BOLETÍN Nº 191 - 16 de agosto de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Extracto de convenio con el colegio de abogados (MICAP) para que la “Oficina de Mediación Hipotecaria” (OFIMEH) siga en funcionamiento un año más, concluyendo el 31 de agosto de 2021. BDNS (Identificación): 576851

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web municipal.

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/576851.

1.–Objeto del convenio.

El objeto del presente Convenio, es la prestación del servicio de intermediación y asesoramiento a las personas que se encuentran en alguna de las situaciones que a continuación se exponen, facilitando la información necesaria sobre las formas y posibilidades de abordar las dificultades de pago de la hipoteca de su vivienda o domicilio habitual frente a las entidades bancarias con las que han concertado un crédito.

Serán destinatarios del servicio los residentes en viviendas ubicadas en la Ciudad de Pamplona, propietarios de una vivienda que constituya su domicilio habitual y permanente, que puedan verse afectados por situaciones de riesgo residencial y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

–Que todavía no hayan dejado de pagar la cuota hipotecaria pero necesiten información de las posibilidades y de las consecuencias derivadas de un posible impago.

–Que no hayan dejado de pagar pero busquen una solución con la entidad financiera dado que se prevé que no se podrán pagar las cuotas futuras (se requiere intermediación para conseguir mejores condiciones para poder continuar pagando).

–Que se haya dejado de pagar pero todavía no se haya interpuesto demanda (se solicita orientación y se interviene ya con la entidad financiera para evitar la interposición de la demanda).

–Que se haya dejado de pagar, se haya interpuesto demanda y el ciudadano se encuentre inmerso en cualquiera de las fases procesales, incluso en la de lanzamiento

2.–Plazo de realización de las acciones subvencionables.

El presente convenio obtendrá vigencia de un año, a contar desde el 1 de septiembre de 2020, concluyendo el 31 de agosto de 2021.

3.–Crédito presupuestario al que se imputa la subvención e importe de la misma.

Importe de la subvención: 25.500 euros.

Partida presupuestaria: 30/15220/482090.

4.–Incompatibilidad de la subvención.

La percepción de la subvención municipal es incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administración, entidad o persona.

Pamplona, 26 de julio de 2021.–El alcalde, Enrique Maya Miranda.

Código del anuncio: L2111642