1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 539/2020, de 17 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se modifica la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprobaban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación.
El Director del Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas propone introducir una modificación en los Anexos VI, VII, VIII y IX de la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación, ya que presentan unas divergencias de tipo técnico por error.
En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Aprobar las modificaciones en los Anexos VI, VII, VIII y IX de la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación, de la siguiente manera.
En el Anexo VI. 11.2.3. Tareas c).
Donde dice:
–El texto a mediar tendrá una extensión de entre 200 y 250 palabras.
Debe decir:
–El texto a mediar tendrá una extensión de entre 200 y 225 palabras.
En el Anexo VII 7.1. Mediación Escrita.
Donde dice:
–Textos orales.
Debe decir:
–Textos escritos.
En el Anexo VIII. 4.3.2. Producción y coproducción.
Donde dice:
–Máximo total de 100 palabras.
Debe decir:
–Máximo total de 75 palabras.
Sobre el mismo tema, en el Anexo IX. 10.2. Producción y coproducción oral: características y formato.
Donde dice:
–Máximo total de 100 palabras.
Debe decir:
–Máximo total de 75 palabras.
Finalmente, en el Anexo IX. Mediación escrita. 11.1.3. Tareas., falta el apartado c) soportes.
Debe decir:
c) Soportes.
–Incluirán el tema del currículo en el que se inscribe la tarea.
–El texto de entrada estará en L2 y no superará las 500 palabras.
–El texto de entrada contendrá información relevante y no relevante para el contexto de manera que el candidato tenga que elegir la información relevante para la situación planteada en la consigna.
–Los soportes incluirán el saludo, la introducción y la despedida del texto en el que se enmarque la mediación.
–Se reservarán espacios (margen o columna) para la anotación de las puntuaciones parciales por criterio y para los comentarios del examinador.
2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Trasladar la presente Resolución a los Servicios de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas y de Inspección Educativa, a las Secciones de Lenguas Extranjeras y de Ordenación Académica y a las Escuelas Oficiales de Idiomas de Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 17 de diciembre de 2020.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.
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