLETÍN Nº 191 - 16 de agosto de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VALLE DE EGÜÉS

Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de cursos y actividades culturales municipales

El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés, en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2021, adoptó acuerdo aprobando inicialmente la modificación del Artículo 4 de Tarifas en su punto B) Devolución de las Tarifas, de la Ordenanza reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de cursos y actividades culturales municipales

El anuncio de la aprobación inicial de dicha modificación y de su exposición reglamentaria se publicó en el Boletín Oficial de Navarra, número 133, de 8 de junio de 2021, y en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Durante el plazo de información pública no se presentaron alegaciones a las mismas. En virtud de lo establecido al respecto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, queda aprobada definitivamente, con arreglo al texto que se adjunta.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y demás legislación de aplicación.

Nueva redacción del artículo 4 Tarifas, punto B) Devolución de las Tarifas, de la Ordenanza reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de cursos y actividades culturales municipales:

“B.–Devolución de las tarifas.

Cuando por causas no imputables al obligado al pago de la tarifa la actividad no se desarrolle o celebre, será devuelto el importe satisfecho.

Solamente se devolverá el importe de la actividad si se solicita por escrito en el registro del Ayuntamiento del Valle de Egüés antes de la fecha indicada por el Ayuntamiento en cada proceso de inscripción, en cuyo caso se retendrá un 15% del importe total de la tasa en concepto de gastos de gestión. En caso de la presentación por escrito de la solicitud de baja de un curso ya comenzado, el área correspondiente procederá a la evaluación del caso concreto y a la resolución del mismo pudiendo ser denegada la devolución de la tasa.

Aquellos/as alumnos/as que acumulen un mínimo de 8 faltas no justificadas, causarán baja automática en el curso sin derecho a la devolución de la tarifa abonada.”

Sarriguren-Valle de Egüés, 22 de julio de 2021.–La alcaldesa, Amaia Larraya Marco.

Código del anuncio: L2111456