BOLETÍN Nº 179 - 2 de agosto de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1/2021, de 2 de julio, de la Directora General de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se amplía hasta el 1 de septiembre de 2021 el plazo para el restablecimiento total de la oferta de los servicios de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de titularidad de la Comunidad Foral de Navarra.

Mediante Resolución 95/2021, de 21 de junio, de la Directora General de Transportes, se resolvió restablecer la totalidad de los servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general de los que es competente la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que fueron objeto de reducciones a consecuencia del COVID-19, a partir del día 5 de julio de 2021, conforme a la oferta de servicios que figura en cada uno de los títulos concesionales y en la forma en que venían prestando con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

Con fechas 30 de junio y 1 de julio de 2021, varias empresas concesionarias han solicitado la ampliación del citado plazo hasta el 1 de septiembre de 2021, alegando dificultades para articular las medidas organizativas necesarias para el restablecimiento total de los servicios para la fecha del 5 de julio de 2021, en la forma en que se venían prestando con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

Esta Administración teniendo en cuenta los argumentos expuestos en las solicitudes y que las dificultades alegadas pueden ser extensibles al resto de las empresas concesionarias de servicios de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de titularidad de la Comunidad Foral de Navarra, considera procedente ampliar el plazo para el restablecimiento total de los servicios hasta el 1 de septiembre de 2021, fecha en la cual se incrementará la demanda al iniciarse el periodo lectivo.

En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas por el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda del Decreto Foral 263/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial, y de conformidad con lo propuesto por el Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes,

RESUELVO:

1.º Ampliar hasta el 1 de septiembre de 2021 el plazo establecido en la Resolución 95/2021, de 21 de junio, de la Directora General de Transportes, para restablecer la totalidad de los servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general de los que es competente la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que fueron objeto de reducciones a consecuencia del COVID-19, en la forma en que venían prestando con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

2.º Indicar a las empresas que prestan servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general competencia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que si con anterioridad al restablecimiento de los servicios en la fecha indicada en el apartado anterior, la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible detecta necesidades de movilidad que considera conveniente atender efectuará el correspondiente requerimiento a las empresas afectadas que deberán atenderlo en los plazos y condiciones que señale la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible.

El incumplimiento de dicho requerimiento conllevará las actuaciones administrativas correspondientes y será considerado a efectos de lo dispuesto en el apartado 1.1 de la Resolución 365/2009, de 1 de diciembre, de la Directora General de Transportes.

3.º Indicar a las empresas que prestan los servicios que deberán informar adecuadamente a la Dirección General de Transportes y Movilidad Sostenible, a los Ayuntamientos implicados, a las Estaciones de autobuses y a las personas usuarias del restablecimiento progresivo de los servicios.

4.º Notificar esta Resolución a las empresas que prestan servicios de transporte regular de viajeros por carretera de uso general de titularidad de la Comunidad Foral de Navarra.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Indicar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cohesión Territorial en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Resolución agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra o, en su caso al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 2 de julio de 2021.–La directora general de Transportes y Movilidad Sostenible, Berta Miranda Ordobás.

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