BOLETÍN Nº 19 - 27 de enero de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 539/2020, de 17 de diciembre, del Director General de Educación, por la que se modifica la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprobaban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación.

El Director del Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas propone introducir una modificación en los Anexos VI, VII, VIII y IX de la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación, ya que presentan unas divergencias de tipo técnico por error.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar las modificaciones en los Anexos VI, VII, VIII y IX de la Resolución 430/2020, de 16 de octubre, del Director General de Educación, por la que se aprueban las especificaciones de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y se establecen los requisitos de promoción y certificación, de la siguiente manera.

En el Anexo VI. 11.2.3. Tareas c).

Donde dice:

–El texto a mediar tendrá una extensión de entre 200 y 250 palabras.

Debe decir:

–El texto a mediar tendrá una extensión de entre 200 y 225 palabras.

En el Anexo VII 7.1. Mediación Escrita.

Donde dice:

–Textos orales.

Debe decir:

–Textos escritos.

En el Anexo VIII. 4.3.2. Producción y coproducción.

Donde dice:

–Máximo total de 100 palabras.

Debe decir:

–Máximo total de 75 palabras.

Sobre el mismo tema, en el Anexo IX. 10.2. Producción y coproducción oral: características y formato.

Donde dice:

–Máximo total de 100 palabras.

Debe decir:

–Máximo total de 75 palabras.

Finalmente, en el Anexo IX. Mediación escrita. 11.1.3. Tareas., falta el apartado c) soportes.

Debe decir:

c) Soportes.

–Incluirán el tema del currículo en el que se inscribe la tarea.

–El texto de entrada estará en L2 y no superará las 500 palabras.

–El texto de entrada contendrá información relevante y no relevante para el contexto de manera que el candidato tenga que elegir la información relevante para la situación planteada en la consigna.

–Los soportes incluirán el saludo, la introducción y la despedida del texto en el que se enmarque la mediación.

–Se reservarán espacios (margen o columna) para la anotación de las puntuaciones parciales por criterio y para los comentarios del examinador.

2.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución a los Servicios de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas y de Inspección Educativa, a las Secciones de Lenguas Extranjeras y de Ordenación Académica y a las Escuelas Oficiales de Idiomas de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de diciembre de 2020.–El Director General de Educación, Gil Sevillano González.

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