BOLETÍN Nº 174 - 27 de julio de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CADREITA

Aprobación definitiva de aplicación de las contribuciones especiales de la obra acondicionamiento de la avenida de Navarra

El Pleno del Ayuntamiento Cadreita adoptó el siguiente:

ACUERDO:

Aprobar inicialmente el acuerdo de ordenación concreto de contribuciones especiales con el siguiente contenido:

–Base imponible:

El coste total al que asciende el importe de la obra, aplicándose a contribuciones especiales el 10,50% del coste de la obra, incluidos honorarios y dirección de obra.

Se ha previsto la base de licitación en 546.770,64 euros IVA excluido de la cual 66261,24 euros se recaudarán vía contribuciones especiales.

Esta cantidad se fija, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley Foral de Haciendas Locales, con el carácter de mera previsión y será objeto, en su caso, de la oportuna rectificación, una vez terminadas las obras y conocido el coste real de las mismas.

–Sujetos pasivos:

Se aprueba la relación de sujetos pasivos y las cuotas individuales resultantes de aplicar la cantidad a repartir entre los beneficiarios, el valor del módulo aplicable.

Se adjunta a la minuta de la sesión.

La cuota atribuible a las comunidades de propietarios afectadas, podrá sustituirse por cuotas individualizadas a los copropietarios, siempre que se aporte al expediente la documentación que acredite el porcentaje de participación de todos los vecinos del inmueble.

–Zona especialmente beneficiada:

Propietarios y comunidades de propietarios de las parcelas y edificaciones que afrontan a las calles a ejecutar. En el expediente se incluye junto con la relación de propietarios las células parcelarias de las parcelas afectadas.

–Criterios de reparto:

Se aplica como módulo de reparto los metros lineales de fachada, quedando determinada por el técnico municipal, la zona afectada.

–Disposiciones aplicables:

Para todo lo relativo al cobro, recaudación y lo no previsto expresamente en este acuerdo serán de aplicación la Ordenanza de contribuciones especiales, ordenanza fiscal General y la Ley Foral 2/1995, de Haciendas locales de Navarra.

–Exponer al público durante el plazo de 30 días el presente acuerdo, junto con el resto del expediente, por medio de anuncios en el tablón de anuncios del ayuntamiento, pagina web y en el Boletín Oficial de Navarra, con la finalidad de que cualquier interesado pueda examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación Administrativa de Contribuyentes prevista en los artículos 119 y 120 de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra.

–Determinar que en caso de que no se presenten reclamaciones, los acuerdos iniciales de imposición y de ordenación concreta de las contribuciones especiales se considerarán elevados a definitivos, sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo notificándose individualmente a cada sujeto pasivo las cuotas que correspondan, si fuese conocido y en su defecto, mediante edictos...

–El acto de gestión, inspección y recaudación de tributos, y en general de todos los ingresos de derecho público de las entidades locales, podrán ser impugnados en la forma prevista en el Capítulo II del Título noveno, de la Ley 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local.

El anuncio de aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 104, de 6 de mayo de 2021, no habiéndose formulado reclamaciones, reparos u observaciones, contra el mismo, por lo que el acuerdo de imposición ha pasado a ser definitivo.

Todo lo que se publica a los efectos oportunos.

Cadreita, 1 de julio de 2021.–La alcaldesa, Berta Pejenaute Prat.

Código del anuncio: L2110835