BOLETÍN Nº 184 - 6 de agosto de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ORDEN FORAL 28/2021, de 5 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se designan los miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Foral de Navarra.

Con fecha 25 de marzo de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 72, la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

El capítulo V de la Ley Orgánica 3/2021 regula las Comisiones de Garantía y Evaluación que deberán crearse en todas las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla, a los fines de esta ley orgánica. Se señala en el artículo 17 que la composición de cada una de ellas tendrá carácter multidisciplinar y deberá contar con un número mínimo de siete miembros entre los que se incluirán personal médico, de enfermería y juristas. Asimismo, establece que las mismas deberán constituirse en el plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor del mencionado artículo 17, la cual se produjo el día siguiente a la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado, a diferencia del resto de la ley orgánica.

Con fecha 29 de julio de 2021 se ha aprobado el Decreto Foral 71/2021, de 29 de julio, por el que se crea la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Foral de Navarra y el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para realizar la prestación de ayuda para morir.

Su artículo 4 dispone que la composición de la comisión tiene carácter multidisciplinar, formada por un mínimo de nueve miembros, e incluirá necesariamente tres profesionales de medicina, dos de enfermería, tres personas licenciadas en derecho, y uno o dos profesionales del ámbito psicosocial.

Su artículo 5 dispone que la persona que ostente la presidencia, así como las y los miembros de la comisión serán nombrados por la persona titular del departamento competente en materia de salud por un período de cuatro años, pudiendo ser prorrogados en su nombramiento, una sola vez, por el mismo período.

Asimismo, se contempla que, tanto la propuesta como el nombramiento, incluyan vocales y suplentes, uno por cada ámbito profesional que integra la comisión, que actuarán en caso de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otra causa legal que lo justifique.

Finalmente, el mismo artículo señala que la comisión tendrá un secretario o secretaria, con licenciatura en Derecho, cuyo nombramiento se realizará por la persona titular del departamento competente en materia de salud que tendrá voz, pero no voto, en las sesiones de la comisión. El secretario o secretaria designada no formará parte de los miembros de la comisión.

En cumplimiento de la normativa anterior, procede nombrar a las y los miembros titulares y suplentes que compondrán dicha comisión, así como al presidente o presidenta de la misma y persona que lleve a cabo las labores de secretaría de la comisión.

Todas ellas son personas con formación o experiencia de trabajo en bioética o acreditada experiencia en el tratamiento de enfermedades con padecimientos graves o incurables, y formación y experiencia en derecho sanitario y bioética en el caso del derecho, tal y como dispone el decreto foral en su artículo 4.

En virtud del artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidenta o Presidente, y del artículo 5 del Decreto Foral 71/2021, de 29 de julio, por el que se crea la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Foral de Navarra y el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para realizar la prestación de ayuda a morir,

ORDENO:

1.º Designar miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Foral de Navarra a las siguientes personas:

1.1. Profesionales de medicina:

Vocales:

Doña Helena Escalada Pardo.

Doña Luisa Garcés Ducar.

Doña Victoria Acha Arrieta.

Don Mauro Loinaz Bordonaba.

Suplente:

Don Ángel Sampériz Legarre.

1.2. Profesionales de enfermería:

Vocales.

Doña Oihane Vieira Galán.

Doña Ana Rosa Gómez Martínez.

Suplente.

Doña María José González García.

1.3. Vocales licenciados en derecho:

Vocales.

Doña María Luisa Arcos Vieira.

Don Juan Luis Beltrán Aguirre.

Doña Leticia Jericó Ojer.

Doña María Jorqui Azofra.

Suplente.

Doña Leire Elizalde Urtasun.

1.4. Profesionales del ámbito psicosocial.

Vocales.

Doña Raquel Ruiz Ruiz.

Don Xabier Les Lacosta.

Suplente.

Doña Raquel Suescun De Carlos.

2.º Designar a doña María Luisa Arcos Vieira, Presidenta de la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Foral de Navarra.

3.º Designar a doña Pilar García García, Secretaria General Técnica del Departamento de Salud, como Secretaria de la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de la Comunidad Foral de Navarra.

Suplente: Doña Marta Beamonte Arejula, Jefa del Servicio de Régimen Jurídico del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

4.º Las personas designadas ejercerán su cargo por un período de cuatro años pudiendo ser prorrogados en su nombramiento una sola vez el mismo período.

5.º Notificar esta orden foral a las personas interesadas y trasladar la misma a la Dirección General de Salud y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud.

6.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 5 de agosto de 2021.–La consejera de Derechos Sociales en sustitución de la consejera de Salud (Firma por suplencia, de conformidad con el Decreto Foral 40/2021, de 26 de julio, de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra), M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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